25.06 | Policiales
Condenan a una conductora por un accidente pero descartan su responsabilidad en la muerte de la víctima
25.06-En un reciente debate en el Juzgado Correccional, se debatió sobre la responsabilidad penal de una conductora que protagonizó un accidente y lesionó gravemente a un motociclista, el cual falleció días después. Para el magistrado, la condena versó sobre las lesiones, pero la muerte devino de otro cuadro de salud cuando estuvo internado el herido.
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En un reciente fallo, el juez en lo correccional, doctor Carlos Alberto Pocorena, emitió una sentencia condenatoria contra una mujer que protagonizó un serio accidente que devino en la muerte de un motociclista.
Según manifestó el veredicto, el magistrado encontró a la conductora como responsable de las graves lesiones, pero no así del deceso que posteriormente ocurrió con la víctima internado en la Clínica Chacabuco.
En efecto, el juez condenó a Aldana Zocchi a la pena de 1.500 pesos de multa y de un año de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores, por resultar autora penalmente responsable del delito de lesiones culposas por el hecho cometido el 25 de marzo de 2009, en perjuicio de Ramón José Pérez.
El juez dio por probado que ese día, siendo aproximadamente las 19, la imputada conducía el automóvil marca Volkswagen Gol dominio SCZ-115, de color bordó, por calle Callao, al pretender atravesar e ingresar a una de las manos de la avenida Bolívar, avanzando hacia su izquierda, a raíz de una maniobra imprudente, consistente en no prestar atención a las normales contingencias del tránsito ni adoptar las medidas de  prevención necesarias para tener una completa visualización, embistió con su parte frontal el lateral derecho del ciclomotor marca Garelli de 50 cc., dominio 186–BQA, que era conducido  por Ramón José Pérez, quien llevaba como tripulante a Mirna Eva Sordelli, que circulaban por la avenida Bolívar en dirección hacia la avenida Chile y comenzaba a atravesar el citado cruce.
A raíz del impacto, Pérez sufrió lesiones graves, aunque luego, el 2 de mayo del mismo año, el herido falleció en la Clínica Chacabuco por un cuadro séptico que se ubicara en ambos pulmones que le produjeron una grave neumopatía, generando ello insuficiencia respiratoria y posteriormente un paro cardíaco irreversible por el cual falleció.

La imputación
 
Para el magistrado, únicamente puede imputarse a la conductora las lesiones graves, descartando la hipótesis que de aquellas lesiones devino la muerte.
En efecto, Pocorena descartó el informe médico del perito oficial Jorge Soriani, quien expuso oportunamente que “el fallecimiento de Pérez devino como consecuencia directa del accidente porque su fractura expuesta de fémur derecho sumado a la importante hemorragia presentada, abrieron una puerta de entrada para la penetración de gérmenes patógenos en su organismo, que se localizaron en pulmones, produciendo un cuadro séptico neumónico, que lo llevó lentamente a un deterioro de su estado general, a la insuficiencia respiratoria y posteriormente al paro cardíaco irreversible por el cual fallece (…) La relación entre causa y efecto está claramente probada.”
 
La duda
 
A pesar de dicha declaración, el juez tomó en cuenta lo manifestado por la defensa, que en el alegato dejó sentada la posibilidad que los gérmenes patógenos puedan haberse introducido en el momento en que fuera intubado, que fue en dos ocasiones.
Así, el juez subrayó la duda generada por la defensa, que no pudo ser saldada, dado que el dictamen aportado por la pericia médica realizada no explica concretamente por qué descarta que los gérmenes patógenos, pudieran haber ingresado en el organismo del paciente, a través de las intubaciones realizadas para colocarle al mismo la asistencia o respiración mecánica, o de las operaciones a las que fuera sometido.
Así, Pocorena cerró considerando que se demostró que existe una relación directa y concatenada entre el evento dañoso y el resultado lesiones graves, aunque no con el deceso del occiso.
En ese tren argumental, añadió que el accidente ocurrido el 25 de marzo de 2009 le produjo fundamentalmente a la víctima, fractura de fémur de miembro inferior derecho, politraumatismos varios, pero no puede determinarse si es esa la única puerta de entrada de los gérmenes patógenos, lo que finalmente le provocó una disfunción en ambos pulmones que le produjo la muerte.
Así, concluye el fallo que el hecho determinante de la muerte de Pérez resultó ser un proceso infeccioso pulmonar.
 
Otro planteo
 
Por otro lado, la defensa había planteado que el hecho se produjo por culpa o responsabilidad de la víctima (circular sin prestar atención a los otros vehículos, y otras infracciones formales a normas de tránsito, tal como no respetar la prioridad de paso de quien accede por la derecha), pero el juez indicó que ello no excluyó la responsabilidad de su pupila; que es la determinante del suceso dado, ya que al realizar una maniobra riesgosa, como resultó ser que ingresó a una avenida, no efectuó en forma previa ninguna visualización más que del frente mismo, sin advertir que sobre la arteria que pretendía cruzar ya se hallaba una persona circulando en una motocicleta y a la que, en razón de su desatención no pudo evitar impactar.
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Comentarios
6 comentarios

Amilcar - 26/06/2012 08:16

Los familiares y amigos de Ramón Pérez condenados a dolor perpetuo, los familiares de Sordelli condenados a pagar 1.500 pesos.

Amilcar - 26/06/2012 08:14

En la medida que los Jueces con pruebas e informe médico pericial irrefutable, busquen atenuar la pena de homicidio culposo; seguiremos engrosando la lista de muertes por accidente de tránsito.

bigoteando - 25/06/2012 21:04

Soy la Hija de Ramón Jose Pérez, quería decirle al Sr Juez que sino hubiera sido por ALDANA ZOCCHI que atropello a mi papa y a mi mama no hubiera contraído ningún virus hospitalario

patagarcha - 25/06/2012 19:01

SOY EL HIJO DE RAMON JOSE PEREZ, Y QUIERO DECIR QUE ESTA "COSA" MATO A MI VIEJO, POR APURADA, INUTIL, AHORA TE PIDO "COSA" NO TE ME CRUCES POR FAVOR, EL QUE VOS MATASTE ME ENSEÑO A PERDONAR, PERO TE CUENTO QUE ES MUY DIFICIL.

juan elizeche - 25/06/2012 16:44

ahora digo yo...si ese hombre no hubiese sido atropellado, no habria ido a parar a un centro asitencial, por ende la que lo choco es la culpable 100% x 100%, el, si ella hubiera respetado las leyes de transito, nunca se podria haber agarrado un virus

Zurdo - 25/06/2012 08:29

creo que alguien se tendria q ocupar de la cantidad de personas q pierden la vida por "virus hospitalario".se realizaran los controles necesarios?

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