Recategorización del monotributo
Mientras en el Congreso avanza el debate para actualizar las escalas y las cuotas del Monotributo ajustándolas hasta un 35,3 por ciento, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió extender hasta el 31 de enero el plazo previsto para la recategorización en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.
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Vale recordar que las escalas y alícuotas no fueron actualizadas debido a la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria durante 2020, ya que esta es utilizada para adecuar una vez al año los parámetros del monotributo. A partir de esa falta de actualización, en las últimas semanas surgieron dudas entre los contribuyentes y contadores sobre la recategorización. Ahora, las modificaciones se realizarán mediante la sanción del proyecto enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo, ya que las categorías y alícuotas solo pueden adecuarse por una norma con rango de ley.
Desde la AFIP indicaron que la medida “se propone ofrecer alivio ante la situación de incertidumbre y zozobra observada entre algunos monotributistas frente a la recategorización con las tablas vigentes”. Sin embargo, aclararon que la resolución general que será dictada en los próximos días no afectará la obligatoriedad de la recategorización, es decir, que los contribuyentes deberán registrarse en la categoría que se adecúe a sus parámetros.
Debido al impacto económico provocado por la pandemia, la AFIP suspendió la actualización del mes de julio 2020 y las expulsiones por falta de pago y los cambios de categoría del régimen simple en caso de excederse en los topes en su facturación anual. Además, a lo largo del año pasado se otorgaron cerca de 600 mil Créditos a Tasa Cero a monotributistas. Con el proyecto de ley “Régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes”, se intenta, luego de su aprobación, que desde enero se fijen los nuevos topes y cuotas mensuales.
El proyecto estipula que se tendrán por cumplidos hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, los requisitos de permanencia en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, salvo que los contribuyentes hubieran excedido más de un 25 por ciento el límite superior anual establecido para la categoría máxima aplicable para su actividad.
Fuentes del organismo remarcaron que “todos los potenciales perjuicios de los que se hicieron eco distintos actores serán subsanados en el proyecto de ley que remitió el Poder Ejecutivo al Congreso”. Para eso, explicaron que “durante el debate parlamentario se incorporarán las modificaciones que resuelven tales cuestiones con el fin de garantizar que ningún monotributista se vea impedido de acceder a los beneficios y previsiones del proyecto”.
De hecho, el proyecto de ley enviado al Congreso aborda distintas problemáticas estructurales y coyunturales experimentadas por los monotributistas. Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar quienes cambian de régimen.
Guía simple
> El contribuyente debe ingresar al sitio web www.afip.gov.ar o descargarse en su teléfono móvil la APP “mi monotributo”
> Luego de ingresar su CUIT y clave fiscal, debe ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
> Luego visualizaran los datos que AFIP tiene de vos a título informativo.
> Continuando, encontraran la opción “Recategorizarme”
> Luego le pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido.
> Es sumamente importante que cada contribuyente realice la operatoria descripta puesto que, de no hacerla, luego del vencimiento de la misma, la AFIP lo realiza de oficio y de manera peyorativa contra el contribuyente.
Categorías
La AFIP todavía no dio las escalas exactas sobre cómo serán las actualizaciones. Pero, tomando el incremento anunciado de 35,3%, en la categoría más baja, la A, el importe del monotributo podría subir de los $ 168,97 actuales a $ 228,60; la contribución para el sistema previsional (SIPA) pasaría de $ 745,49 a $ 1.008,65; y el aporte a la obra social, de $ 1.041,22 a $1.408,77.
Con estos números, el total a pagar por el monotributistas aumentaría de $ 1.955,68 a $ 2.646,04. En tanto, el tope de la categoría pasaría de $ 208.739,25 a $ 282.424,20.
En la otra punta, la categoría H, que es la más alta para servicios, pasaría de un tope de $ 1.739.493,79 a $ 2.353.535,10, mientras que el total a pagar por el contribuyente aumentaría de $ 9.451,93 a $ 12.788.46 en el rubro servicios y de $ 7.886,41 a $ 10.670,31 en bienes muebles.
En tanto, el tope de la categoría K, que es la más alta para venta de bienes muebles, subirá de $ 2.609.240,69 a $ 3.530.302,65, y la cuota mensual total que hoy es de $ 14.716,41 se irá a $ 19.911,30