Alrededor de 110 familias de Tandil esperan por la adopción
Hoy en día lleva a cabo siete procesos de adopción y cuenta con alrededor de 110 postulantes para adoptar a un niño, niña o adolescente, los cuales tienen un promedio de edad de 8 años. Sin embargo, muchos niños deben esperar bastante tiempo para que se les decrete el estado de adoptabilidad y así formar parte de una nueva familia; es por eso que desde hace algún tiempo que se esperaba algún tipo de modificación en la ley de adopción para que los procesos jurídicos se acorten. Frente a esta situación, en julio pasado la Legislatura provincial aprobó una nueva ley de procedimientos de adopción.
El Eco de Tandil dialogó con la titular del Juzgado de Familia, Silvia Monserrat, sobre los beneficios de esta nueva ley en la provincia y su funcionamiento en Tandil.
-¿De qué se trata esta nueva ley?
-En primera medida hay que aclarar que a lo que se llama Ley de Adopción en realidad debería ser ley de procedimiento para decretar la adopción, porque el que regula la adopción es el Código Civil y no podría ser modificado por una ley provincial.
La gente común pedía la modificación de la ley, pero apuntado a los procedimientos como si fueran muy lentos y yo lo que siempre dije es que el proceso de adopción es muy sencillo; sin embargo, lo que era muy difícil y creo que esta ley avanza en esto, es el procedimiento para decretar la adoptabilidad de un chico, es decir que para que una criatura pueda ser adoptada, tiene que estar en estado de adoptabilidad. El problema es que el criterio para decretarlo era tan amplio que hubo chicos que han pasado su vida en instituciones porque el juez nunca pensó que estaban dadas las condiciones para la adoptabilidad y el criterio era bastante subjetivo.
En lo personal, siempre pensé que había una mala lectura del Código Civil, el cual dice que “cuando se encontrara en estado de desamparo durante un año”; entonces a qué se consideraba desamparo, ya que si había algún contacto con la familia, era como que el chico no estaba en ese estado. Nosotros hemos avanzado porque creemos que el estado de desamparo tiene que ver con que la familia de origen no puede cumplir todos los requisitos que necesita esa criatura para desarrollarse.
-¿Qué plazos fija esta ley?
-Les fija a los jueces seis meses para analizar si la criatura está o no en condiciones de ser adoptado, por lo que en ese tiempo el juez tiene que expedirse y decir por sí o por no; en ese plazo tenemos que dar una resolución y por lo tanto ya no queda a criterio del juez la cantidad de tiempo.
Es real que si nosotros lo vemos desde el punto de vista del juzgado, tenemos muchos plazos acotados por lo que veremos cómo funciona para poder cumplir. Además obliga a tomar más responsabilidades en otros estadios y en otros organismos; es decir, si el niño está en una institución, el equipo de allí también tiene que expedirse categóricamente.
Sin embargo, el juez resuelve de acuerdo a las constancias y a las pruebas del expediente; o sea que lo único que nosotros hacemos es analizar de acuerdo a las constancias del expediente si creemos que ese niño puede volver a la familia de origen o a la familia extensa o ampliada. Muchas veces encontramos otros parientes como tíos o abuelos que asumen esa responsabilidad, pero eso también hay que encontrarlo en seis meses; pero a ese familiar hay que evaluarlo y ver si es coherente entre lo que dice y hace. Por otra parte, la ley obliga a hacer participar de la decisión a chicos a partir de los 10 años aunque yo creo que hay que hacerlo aun antes, porque si el niño es firme en su decisión y no quiere otra familia, es frustrante para todos y además es no escuchar al niño ya que cada uno es único en su historia, en lo que necesitan, piden, reclaman. Entonces tenemos que evaluarlo bien, porque acá no hay un protocolo que podamos aplicar para todo el mundo igual. u
SECUNDARIA
Estadísticas
El Juzgado de Tandil forma parte de un registro unificado de postulantes en adopción; por lo que todo el sistema de postulación y decisión está muy controlado por la Corte Suprema y hoy las decisiones de todos los jueces pueden ser apelables ante el presidente de la Corte.
Actualmente en toda la provincia hay 3900 postulantes para adoptar y sólo en la ciudad de Tandil se encuentran alrededor de 110 familias que esperan por un niño.
“Nosotros en cuatro años y medio tuvimos 33 procesos de adopción que han tramitado en este Juzgado pero en estos casos la adoptabilidad fue decretada en otro juzgado con anterioridad. Hay que tener en cuenta que dentro de estos también se incluye la adopción del hijo del cónyuge que también lo permite la ley y se denomina adopción por integración.
Además tenemos 41 estados de adoptabilidad decretados para este Juzgado; 16 procesos en guarda preadoptiva; 13 niños que están en la instancia de apelación; así como también actualmente tienen 7 procesos de adopción en lo que hace a la intervención del Juzgado de Familia, es decir aquellos casos en el que nosotros decretamos el estado de adoptabilidad y, en muchos de estos procesos, se trata de varios hermanos.
Por el lado de los bebés recién nacidos, tuvimos cuatro casos en todo este tiempo ya que recibimos uno por año. Esto se debe a que el promedio de edad actual es de 8 años, ya que tenemos dos grupos de hermanas donde las mayores tienen 12 años y de ahí para abajo; así como también tenemos grupos de tres hermanos pequeñitos por ejemplo de 4, 3 y 2. u
SECUNDARIA
Procedimientos de adopción
Esta ley ha considerado que ya desde hace cinco años atrás la Provincia hizo un cambio importante porque el Estado decidió que la Convención de los Derechos del Niño tenía que ser de aplicabilidad a través de organismos especializados. Por eso creó el Sistema de Prevención y Promoción de los Derechos del Niño, el cual está conformado por organismos administrativos que están en la esfera del Municipio o de la Provincia.
-¿En qué consiste el proceso en sí?
-Frente a una denuncia de estado de vulneración de un niño, el primero que toma intervención es el servicio local, que es municipal, el cual tiene un coordinador y un equipo técnico. El sentido de esta intervención y del sistema en su conjunto es lograr que las familias modifiquen sus conductas y que el estado de vulneración desaparezca o se supere para no tener que llegar a la adopción.
Primero se trabaja con el niño dentro del grupo familiar, pero si se considera que éste no da las garantías de que se puede seguir trabajando con el niño allí, el servicio local puede tomar lo que se llama una medida excepcional y separar al niño de su grupo familiar para ir con algún otro miembro de la familia, un referente barrial o va a una institución.
Hasta hoy la medida se tomaba por 30 días y se podía ampliar por 30 días más. Sin embargo, la nueva ley le da 180 días de plazo para trabajar en la búsqueda de estrategias. Si pasado ese tiempo consideran que no ha sido superada la situación de vulneración y el niño debe continuar, ahí ya comienza a trabajar el fuero de familia. En la ley nueva, transcurridos los 180 días, el servicio local debe emitir un informe en donde va a concluir si se avanzó, si se modificaron o si no se encontraron modificaciones. En ese caso el juez tiene que decretar el estado de adoptabilidad. Para cuando llegamos a decretar este estado, hay muchas miradas y no sólo del fuero de familia ya que el sistema es de corresponsabilidad, articulación y hay muchas miradas y es muy difícil que sean antagónicas.
Por último, para el seguimiento de los niños, una vez que se decreta el estado de adoptabilidad, el Juzgado tiene un equipo técnico que está conformado por psicólogos y trabajadoras sociales quienes hacen entrevistas, visitan los domicilios, hay un período en que hasta damos apoyo y en algunos casos se aconseja un seguimiento terapéutico porque algunos niños sufrieron hasta abusos y hay que estar preparados para acompañarlos y contenerlos.
– ¿Qué sucede una vez que se decreta el estado de adoptabilidad?
-Para nosotros hay tres estadios que están relacionados con tres decisiones jurídicas: la primera etapa es la guarda simple, que es cuando un adulto que no es el padre o la madre asume la responsabilidad, teniendo en cuenta que el chico está en incertidumbre jurídica, sin todavía la decisión del Estado o no de adoptabilidad. Para este paso buscamos los postulantes que tenemos en el registro y esto también nos sirve para verificar la vinculación, ya que hemos tenido algunas que fracasaron.
Recién cuando hay estado de adoptabilidad firme y la vinculación es positiva, decretamos lo que se llama la guarda preadoptiva y ahí comienzan a correr los plazos para la adopción, ya que a partir de los seis meses se puede solicitar la adopción.
Secundaria
Las familias postulantes
-¿Cómo se definen los perfiles de las familias?
-El adoptante se inscribe con un perfil determinado donde dice hasta qué edad, si acepta chicos con dificultades de salud moderada o más compleja; si acepta hermanos, hasta qué número, de qué edades, entre otras cosas. Sin embargo, la realidad es que de esos 3.900 que hay en toda la Provincia, la gran mayoría quiere niños pequeños hasta 2 años y los que amplían la edad no quieren chicos con problemas de salud aún leve; por lo tanto, creer que para cada niño en situación de adoptabilidad hay un adoptante es una utopía.
Hoy en día, hasta dos hermanos tenemos postulantes, pero si ya estamos con tres se nos complica, y si de esos alguno tiene dificultades de salud, ya son excepcionales los postulantes que tenemos. Entonces es importante que también la gente tenga conciencia de que hay niños, pero que para algunos no hay postulantes. Por lo que, frente a esto, si tengo chicos que son un poco más grandes, a mí personalmente y a otros colegas nos cuesta declarar la adoptabilidad, porque para qué la voy a declarar si sé que no voy a conseguir postulantes, entonces, hasta dónde tiene sentido. Por supuesto que nosotros siempre lo vamos a intentar, pero hay realidades con las que uno se va chocando.
-¿Pero lograron en algún momento que los postulantes amplíen su perfil?
-Sí, y eso es lo exitoso de este Juzgado, ya que entre nuestros postulantes hemos logrado que modifiquen sus postulaciones y las amplíen tanto en la cantidad de hermanos como en la edad. Cuando llegamos casi no teníamos postulantes por arriba de los 5 años, así que comenzamos a realizar reuniones para sensibilizarlos y dieron resultado ya que ahora tenemos adopciones de chicos por arriba de los 8 años, muy exitosas, y la verdad que hay que escuchar a esos adoptantes cuando cuentan la historia desde que los conocen y cómo hoy están felices de haber tomado esa decisión.
La realidad es que el registro de adoptantes tiene un orden cronológico que tiene que ver con la fecha de inscripción, pero también es cierto que los perfiles son diferentes. Es decir que alguien puede estar primero en ese orden pero pide una criatura hasta los 2 años, y cuanto más amplia es la postulación, más rápido es el proceso.
-¿Y qué les decían a los padres para que entiendan esto?
-Primero tenían que entender que la adopción es una forma distinta de maternar y paternar que no se parece a la de sangre. En la adopción no hay coincidencia genética, por lo que ya partimos con la probabilidad de que los padres y los hijos sean muy diferentes.
Antes la adopción era la sustitución del hijo de sangre no logrado, entonces se buscaba replicar lo más parecido a una situación como si hubiera tenido mis propios hijos. Lógicamente que cuanto más pequeño es el niño, se espera que éste se adapte mucho más culturalmente. Pero hay gente que tiene un miedo tan fuerte a todo lo que el niño trae que por eso se niega a chicos más grandes.
También es real que cuanto más grande es el chico, más historia atrás tiene, ha pasado por más vulneración y hay secuelas. Por eso yo siempre les digo a los padres que ellos vienen para repararles el pasado, no viene el niño a repararles la ausencia de lo que ustedes no tienen. El niño se va a adaptar si los padres están dispuestos, flexibles y abiertos, porque es una vinculación que hay que construir. Una vez una psicóloga de un hogar me dijo que es necesario que los niños hagan el duelo de sus familias de origen para así poder aceptar a otra familia. Y es cierto.
APARTE
Sensaciones propias
-¿Cómo es ser parte de estas situaciones tan delicadas?
-Es un fuero en el que es muy difícil satisfacer a todos los demás, pero cuando uno ve la cara del niño luego de que vuelve un fin de semana con la familia postulante que tiene buena vinculación, eso equipara todo lo malo.
Es real que hay casos en los que nadie se va contento, pero son decisiones complejas y difíciles. Lo bueno del juez de Familia es que tiene una Cámara de Apelaciones y nosotros instamos mucho a la gente a que apele, porque nos queda la convicción de que otros tres jueces diferentes van a analizar lo que hicimos y si creen que actuamos mal o no están de acuerdo, van a modificar nuestra decisión y eso está bien. A mí no me ofende sino que yo me siento protegida por la Cámara de Apelaciones, la cual mira lo que yo hago. Hasta ahora tuvimos un solo caso de estado de adoptabilidad que lo consideraron prematuro, pero no me dijeron que no estaba apto.
-¿Y cómo es el trato con las familias?
-Es difícil porque no es justo que estas familias no quieran desprenderse de los niños, pero que tampoco quieran cambiar. Yo no les puedo cambiar el pasado a los niños, pero sí el futuro, y en este período que ahora se acorta a 6 meses, las familias lo que tienen que hacer es cambiar. Nosotros no pedimos que cambien el ciento por ciento, pero sí que lo empiecen, porque ningún niño cuya familia ha empezado un cambio va a ser declarado en estado de adoptabilidad. Por eso, las familias tienen que hacer autocrítica y reconocer su propia responsabilidad porque no es del Intendente, del Gobernador o de esta jueza. Los hijos son de ellos porque no se llega a un fuero de familia por la culpa de la jueza. Entonces empecemos a considerar que los plazos se están acortando y que no les podemos echar la culpa a los demás. Si yo me equivoco, asumo mi responsabilidad, pero también pido que lo hagan las familias.
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