Cómo es el accionar de la Justicia con un menor que comente un delito
Marsiglio comentó que este año observan una leve disminución de la cantidad de causas en relación a años anteriores, según las estadísticas, aunque, detalló que, ahora se estila que sean grupos numerosos de jóvenes quienes protagonicen hechos de hurto, daño o lesiones. Asimismo, aclaró que no ha aumentado la cantidad de delitos denunciados. Muchos de los casos son no punibles, ya que se trata de chicos de 14 ó 15 años o por el tipo de delito. Mientras que para ser punible se debe tratar de un joven de 16 años o más, y el hecho debe estar catalogado dentro de alguno de los delitos incluidos en el código penal con una pena mayor a dos años.
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La letrada asintió que observan un desaliento por parte de la población a denunciar los hechos violentos protagonizados por menores, debido a que prefieren evitar el proceso que implica la denuncia porque saben que no se va a hacer nada por tratarse de un menor de edad: “La gente tiene esa impresión de que no pasa nada entonces no denuncia”. Si bien la intervención se limita a citarlos a una audiencia, para que presten declaración asesorados por su defensor y hablen del hecho o no, según deseen, la fiscal explicó que luego se hacen informes ambientales y psicológicos, para indagar si el chico se encuentra en una situación de vulneración de derechos y recurrir a organismos de intervención de derechos. Posteriormente, se solicita al juez de garantía el sobreseimiento, en razón de la edad o del monto de la pena.
Siempre se busca la creación de espacios dónde los chicos puedan estar para que no estén en la calle, continuó Marsiglio, con el fin de orientarlos hacia un proyecto de vida beneficioso. Además, anticipó que se está propiciando desde toda la provincia la conformación de un código penal especial para los menores de 18 años, donde se proponga una alternativa para evitar el cierre del proceso a causa del monto de la pena o la edad por ser no punibles, sino que se haga otro tipo de intervención. Con la incorporación de medidas activas para solucionar los conflictos, una legislación específica, junto a una reforma del código procesal y una ley de ejecución para menores.
La Dra. detalló que actualmente se cuenta con una parte de la legislación para menores, al mismo tiempo que se aplica la legislación para mayores de edad, lo cual, según la fiscal, no permite que los procedimientos sean efectivos debido a que están pensadas para otras personas. Se llega a dicha conclusión luego de observar que la reincidencia no disminuye. “Al no haber intervenciones efectivas vuelven los mismos chicos, cada vez más graves, hasta que al ser mayores de edad finalizan en la cárcel”, concluyó.
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