El Gobierno presentó un recurso extraordinario tras el fallo de la Corte
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Fuentes judiciales informaron que la Jefatura de Gabinete de Ministros interpuso el recurso, luego de que ayer la Corte Suprema de Justicia rechazara el per saltum presentado por el Estado.
La vía del recurso extraordinaria se produjo a raíz de que la Corte deslizó esa posibilidad en su fallo de ayer, luego de que considerara improcedente la vía del per saltum al considerar que el mismo era contra un fallo de segunda instancia, no de primera, por lo cual "no hubo salto de instancia".
En su planteo, el Gobierno también reclama la suspensión de los efectos de la resolución dictada el 6 de diciembre por la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, en la cual prorrogó la cautelar más allá del 7 de diciembre, fecha que había fijado la Corte Suprema en un fallo de mayo pasado.
Ayer, por unanimidad los siete ministros de la Corte resolvieron rechazar el per saltum, y un planteo de nulidad interpuesto por el AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual) el cual planteaba que había habido irregularidades en la conformación de la Sala I.
Es que desde el Gobierno se había recusado, sin éxito, al juez Francisco de las Carreras a quien acusaron de haber asistido meses atrás a un congreso de comunicación en Miami, Estados Unidos, pagado por una empresa vinculada al Grupo Clarín.
"El presente recurso no ha sido interpuesto contra una decisión dictada por un juez de primera instancia. Ello determina su improcedencia, al no adecuarse al recaudo exigido por el legislador para que sea viable el recurso extraordinario por salto de instancia", sostuvieron los jueces de la Corte.
En ese sentido, en su voto, los jueces Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Carmen Argibay señalaron que la presentación del Gobierno "se evidencia contradictoria" porque no hubo salto de ninguna instancia, "lo que debe llevar a su desestimación in limine".
El juez Raúl Zaffaroni hizo una ampliación de fundamentos en los que se refirió al supuesto "alzamiento" argumentado por el Gobierno en cuanto al fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial.
"De verificarse la existencia de la contradicción invocada por la recurrente, podría importar un alzamiento de la instancia ordinaria contra decisiones firmes de esta Corte, con desconocimiento grave de la autoridad del Tribunal como máximo instancia de control de constitucionalidad", añadió Zaffaroni.
Mientras tanto, el juez de primera instancia Horacio Alfonso es quien tiene que resolver la cuestión de fondo, esto es, si es o no constitucional el artículo 161 de la Ley de Medios.
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