En un procedimiento judicial clausuraron una propiedad donde funcionaba un cabaret
El operativo se concretó a partir de una orden de allanamiento dispuesta por el Juzgado Correccional 2, a cargo de la doctora Stella Maris Aracil, en una finca situada en el kilómetro 159,5 de la Ruta Nacional 226.
Más precisamente, según se informó desde la Justicia, el procedimiento devino de información que daba cuenta sobre la presencia de una menor de edad en el lugar, por lo que se convocó al acción conjunto de Policía Federal, ante el eventual delito de Trata de Personas, como de el Centro de Asistencia a la Víctima.
Asimismo se convocó al Municipio ante la posibilidad concreta de aplicar la ordenanza que prohíbe la radicación de cabarets y, consecuentemente, se está en condiciones de clausurar.
Las diligencias procesales fueron llevadas adelante por la UFI 22 a cargo del doctor Fabio Molinero, quien confió en que el allanamiento devino porque se presumía sobre el ejercicio de la prostitución y, principalmente, ante la presencia de una menor de edad, la cual, confirmó, no fue hallada.
Sí se detectó la presencia de unas siete mujeres, de las cuales cuatro serían oriundas de Paraguay, y a priori se consideró que no se constató el delito de trata, sí sobre la ley provincial de profilaxis, además del incumplimiento a la ordenanza municipal.
Por lo que trascendió de la pesquisa, las mujeres que ejercían la prostitución no eran otras que las que estaban en el otrora cabaret conocido como El Triángulo, el cual dejó de funcionar tras la aplicación de la norma comunal.
También se comprobó la presencia de un encargado del lugar. Dentro del inmueble se encontraba una barra y existían tres habitaciones con baños, dos en planta baja y una en planta alta.
Durante el operativo, la policía incautó anotaciones que registraban los “pases”, así como entradas numeradas y diversas facturas. Todos los elementos quedaron a disposición de la Justicia para que continúe las actuaciones pertinentes.
La dirección de Inspección del Municipio confirmó por su parte que se procedió a la clausura del inmueble por carecer de habilitación y por transgresión a la Ordenanza 12.153 en su artículo tercero, que prohíbe “en todo el territorio del Partido de Tandil, el funcionamiento de locales de diversión tipificados como cabarets, café-bar, whiskerías o nights club, y locales cuya actividad incluya personal femenino o masculino que actuando como acompañantes, bailen o alternen con los concurrentes, contratadas/os o no a tal efecto”.
Desde dicha área municipal se detalló que en el marco de los procedimientos de control y de manera conjunta con la Justicia y la policía, en el transcurso de 2012 se concretó la clausura definitiva de siete lugares nocturnos, por diversas transgresiones a la mencionada ordenanza.
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