Para la acusación quedó acreditado el dolo eventual y se pidió entre 8 y 10 años de prisión
Tras escuchar la semana pasada las declaraciones de los testigos del luctuoso hecho que tuvo como víctima a Emilio Herrería aquel 3 de febrero de 2014, ayer fue el turno de los alegatos en los cuales el fiscal, el particular damnificado y el defensor expusieron sus argumentos en pos de determinar la responsabilidad penal de Hugo Amores en la muerte del joven mandadero.
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Al no estar en discusión la autoría de Amores, que pasó con el semáforo en rojo y que iba a exceso de velocidad, el debate se centró en determinar si existió o no dolo eventual, que será determinante en la cuantía de la condena. También hubo discrepancias en torno a la existencia o no de una carrera callejera o “picada”, y acerca del presunto shock emocional que vivían los ocupantes de la camioneta.
El fiscal pidió ocho años de prisión en caso de considerarse el dolo eventual, más diez años de inhabilitación para conducir un vehículo. En tanto que subsidiariamente de considerarse que el hecho encuadra como homicidio culposo, que se lo sentencie a cinco años de prisión.
El particular damnificado Luciano Tumini, por su parte, coincidió en los argumentos del ministerio público, aunque se diferenció en la petición de la pena: diez años y el doble de inhabilitación para conducir.
El defensor particular Jorge Dames, a su turno, pidió que se caratule la causa como homicidio culposo, con una pena de ejecución condicional en suspenso y la inhabilitación para conducir el tiempo que el Tribunal considere necesario.
Un ambiente de tensión y dolor se vivía ayer en horas de la mañana en el Tribunal Oral y Criminal 1. Por un lado, el dolor de una familia destrozada por la negligencia y la imprudencia de un hombre que nunca levantó la vista para mirarlos a la cara.
Frente a los jueces Guillermo Arecha, Agustín Echevarría y Pablo Galli, el fiscal y el particular damnificado consideraron que quedó acreditado el dolo eventual, a partir de los testimonios y demás pruebas que se incorporaron por lectura al debate, mientras que Jorge Dames rechazó que esa calificación fuera apropiada y bregó para que el trágico suceso se tipifique como homicidio culposo.
Los hechos
Para Egusquiza quedó comprobada la hipótesis inicial que planteó acerca de que alrededor de las 23.20 del 3 de febrero de 2015, el acusado conducía una Toyota Hilux carrozada, con la cual circulaba a excesiva velocidad (superior a los 82 kilómetros por hora), por España en dirección hacia calle Paz, en una zona urbana, céntrica y altamente transitada, efectuando una carrera callejera, usualmente denominada “picada” con un vehículo Ford Focus, y traspuso la intersección de la avenida y calle Paz, cuando el semáforo se encontraba en rojo.
Resaltó en ese sentido que “Amores, con su accionar sumamente temerario, se representó la posibilidad cierta y altamente probable de alcanzar mortalmente a alguna persona que intentara trasponer en vehículo o caminando por calle Paz la avenida”, ya que al comenzar el cruce ya hacía varios segundos que el semáforo se había puesto con luz roja (incluso un vehículo cruzó por calle Paz previo a la víctima) y, a pesar de ello, aceptó que tales resultados letales sucedieran y, de todas formas, continuó su marcha a gran velocidad a sabiendas que no se hallaba en condiciones objetivas de evitar el impacto ante la presencia de un peatón o vehículo que cruzara la arteria, con total desprecio de las vidas de personas que intentaran cruzar la avenida, colisionando al motociclista con la parte frontal de la Toyota”, expresó.
Avenida muy
transitada
El fiscal aseguró que “si bien la defensa quiere hacer parecer que la avenida España es un paraje vecinal, cualquier persona sabe que es la avenida más transitada de la ciudad”. Y recordó que hubo testigos que estaban tomando un helado y otro que estaba atendiendo un kiosco, con lo cual afirmó que “nadie abre un kiosco si no hay gente”. Otro de los testigos que vive en la cuadra donde sucedió el hecho escuchó el ruido e inmediatamente salió a ver qué ocurría, y ya había 5 o 6 personas en el lugar.
De ese modo, el acusador buscó acreditar que la arteria era altamente transitada y mostró un video que enfoca la calle Rodríguez donde se ve que varios vehículos circulaban por la zona al momento del hecho, aunque lamentó que no hubiera cámaras apuntando al lugar donde sucedió el siniestro vial.
“Evidentemente la zona era altamente transitada, por peatones, motos, autos, la filmación no miente, independientemente de lo que expresaron los testigos”, sostuvo.
Por otra parte, en cuanto a la velocidad aseguró que el perito Hugo Piazza olvidó computar los seis metros de la frenada para calcular la velocidad a la que circulaba el imputado, lo que significaría que iba a una mayor velocidad.
Asimismo, remarcó que a raíz de lo que contaron varios de los testigos se desprende que el semáforo de Alem también lo pasó en rojo y que invadió el carril contrario.
También argumentó que la mayoría de los testimonios refirieron a un Focus que iba a la par de Amores corriendo picadas.
Calculó que entre 8 y 9 segundos estuvo el semáforo en rojo, más 2 más en amarillo y que sin embargo Amores “siguió acelerando”.
“Once segundos tuvo Amores para detenerse y no lo hizo. En Alem ya vio que el semáforo estaba en rojo. Al menos una cuadra transitó sabiendo que el semáforo estaba en rojo y continuó acelerando”, cuestionó.
En ese contexto, consideró que era “altamente factible que impactara contra otro vehículo o peatón, y si no lo hacía era por obra de la fortuna”.
Asimismo, la velocidad a la que circulaba hacía que el vehículo fuera “indominable” ya que para no chocar debería haber clavado los frenos al menos 40 metros antes. “Frenó al momento del impacto, no antes”, manifestó.
En cuanto al testimonio de Aldana Amores, lo consideró “falaz” e “inconsistente” porque dijo que “no había vehículos a su lado. Es la única que no vio el Focus”.
También cuestionó que dijo que algunos testigos le aseguraron que Herrería “estaba bien” cuando en su relato todos coincidieron en que “no se movía” y que parecía muerto.
El pedido de
condena
A su criterio, quedó comprobada la tesis principal de “Homicidio simple con dolo eventual”.
Como atenuantes evaluó la buena conducta y el hecho de que no tuviera antecedentes penales. Como agravante, el hecho de que estuviera corriendo una picada, la actitud posterior de amenazar a un testigo y el “desprecio” por la víctima a la cual “no se dignó a acercarse o asistirlo”.
Evaluó también como agravante la edad de Amores, ya que no se trata de un adolescente que no sabe bien lo que hace, y el hecho de haber estado durante tantos años manejando camiones y otros vehículos.
Como hipótesis alternativa o subsidiaria planteó el “Homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta y/o antirreglamentaria de un vehículo automotor”, calificación que le valdría una pena de cinco años de prisión y diez años de inhabilitación para conducir en caso de que los jueces consideren acreditado el dolo eventual.
Con esta eventual condena, el ministerio público solicitó que se quite la morigeración, tal como tiene actualmente con prisión domiciliaria ya que consideró que tiene medios económicos suficientes para escapar, además de señalar que hubo reportes de incumplimiento de la prisión domiciliaria en “reiteradas oportunidades”.
Adelantándose a la tesis de Dames acerca de que no es común que un imputado vaya preso por un delito de esta tipología, argumentó que “no recuerdo un accidente en Tandil de estas características, en el que se haya actuado con tanta violencia”.
Diez años
de prisión
En representación de la familia de Herrería, Luciano Tumini destacó el trabajo minucioso del fiscal e insistió en que “no existe otra posibilidad de que sea calificado como homicidio simple con dolo eventual”.
“Amores se representó el hecho luctuoso y no desistió en su actitud”, subrayó.
Además, recalcó que “la picada quedó acreditada por el relato de testigos”, tales como el taxista Lavayén o el hombre que atendía el kiosco ubicado en Paz a metros del lugar del hecho. También el taxista Capellutti habló de la picada y testigos que estaban tomando un helado en Grido, al ver los dos autos “corriendo a la par” comentaron “estos se pegan un palo, se van a matar”.
“Solo la fortuna que no tuvo Emilio podría haber evitado semejante tragedia”, añadió para luego arremeter contra la versión de la hija del acusado.
Al respecto señaló que aquellos dichos estuvieron “cargados de intención de mejorar la situación procesal de su padre” y consideró que debería haber contado esa versión antes, no tantos meses después de que su padre fuera detenido.
Si bien aclaró que consideraba “real su sollozo”, pero lo interpretó que era pensando en la situación en la que se encuentra su padre porque respecto a la víctima siempre se refirió como un bulto”, fustigó.
Y aseguró que actuó con total indiferencia en el momento y que si bien se lamentó de no haber pedido disculpas, teniendo el espacio para hacerlo, no lo hizo”.
“Estoy convencido de que la discusión nunca existió y de todos modos no disminuye su actitud dolosa, su responsabilidad”, sentenció.
Y cuestionó también la indiferencia de Amores hacia la víctima ya que no se acercó e incluso intimidó a algunos testigos con frases como “te voy a cag… a tiros”.
La defensa de una
inédita acusación
A su turno, el defensor Jorge Dames comenzó su alegato cuestionando que hayan calificado como homicidio simple a un accidente de tránsito lo cual consideró “inédito” y aseguró que “se enturbian las aguas para que parezcan profundas” , objetando que se quiere pintar a Amores “como un homicida”.
Insistió en que Amores mantenía una discusión con su hija Aldana, y al ingresar a España y 9 de Julio observó los semáforos en onda verde, por lo cual “apuró la marcha” pero el semáforo de Alem tarda 56 segundos en cambiar y el de Paz 18, lo cual le llamó la atención al perito. Es decir que “circulando a 70 kilómetros se podía llegar a Paz en verde”.
Remarcó que dentro de la camioneta se mantenía una “discusión de gran contenido emocional”, por lo cual arribó a Paz sin percibir el cambio de luces del semáforo.
Negligencia sí, dolo no
Reconoció la negligencia con la que manejaba y la responsabilidad penal culposa por la imprudencia de su cliente, pero aseguró que no hubo “dolo eventual ni picada”.
“La negligencia es que él no venía mirando los semáforo”, dijo y además de la discusión, lo atribuyó a la autoconfianza que se tenía por ser camionero y tantos años de manejo.
Sostuvo que ese día y en ese horario no había mucho tránsito en la zona por ser día de semana y el horario nocturno.
En cuanto al Focus manifestó que no hubo claridad al respecto en las declaraciones y que igualmente la picada en sí no llevaba al dolo eventual. “Que anden dos vehículos ligero no significa que estén corriendo una picada”, manifestó. Y trató de desacreditar esa teoría explicando que si el Focus hubiera ido más rápido que la camioneta, hubiera chocado él a Emilio, y si hubiera ido atrás habría arrollado a Emilio y la moto después, salvo que ese auto “hubiera doblado o estacionado”.
Una tragedia
y otra tragedia
Aseguró que inmediatamente que vio a Emilio hizo una maniobra de esquive y clavó los frenos en forma “anterior al impacto”.
“Esta tragedia (en referencia al suicidio de la esposa de Amores) provocó otra tragedia” (por la de Emilio), manifestó.
Volviendo a la crítica sobre la figura del dolo eventual, cuestionó que “la posibilidad de que algo ocurra no es la representación de que suceda” ya que “es cierto que debería prever que podría chocar con un vehículo pero no es verdad que efectivamente lo haya previsto”.
“Los elementos objetivos no alcanzan para determinar el dolo eventual. Creo que el dolo será eliminado del código penal porque es algo subjetivo, imposible de determinar”, afirmó.
Con que el 90 por ciento de los accidentes suceden porque una persona “acepta un riesgo” y ejemplificó en que “entonces a una persona que habla por celular cuando maneja y atropella a alguien tendría que recibir la misma condena, cuando en la realidad judicial eso no sucede”.
“¿Qué es lo que queremos hacer con esto? ¿Un caso testigo? ¿Enviar un metamensaje a la sociedad?, se preguntó enfáticamente.
“Actuó con imprudencia extrema pero jamás se representó que podría matar a alguien”, reiteró sobre el reprochable accionar de su pupulo a bordo de la camioneta aquella noche.
“No puede establecerse el dolo, es un criterio subjetivo de contenido psicológico” y en ese marco pidió que se aplique la pena correspondiente a un homicidio culposo de ejecución condicional en suspenso con inhabilitación para conducir que el Tribunal considere necesaria.
Un pedido de
perdón forzado
Al finalizar los alegatos le ofrecieron la palabra al imputado Hugo Amores, quien utilizó su oportunidad para referirse a su situación personal desde aquella noche trágica.
Dijo que nunca pasó un momento tan malo en su vida, que nunca pensó que iba a estar en prisión y todas sus desventuras, y que en 25 años de manejo “nunca” tuvo un accidente.
Sus dichos provocó indignación de los familiares de la víctima y una de las primas de Emilio gritó: “Nosotros tenemos a Emi bajo tierra”.
Recién ahí, el imputado, al tomar conciencia de que sólo hablaba de su pesar, deslizó un pedido de perdón, aquel que la familia probablemente esperó durante todo este tiempo, aunque de ningún modo les devolverá la irreparable pérdida.
“No les pude pedir perdón porque quedé detenido”, argumentó y reconoció que iba a gran velocidad pero lo atribuyó a la pelea con su hija.
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