Se realiza hoy la charla sobre seguro vehicular y jurisprudencia
La subcomisión de derecho de seguros de la Asociación de Abogados de Tandil realizará hoy una charla destinada a todos los asociados, para informar y debatir sobre el tema de las coberturas de daño total y parcial del automotor y la jurisprudencia habida sobre las cuestiones que plantea. La misma dará inicio a las 15, en la sede de la mencionada institución, situada en Chacabuco 744.
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La subcomisión de derecho de seguros, a cargo del doctor Carlos Schiavo, se junta los segundos martes de cada mes. Al encuentro asisten todos sus miembros para debatir sobre distintos temas de la materia.
Además, la Asociación de Abogados de Tandil, con la participación de la subcomisión, realiza cursos, conferencias, mesas redondas y cada dos años una Jornada del Centro de la Provincia de Buenos Aires de Responsabilidad Civil y Seguros con expositores invitados.
La idea para la reunión de hoy es difundir, debatir y estudiar el derecho de seguros, mediante una reunión abierta para los asociados de la AAT.
En la actividad aseguradora es conocido desde hace años las graves consecuencias que producen los procesos inflacionarios, tanto aquellos circunstanciales de cierta consideración y sumamente elevados, como los que regularmente se manifiestan a partir de diversas causas estructurales o meramente financieras.
Tales efectos se manifiestan de manera muy extrema en aquellos seguros plurianuales (en general los seguros de vida) pero también en la insuficiencia de las sumas aseguradas en los seguros patrimoniales, como es el caso de las coberturas de responsabilidad civil cuando se produce un prolongado proceso de reclamación judicial y aquella suma asegurada inicialmente suficiente concluye siendo muy inferior a la liquidación de sentencia a pagar.
En esta oportunidad, la Asociación de Abogados de Tandil ha entendido conveniente que la subcomisión de derecho de seguro lleve adelante el tratamiento, estudio y difusión de esta temática por entenderlo de sumo interés para los asociados y en especial respecto de aquellos casos en que ocurren daños a un automotor asegurado y se debe calcular si efectivamente tales han producido o no la destrucción total del vehículo, haciendo que el asegurado resulte acreedor a la indemnización, o en su caso que no tenga derecho a indemnización alguna.
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