Ratificaron el fallo contra Claro por una denuncia de Tandil y la empresa deberá pagar 4 millones de pesos
El abogado Lucas Sanz consideró la sentencia como ejemplar y aseguró que no es habitual que la Cámara de Apelaciones eleve los montos por daño punitivo, como sucedió en este caso. La mayor parte del dinero será donado a asociaciones de defensa al consumidor.
La Cámara de Apelaciones de Azul ratificó el fallo contra la empresa de telefonía celular Claro por una denuncia radicada por una usuaria de Tandil y elevó el monto del daño punitivo. Por tal motivo, la firma deberá abonar alrededor de 4 millones de pesos.
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El abogado que llevó adelante la causa, Lucas Sanz, consideró que ya la sentencia del Juzgado Civil y Comercial 3 de Tandil emitida en febrero fue ejemplar y ahora que la Cámara de Apelaciones ratificó ese fallo resulta aún más significativa. Sobre todo considerando que elevó el monto por daño punitivo de un millón a un millón 200 mil pesos.
Todo surgió cuando una usuaria de la empresa de celulares Claro pretendía dar de baja la línea. A partir de ese momento, se encontró con múltiples obstáculos que puso la empresa.
En diálogo con El Eco de Tandil, Sanz recordó que “en febrero nos encontrábamos con esta novedad de una sentencia de primera instancia tan importante como la que se dictó en el Juzgado Civil y Comercial de Tandil respecto de lo que son los daños punitivos, que habían alcanzado 1 millón de pesos”.
“Apelamos la sentencia, fuimos a la Cámara de Apelaciones de Azul que confirmó la sentencia de primera instancia y elevó el monto del daño punitivo, llevándolo a 1 millón 200 mil pesos que con los intereses y otros daños llega a casi 4 millones de pesos el monto de la demanda”, puntualizó.
Una novedad
Consideró una “novedad” que la Cámara de Apelaciones de Azul haya confirmado el fallo de primera instancia, y que además lo haya aumentado.
“Este tipo de montos no son comunes. No es habitual que la Cámara aumente sensiblemente el monto por daño punitivo sino que generalmente suele confirmarlo”, enfatizó.
Además, evaluó que la causa fue “muy particular” por ciertos hechos que dieron lugar a que los jueces dictaran una sentencia con un monto de daño punitivo importante.
“Por ejemplo, estos cobros indebidos que no fueron solamente con un cliente de Claro, nosotros denunciamos que hubo varios ya que ésta era una actitud que tenía la firma demandada para con el resto de los consumidores”, indicó.
Y expuso que los jueces de Cámara consideraron para aumentar el daño punitivo la actitud que había tenido Claro durante todo el procedimiento, entorpeciendo la producción de las pruebas, negando documentación y las pruebas de los peritos que pedían sobre cuestiones puntuales.
Donación
Por otra parte, contó que la sentencia también trata el tema de la donación, ya que la parte demandante ofreció la donación del 95 por ciento de los daños punitivos y el 75 por ciento de los honorarios a asociaciones de consumidores, una de ellas de Tandil, y la Oficina Municipal de Defensa al Consumidor, la cual destacó fue “importante en el proceso porque la denunciante transitó por esa oficina aunque no se pudo solucionar el conflicto en esa instancia por una actitud de Claro”.
Ahora si ninguna de las dos partes apela, la sentencia quedará firme y a partir de ahí Claro tendrá 10 días para abonar esa suma y se efectuarán luego las donaciones respectivas.
Explicó que la decisión de la donación tiene que ver con una intención “de que ese dinero que había cobrado ilegítimamente Claro no sea para hacernos de una ganancia, sino que se vuelque de nuevo al proceso de lucha de los consumidores contra este tipo de empresas multinacionales y grupos económicos que son muy fuertes, muy poderosos. Entonces queríamos que ese dinero se destinara a organizaciones sin fines de lucro, de consumidores y que cuenten con más herramientas y posibilidades de informar, realizar campañas y demás”.
La Corte Suprema
Aseguró que hoy la sentencia de Cámara está firme, pero todavía están en un plazo para poder ir a la Suprema Corte de Justicia.
“Estamos evaluándolo, porque entendemos que el monto por daño punitivo debería ser aún mayor por estos elementos probatorios. Lo estamos evaluando porque todo el proceso de estudio de la sentencia para ir a la Suprema Corte es más arduo”, manifestó.
Y agregó que “tengo entendido que Claro no va a apelar pero todavía corren los plazos, si ninguna de las dos partes apela, queda firme la sentencia y son casi 4 millones de pesos entre intereses y costas del juicio y demás, no olvidemos que esto comenzó en 2010, cuando la usuaria comenzó con la intención de dar de baja la línea y toda la problemática, así que los intereses son una parte muy importante de esta sentencia”.
“Los jueces de Cámara consideraron que los intereses deberían correr desde el momento del hecho. Esto va a sentar un antecedente, ya de hecho la sentencia en primera instancia fue un antecedente en aquel entonces, ya era una novedad, y ahora con la confirmación de la Cámara de apelaciones mucho más aún”, manifestó.
Aseguró que en la Cámara de Apelaciones de Azul “no hay ningún antecedente con una multa tan alta”.
“Uno de los motivos del daño punitivo es precisamente primero lograr disuadir a las empresas de que se sigan portando como lo venían haciendo, es decir mal. El otro punto dice la ley que tiene por objeto que los consumidores tengan un incentivo económico por haber transitado todo un juicio largo. Ese incentivo es el daño punitivo que obviamente la ley lo destina a la parte actora que inicia el juicio”, indicó.
Y agregó que “la comunidad de defensa al consumidor está más que contenta con esta novedad del fallo de Azul, y vamos a evaluar técnicamente si apelamos a la Corte o no”.
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