Repercusiones e interrogantes en la ciudad por la venta de divisas extranjeras
En el marco de la reglamentación del reciente Decreto 27/18, el directorio del BCRA sancionó un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria. Según explicó el comunicado, “el objeto es brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva”.
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Si bien aún no se han dado a conocer los requisitos que deberá presentar y cumplir aquel que quiera adherirse a la normativa, sugieren que será sencillo y exprés.
El tema del dólar es un tema sensible históricamente en nuestro país. Gabriel Fuente, vicepresidente de Comercio de la Cámara Empresaria, planteó que en principio la medida parecería favorable, sobre todo porque generaría un ingreso adicional al comercio, más allá de que seguramente afecte a las casas de cambio que históricamente se han dedicado a esto.
“Estimo que se apreciarán beneficios rápidamente en la brecha que existe entre el valor manejado en Capital Federal con respecto al que barajamos en el interior”, adujo.
Seguramente quienes puedan favorecerse de esta disposición sean las empresas exportadoras. “Si es que pueden hacer liquidación de divisas a través de casas de cambio, por ejemplo, sin tener que recurrir a los bancos exclusivamente; o por lo menos van a obligarlos a bajar los costos de transacción”, reflexionó Gabriel Fuente.
El vicepresidente de la CET agregó que “teóricamente debería disminuir el mercado negro, el arbolito no tendría razón de ser, siempre y cuando los requisitos no sean demasiado exigentes. Hay que ver cuál es la reglamentación, que aún no se ha dado a conocer”.
Por otro lado, estima que no será tan sencillo ni masivo. “Creo que va a estar bueno masificar el tema dólar, ya que lo tenemos incorporado como una moneda en la cual nos refugiamos ante cualquier imprevisto”, culminó. Aunque la resolución vaticina que de esta manera se facilitará el acceso al cambio y beneficiará a los turistas extranjeros, desde el punto de vista local no se auguran grandes cambios. Ni beneficios ni perjuicios. Así lo manifestó el presidente de la Asociación de Hoteles, Luis Cerone: “Creo que en una ciudad como la nuestra no es un tema que nos interese demasiado, porque es muy bajo el porcentaje de turismo extranjero, entonces incluir ese servicio adicional no resultaría algo fundamental”. Aunque no descartó que alguien del rubro le pueda llegar a interesar, estimó que convertir un hotel en una casa de cambio no resulta oferta tentadora para ninguna de las hosterías de la ciudad.
Un servicio más
para los kiosqueros
Para Adrián Palacios, presidente de la Unión de Kiosqueros de la República Argentina (UKRA), se trata de una medida positiva, ya que considera que es un servicio más para ofrecer. Además, la ventaja del kiosco es que generalmente trabaja horario de corrido, no como las casas de cambio o bancos que cortan alrededor del mediodía.
“En el caso de los locales que realizan cobro de facturas ya cuentan con medidas de seguridad, entonces podrían acceder a esta compra y venta”, detalló Palacios.
En el caso de los que no cuenten con esas medidas de seguridad también podrán suscribir cumpliendo con los requisitos necesarios.
Como aún no se conoce la cantidad que se podrá comprar y vender de cualquier moneda, no solamente dólares, desde la UKRA tienen la intención de reunirse con el presidente del BCRA para canalizar todas las inquietudes que van surgiendo para cuando llegue el momento de aplicar. “De aquí hasta marzo estaremos atentos a las novedades, por ejemplo si los kioscos que cuentan con el sistema de cobro del banco Provincia Bapro también podrán acceder”.
Otra de las dudas ronda en torno a los beneficios y contras que puedan llegar a tener: “no sabemos si la AFIP pedirá declaración de bienes personales y gananciales. Si nos cambiarán de categoría o no”, enumeró.
Como funcionará
la normativa
El Banco Central habilitará a la operación en el mercado de cambios de comercios y personas físicas. Será a través de un trámite exprés y partir del 1 de marzo. De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá comprar y vender monedas. Ya hemos tenido consulta de los asociados.
“Las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el Mercado Libre de Cambios podrán funcionar como agencia de cambios”, informó la entidad que dirige Federico Stuzenegger. Habilitó ese mecanismo bajo el requisito de que quienes quieren vender dólares u otras monedas se inscriban en el Registro de operadores de cambio.
En el marco de la reglamentación del reciente Decreto 27/18, el directorio del BCRA sancionó un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria, según explicó el comunicado, “con el objeto de brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva”.
También podrán operar con divisas las personas físicas que antes hayan constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).
El Registro de operadores de cambio funcionará online, será de libre acceso y estará disponible en la web del BCRA. Una vez cumplido el trámite de inscripción, las nuevas agencias de cambio quedarán habilitadas para comenzar a operar de inmediato. Las entidades cambiarias que operan en la actualidad serán incorporadas al Registro de manera automática.
Mediante este mecanismo también podrán inscribirse casas de cambio, que se distinguen de las anteriores por tener a la operación cambiaria como objeto exclusivo de actividad y por requerir un capital mínimo de $ 5 millones de. Las casas de cambio, a su vez, incorporan la posibilidad de realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas.
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