Elevaron el mínimo no imponible del impuesto por autos suntuarios
El Gobierno elevó hasta los 1.400.000 pesos el mínimo no imponible del impuesto a los bienes suntuarios para los automóviles, por lo que debería haber una baja de precios en los coches en las concesionarias.
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El beneficio de ya no pagar al Estado una alícuota del 20 por ciento es para aquellas operaciones cuyo precio de venta, sin considerar impuestos pero incluidos los opcionales, sea igual o inferior a 1.400.000 pesos.
Así lo estableció el Gobierno a través del Decreto 1/2019 publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y los ministros de Hacienda, Nicolás Dujovne; y de Producción y Trabajo, Dante Sica.
Para establecer la medida, el Gobierno tuvo en cuenta “la magnitud del reordenamiento que experimentaron las principales variables macroeconómicas durante el segundo semestre de 2018 y el cambio en los precios relativos”.
Hasta ahora pagaban este impuesto los coches que tenían un valor de 900 mil pesos antes de los impuestos nacional (como el patentamiento) o 1.350.000 “puesto en calle” para el público consumidor.
Esos parámetros indican que quedaron desafectados del impuesto a los bienes suntuarios los autos con valores de hasta 2.100.000 pesos “puestos en calle”, con todos los tributos ya considerados en el valor global de la unidad.
El nuevo piso imponible será para vehículos automotores terrestres concebidos para el transporte de personas, excluidos los autobuses, colectivos, trolebuses, autocares, coches ambulancia y coches celulares.
Los bancos informarán
las rentas de sus clientes
El Gobierno oficializó un régimen informativo para que bancos y otros agentes del sector financiero suministren a la AFIP datos de sus clientes para la liquidación del impuesto a las Ganancias sobre la renta financiera obtenida durante 2018.
La medida fue oficializada a través de la Resolución General 4394/19 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, con la firma del recaudador federal, Leandro Cuccioli.
El organismo estableció un régimen de información a cargo de las entidades financieras comprendidas en la Ley 21526 y sus modificaciones, los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.
Las entidades deberán informar sobre las operaciones efectuadas por sus clientes personas humanas y sucesiones indivisas por las que paguen o pongan a disposición de éstos últimos, durante el año calendario 2018, intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por el nuevo impuesto. NA