Un año de prisión condicional por bajarle la bombacha a una niña
En un reciente debate desarrollado en el TOC 1, el juez Gustavo Agustín Echevarría, en disidencia a lo postulado por el defensor como el propio fiscal, emitió un fallo condenatorio contra un hombre que arribó a juicio acusado de abusar de una niña.
Recibí las noticias en tu email
Más precisamente el juez sentenció a Néstor Hugo Heredia, a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional, por el delito calificado como “Abuso sexual agravado por ser encargado de la guarda y educación y aprovechando la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años de edad -consumado-, único hecho cometido aproximadamente entre el 2011 al 2012”.
El veredicto describió que se acreditó que en dicho período citado, en el interior de la vivienda donde vivía Heredia, abusó de una niña de 9 años, cuando ingresó a la habitación de ésta, se acostó junto a ella, le bajó la bombacha y le advirtió que no le dijera nada a su madre, en momentos en que la progenitora de la niña se había ausentado del hogar.
Cabe consignar que el veredicto del magistrado contradijo el postulado del ministerio público primero, quien alegó un abuso sexual en grado de tentativa, y también de la defensa, que pugnó por la absolución ante la falta de del delito.
Por el contrario, de manera categórica y en virtud de los fundamentos que desarrolló a lo largo de la sentencia, Echevarría entendió que se estaba ante un abuso sexual agravado consumado: “Néstor Hugo Heredia ingresó a la habitación de la menor de 9 o 10 años de edad, en calzoncillos, se acostó junto a ella y le bajó la bombacha, en momentos en que la progenitora de la niña se había ausentado del hogar, y luego le advirtió que no le dijera nada a su mamá”.
Al decir del fallo, el conjunto de afirmaciones sostenidas y reiteradas de la menor, describiendo el acto abusivo, conformaron una evidencia que en su globalidad, no admitió refutación. A lo que se sumaron los dichos de la madre, la abuela de la víctima como de la perito psicóloga.
“El análisis de sus respectivos testimonios arroja una total credibilidad, no sólo en las referencias que ellas hicieron de los episodios en que recibieron el relato de la menor, sino lo que es más importante aún, la plena credibilidad que dicho relato les mereció a cada una”, se enfatizó.
El juez no dejó de mencionar el clima general de violencia al que Heredia sometía no sólo a su pareja sino a todo el grupo familiar, lo que provoca la revelación de la niña a la abuela.
Conforme lo relataron en el juicio, la misma ocurrió en un momento particular, en el que Heredia había protagonizado una agresión contra ellos, lo cual había motivado a que la abuela -que no concurría habitualmente a la casa-, se instalara en la vivienda para proteger al grupo y allí la niña le contó.
Este contenido no está abierto a comentarios