Con la prórroga, el Ejecutivo tendrá hasta 2019 para eliminar los cargos de las boletas de luz
El lunes, mediante una publicación en el Boletín Oficial, la gobernadora bonaerense María Eugenia Vidal oficializó la prórroga de la resolución del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia (Oceba) que prohíbe a los intendentes cobrar tasas municipales en las boletas de luz que no tengan relación con el servicio público.
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La medida había generado resistencia en los municipios a partir de los cargos que incorporaron en la tarifa de luz en el último tiempo que tuvieron un fin ajeno a la prestación del servicio de distribución. En el caso de Tandil, la boleta de la Usina se distribuye con conceptos vinculados a tres ordenanzas que suman tributos a los consumos del servicio.
La Gobernadora ya había adelantado la prórroga durante una visita que hizo a mediados de junio a la localidad de Chivilcoy. “Seguramente la resolución se posterga hasta diciembre para que los intendentes tengan tiempo de planificar para el año que viene cómo van a manejarse”, adelantó ese día.
Plazo al Ejecutivo
Desconcertado por las nuevas disposiciones, y alerta sobre el impacto que tendría la medida, el Municipio fue uno de los que formalizó, junto a la distribuidora de energía, un pedido para que se otorgara un plazo que permitiera estudiar la resolución, establecer las alternativas y avanzar hacia una transición para evitar el desfinanciamiento del sistema.
Así, se buscará reestructurar el sistema local ya que la Usina Popular y Municipal distribuye facturas con tres cargos correspondientes a ordenanzas comunales, algunas de las cuales tienen otros fines recaudatorios.
El secretario de Economía, Daniel Binando, había puesto el foco en las repercusiones en la estructura que tendría la eliminación de esas ordenanzas, especialmente la que alude a cargos en materia de servicios de salud como lo es el FAS (Fondo de Ayuda Solidaria).
En términos económicos los cálculos indican que, en conceptos de tasas, el Municipio dejaría de recibir 40 millones de pesos menos al año, por eso dispuso una serie de alternativas para enfrentar este esquema.
Como se había adelantado, serían tres las alternativas en evaluación. Reducir los servicios que brinda la comuna, trasladar esos conceptos a otros impuestos -como la Tasa Retributiva de Servicios- o “achicar” gastos inherentes a la Provincia, como el dinero que se destina al pago de combustible de la Policía Bonaerense o de alquileres de dependencias provinciales.
En el Boletín Oficial
La medida establece que “el 1 de enero de 2019 como la fecha de efectiva aplicación por parte de los distribuidores provinciales y municipales, de lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución Oceba 167/18”.
Ese punto del fallo -que se dio a conocer en el marco de una serie de medidas tendientes a moderar el impacto del tarifazo- ordena a las distribuidoras que las facturas que se emitan no podrán incorporar conceptos ajenos a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica, ni conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía sin la previa aprobación del Oceba, con excepción de lo dispuesto por la Ley 10.740 con relación al alumbrado público.
Así, la administración bonaerense decidió postergar la implementación de la resolución hasta enero del 2019, luego de la recepción de presentaciones de distribuidores municipales y municipios, que solicitaban que “se considere el otorgamiento de un plazo para la efectiva implementación de los alcances de la citada resolución”.
En tal sentido, el texto de la prórroga resalta que “en el entendimiento que el cumplimiento de la medida implica para los municipios modificaciones en sus sistemas de recaudación y cobro y, para los distribuidores municipales la correspondiente solicitud de autorización ante este organismo de control así como la adaptación de sus sistemas de facturación que permitan el cumplimiento de los recaudos legales se entiende necesario establecer que la efectiva aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 de la citada resolución 0167/18, por parte de los distribuidores provinciales y municipales, se efectuará a partir del 1 de enero de 2019”.
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