La comisión de predesignación eligió una terna de abogados para el Defensor del Pueblo
Ayer por la tarde, nombró a tres letrados entre los 26 postulantes. Los nominados son Miguel Alfredo Daoud, Paula Jorgelina Lafourcade y María Marta Vicente. Ahora, el Concejo debe elegir a uno de los abogados, por mayoría especial.
La comisión de predesignación decidió ayer la terna que será llevada al recinto del Concejo Deliberante para elegir al Defensor del Pueblo de Tandil. Resultaron nominados, a partir de la votación de nueve asociaciones civiles, los abogados Miguel Alfredo Daoud, Paula Jorgelina Lafourcade y María Marta Vicente. Ahora el cuerpo deberá nombrar a uno de ellos, por mayoría especial.
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En la decimo segunda reunión, que se celebró ayer a las 19, en la oficina de la Presidencia del Concejo Deliberante, las nueve entidades, acompañadas por el presidente del cuerpo Juan Pablo Frolik, el presidente de la bancada de UCR Cambiemos Mario Civalleri y su par de Unidad Ciudadana Rogelio Iparraguirre, procedieron a votar la terna.
Participaron de la elección Corina Alexander por el Instituto Regional de Estudios y Gestión; Federico Echaide de la asociación civil Ayuda Solidaria; Lisandro Hugo Ramos de Redes Tandilenses; Hipólito Ledesma del Centro Social Velense; Noemí García de la sociedad de fomento del barrio General Belgrano; María Rosa Dos Reis del Proyecto Koinonia; Delia Ester Muisse del centro de jubilados y pensionados Corazones Jóvenes; Lucas Sanz de la Asociación de Abogados y Gustavo Lagoutte de la asociación civil de Usuarios y Consumidores de Tandil.
Según consta en el acta, de acuerdo al cronograma establecido por el Decreto 3449/18, se procede a votar la terna única definitiva para ser elevada al Honorable Concejo Deliberante, en la forma establecida en los artículos 9, 10 y 11 del mencionado decreto”.
Además, la comisión dejó constancia de que “se procede a la votación acorde a lo establecido en los artículos 9 (sistema de escrutinio mayoritario plurinominal con pluralidad, donde cada miembro con derecho a voto vota a la misma cantidad de alternativas que deben ser elegidas) y 10 (será nominal y dará derecho a voto, el que será a viva voz previa confección del voto por escrito) el Reglamento Interno de funcionamiento”.
En tanto, asentaron que “de la votación surge la siguiente terna única definitiva: Miguel Alfredo Daoud, Paula Jorgelina Lafourcade y María Marta Vicente. La misma deberá ser remitida a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante junto con los respectivos expedientes personales sin orden de preferencia alguna (artículo 12 del Decreto 3449/18)”.
El procedimiento
Durante los últimos días, la comisión de predesignación entrevistó a los 26 inscriptos que aspiraban a asumir como Defensor del Pueblo. En el recinto del Legislativo, las reuniones con cada uno de los candidatos se extendieron unos treinta minutos, con una exposición libre y preguntas de los representantes de las nueve entidades que integraban el órgano.
Cumplido ese paso, el procedimiento continuó conforme al Decreto 3449, que en su artículo 10 establece que la forma de la votación: “Toda votación, ya sea sobre impugnaciones realizadas o sobre la elección de los candidatos que forman la terna, será nominal y dará derecho a voto, el que será a viva voz”.
En tanto, en el siguiente artículo establece que “sobre la lista definitiva de precandidatos, en una primer ronda de votación se elegirán un 50 por ciento de precandidatos, debiendo ser un número entero par, cuando ello no fuere posible se deberá elevar el número de candidatos al número par entero inmediato superior. Se seguirá sucesivamente este procedimiento tantas veces como hagan falta hasta llegar al mínimo posible y que permita elaborar la terna definitiva. Por caso: sobre un total de 17 candidatos que forman la lista definitiva, en una primera ronda de votación quedaran 10 precandidatos. Es decir, que ya se redujo a la mitad el número de preseleccionados. Se repite el sistema, y sobre una lista definitiva de 6 precandidatos finalmente se votarán aquellos que conforman la terna”.
En tanto, una vez elegida, la terna se envía a la Presidencia, con los respectivos expedientes personales. Luego, el Concejo Deliberante, en sesión especial convocada en un plazo no mayor a treinta días, elegirá por el voto de las dos terceras partes de la totalidad de sus miembros a uno de los candidatos propuestos por la comisión de predesignación, dejando expresamente aclarado que la votación será nominal.
Por otro lado, si ninguno de los candidatos propuestos obtiene la mayoría requerida para su designación, el Concejo Deliberante convocará a una nueva sesión especial dentro de los quince días, a los fines de realizar una nueva votación con los dos candidatos que hubieren obtenido mayoría de votos.
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