Avanza en la provincia de Buenos Aires una durísima ley antitabaco
La denominada “tolerancia cero” está establecida en un proyecto de ley que sería sancionado próximamente y que prevé, además de las restricciones, la puesta en marcha de programas de ayuda para los fumadores. En la iniciativa que está siendo analizada por los diputados también se impide casi por completo la publicidad de tabaco, o sus derivados, en territorio bonaerense. Y aquellos que violen estas disposiciones serán sancionados con multas que llegan, en el caso de los fabricantes, a los cinco millones de pesos.
El proyecto de “tolerancia cero” con el consumo de tabaco impulsado por los diputados modifica una iniciativa aprobada en abril por el Senado, según destacó en su edición de la fecha el diario El Día de esta ciudad. Ese texto es más flexible, ya que contempla la posibilidad de que los comercios habiliten zonas para fumadores “debida y visiblemente señalizadas”.
La comisión de Prevención de las Adicciones de Diputados, que preside Sebastián Cinquerrui (Coalición Cívica), modificó por unanimidad el proyecto del Senado y eliminó por completo la posibilidad de fumar en espacios cerrados.
El proyecto, que ahora se encuentra en la comisión de Salud, cuyo titular Juan De Jesús consideró que los espacios públicos “tienen que ser cien por ciento libres de humo”, prohíbe el consumo de tabaco en “todos los edificios públicos, tengan o no atención al público; lugares de trabajo en general; lugares privados de acceso al público, cualquiera sea su finalidad; los medios de transporte de pasajeros cualquiera sea su tipo y distancia, en tanto permanezcan y circulen en jurisdicción provincial”.
También prohíbe la venta, promoción, exhibición o entrega a título gratuito de productos elaborados con tabaco en establecimientos educativos, públicos o privados, de todos los niveles; establecimientos sanitarios, públicos o privados; medios de transporte de pasajeros de todo tipo; museos, clubes, salas de espectáculos públicos como cines, teatros, estadios, así como cualquier otro lugar público; y en todos los edificios públicos”.
Además, impide la comercialización a menores de 18 años y otorga un plazo de un año para que sean sacadas del mercado las máquinas automáticas expendedoras de productos elaborados con tabaco. El proyecto prohíbe a los fabricantes, productores, comercializadores y distribuidores de este tipo de productos realizar el auspicio y patrocinio de todo tipo de actividad o eventos deportivos, recreativos o culturales; así como publicitar sus productos por cualquier medio, incluyendo la indumentaria, en el interior de espacios destinados a actividades deportivas, recreativas o culturales.
También prohíbe la publicidad en la vía pública, estática o dinámica, o bajo cualquier otra modalidad, de productos elaborados con tabaco, o el uso de marcas registradas, nombres o razón social del fabricante. Establece, además, que la publicidad de los productos elaborados con tabaco sólo podrá realizarse en el interior de los lugares de venta de los mismos o en las publicaciones comerciales y técnicas destinadas exclusivamente a personas o instituciones vinculadas directamente con la industria del tabaco.
El diputado Cinquerrui aseguró que la iniciativa -que toma como base el texto del senador Julio Salemme- “cuenta con el apoyo de la subsecretaría de Adicciones de la Provincia y también sería avalada por el ministerio de Salud”, y se mostró confiado en que pronto será convertida en ley.
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