Reclamaron la condena del capitán Yeffal y la absolución del otro acusado por apremios
Tras la declaración de dos testigos profesionales en la mañana, pasado el mediodía de ayer comenzaron los alegatos en el juicio oral y público que se le sigue al capitán Juan Andrés Yeffal por el delito de apremios, causa de la cual ya quedó desvinculado el oficial Reynaldo Ezequiel Fernández.
El juez correccional Carlos Pocorena escuchó con atención las argumentaciones de las partes, destacándose la amplia coincidencia entre la fiscalía y el particular damnificado en cuanto a la acusación, más allá de una leve diferencia al momento de solicitar la condena.
Posteriormente, el abogado defensor Diego Araujo efectuó su planteo por medio del cual trató de revertir la acusación.
Inicialmente, el fiscal Agustín Echevarría desistió de acusar a Reynaldo Ezequiel Fernández, al entender que no se reunieron pruebas para imputarlo en los hechos investigados.
Luego dijo que el debate permitió acreditar el hecho ocurrido el 24 de enero de 2005, a las 22.30, tal cual fuera descripto en los lineamientos de la acusación.
Sostuvo que cuando Rolando Ariel Sotes estaba alojado en el sector de celdas de aislamiento (buzones) de la Seccional Segunda, accedió al pasillo y arrancó el protector metálico de luminaria con el que destruyó los candados que cerraban las puertas que lo separaba del patio de calabozos.
Luego, tres efectivos de Infantería llegaron al lugar y mediante el uso de escudos, redujeron a Sotes.
El representante del ministerio público consideró acreditado que Yeffal ?se haya acercado a Sotes con la intención de que desista de su actitud? y que ilegalmente le haya aplicado con su pierna ?al menos, dos patadas en el cuerpo cuando Sotes estaba tirado o arrodillado con las manos esposadas en la espalda?, mientras decía ?supuestas palabras tranquilizadoras?.
Tal acción fue observada total o parcialmente por, al menos, cuatro detenidos que estaban en el calabozo; tres a través del pasaplatos y la ventana, además de un policía.
Para el fiscal, Yeffal incurrió en los delitos de ?Apremios ilegales y vejaciones?, y planteó que estaban dados los elementos objetivos y subjetivos, además de los sujetos exigidos por la figura penal.
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La prueba testimonial
Considerando la autoría plenamente probada, el fiscal destacó que es una causa que se define por la prueba testimonial, adelantando que sería ?extremadamente riguroso para evaluar la prueba producida en el debate?.
De allí, durante 90 minutos hizo un análisis que incluyó los ?parámetros científicos de Malatesta, quien sistematizó un conjunto de elementos para determinar la veracidad de los dichos de los testigos?.
?Comprobamos que todos los testigos directos de cargo pudieron observar -desde el punto de vista físico (el peritaje deja un cono absolutamente pequeño de zona ciega)- y ver lo que dijeron ver?, señaló y mencionó el caso de un detenido que durante la inspección ocular sacó su cabeza a través del pasaplatos.
Además, por ?la dinámica pudo ser perfectamente posible que viera el momento en que Yeffal aplicaba las patadas? denunciadas.
El fiscal rechazó problemas de vista y expresó que el examen físico y geográfico fue aprobado por los cinco testigos de cargo.
Los testimonios pasaron el filtro de la posibilidad de tener voluntad de engañar. ?No se advirtió que ningún testigo tenga perfil con tendencia a la manipulación o fabulación, o libreto ajeno. Todos actuaron con algún grado de autonomía y decisión propia?, sostuvo el fiscal.
Otro elemento mencionado es que ?varios testigos estuvieron varios meses antes del hecho y no ha surgido existencia de odio o enemistad contra Yeffal engendrado en su estadía en la Segunda?, mencionando que hubo una disconformidad por la comida, pero ya se había solucionado a la fecha de los apremios.
Descartó roces con el capitán acusado, ya que ?casi no lo veían? y que ?la única queja fue de un detenido al que no se le permitió ver a su hija en ámbitos sin reja, pero descartó ese móvil. El debate no arrojó mínimamente una situación objetiva de ánimo revanchista?, recalcó.
La credibilidad
Este punto fue el de mayor desencuentro entre acusación y defensor. La primera de las partes señaló que ?hay verosimilitud de los testimonios y es probable que los hechos hayan sucedido como los relataron, sin cuestionamientos de obstáculos físicos o lógicos?.
Para Echevarría, hay ?ausencia de contradicciones tanto en el testimonio propio como con otros de la causa, salvo el detalle de la posición de Sotes en el momento en que vieron las patadas?, aunque mencionó que hubo una secuencia sucesiva de golpes dentro de la dinámica propia del hecho.
Destacó la determinación de los hechos, ya que ?más valor tiene el testigo cuando mejor determine los hechos que afirma? e indicó que se planteó ?una fotografía con mucho color y detalles. Hubo precisiones y claridad, propio de quien realmente ha presenciado el hecho?.
Rechazó el fiscal una supuesta confabulación contra el jefe policial porque si fuera así, ?resultaba mucho más eficiente ligarlo a la muerte de Sotes que a unas patadas de difícil comprobación. Era más fácil decir que lo vieron merodear por los calabozos el día de la muerte. Esto vuelve creíbles los testimonios y descarta ánimo de perjuicio?.
El fiscal señaló que ?no sólo los detenidos vieron los golpes, sino que un subordinado también los vio y otros dos conocieron vestigios inequívocos por medio de comentarios llenos de conmoción que escucharon entre los detenidos?.
Se refirió, además, a las lesiones encontradas en el cuerpo del joven y descartó que Sotes se los hubiera autoprovocado.
Las pruebas
Para el fiscal hubo cinco testigos de cargo directos: cuatro que estaban detenidos y un policía. Este último le despejó al fiscal sus dudas iniciales sobre un posible vicio de nulidad.
Mencionó a otros testigos indirectos ?que pudieron percibir la atmósfera que se generó tras los hechos, además de gritos e indignación?.
?La prueba de cargo no puede ser puesta en crisis, aunque sí la prueba de descargo?, dijo el fiscal.
El representante del ministerio público no encontró eximentes y señaló como atenuantes el buen concepto informado para Yeffal, su ausencia de antecedentes y buen concepto que el propio fiscal tenía sobre el funcionario antes del juicio. ?Siempre se mostró extremadamente profesional y con una gran voluntad de trabajo. Siempre cumplió con puntualidad y amabilidad los encargues profesionales?, sostuvo.
Al analizar agravantes, se mencionó que el acusado haya sido el titular de la dependencia, con máximo escalafón y principal responsable de Sotes; haber golpeado a una persona reducida, esposada, sin resistencia y con superioridad numérica notable.
No dejó de lado que la víctima era ?una persona que evidentemente estaba enferma por su adicción? y el haberlo apremiado a la vista de otros detenidos, le dio al hecho alcances que excedían la persona de Sotes.
Además de requerir una condena de dos años y cuatro meses de ejecución condicional e inhabilitación especial por el doble de tiempo por los delitos de ?Apremios y vejaciones?, el fiscal pidió la formación de una causa por posible falsedad ideológica, ante la causa que se le iniciara al acusado por el delito de autolesiones y tentativa de fuga.
También entendió que ?correspondería ordenar la profundización de la investigación?, ya que de los dichos de un detenido surge la presencia de otro oficial que le pegó a Rolando Sotes y que no es Reynaldo Fernández.
Criterios compartidos
El abogado César Sivo planteó la posición de los padres del joven Rolando Sotes al dar por reproducida cada afirmación del fiscal Echevarría, con cuyos aspectos medulares coincidió.
Mencionó entre ellos, la acusación contra Yeffal y el retiro de la imputación a Fernández. Compartió el criterio acusador en la narración de la materialidad de los hechos, las pruebas de cargo y la validez de los elementos de convicción.
Posteriormente se refirió a su experiencia internacional sobre la violencia policial y los tratados internacionales a los que adhirió Argentina y la provincia de Buenos Aires.
Sobre el caso investigado destacó que ?se llegó sólo de forma fortuita por otra investigación y porque hay un muerto. Si Sotes no termina como terminó, difícilmente se hubiera avanzado en una pesquisa y posiblemente hubiera quedado archivado en una causa por autolesiones y tentativa de evasión, como la que se había inventado en la dependencia policial?.
Cuestionó que ?la policía hace determinadas cosas, luego escribe otras, y todos hacemos oídos sordos para que las cosas sigan sucediendo?.
Sobre el deceso de Sotes, dijo que ?por el derrotero que venía pasando, era casi crónica de una muerte anunciada. Lejos de encontrar al padre cariñoso y afectuoso que se quiso presentar, acariciando en la cabeza mientras lo pateaba, encontramos un oficial de policía que hizo todo lo contrario a lo que tenía que hacer?, espetó con relación a Yeffal.
Recalcó las acciones de Sotes reclamando por ?la falta de atención, el aislamiento y la falta de medicación?, lo que le generó una pelea con otro interno. ?Sigue el mismo reclamo, pero le comienzan a generar causas: en dos días dos causas penales nuevas y nada de la atención que requería?, agregó.
Consideró que la rotura del candado era ?para que lo escuchen. Es demencial tratar de evadirse a los gritos. Quería ser trasladado a Azul?, concluyó.
Rechazó argumentos oficiales sobre los golpes que presentaba el joven y expuso que ?la causa por tentativa de evasión es documentar para cubrirse: literatura policial de cobertura. Las autolesiones son para justificar los apremios. No perdamos de vista que los policías son los que manejan la prueba?.
Al momento de analizar agravantes, Sivo agregó a los planteados por el fiscal el tiempo que Yeffal lleva como integrante de la policía, el estado de indefensión de la víctima; el lugar en el que se desarrollaron los hechos; la edad del imputado, que le permite internalizar mucho más las normas; y numerosas actuaciones sobre lesiones y abusos de autoridades que tiene en su haber el acusado.
Por lo expuesto, reclamó una condena de tres años de prisión y seis de inhabilitación por ?Apremios ilegales y severidades?.
Otros pedidos
Por otra parte, Sivo reclamó la remisión de los audios al expediente en el que se investiga las causales de muerte, con la intención de profundizar la investigación y que se le entreguen copias de las declaraciones de dos médicos para su presentación en el respectivo colegio profesional.
Coincidió en el pedido de formación de causa por falsedad ideológica por la pieza iniciada por autolesiones y tentativa de evasión contra Sotes; además de reclamar que se amplíe la investigación para identificar al otro oficial que produjo las vejaciones
Finalmente, exigió que se remita un oficio al Ministerio de Seguridad para que se establezcan ?protocolos mínimos de actualización adaptados a políticas democráticas en materia de suministro de medicamentos, atención psiquiátrica y utilización de las celdas de castigo?.*
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