Se presentaron dos amparos y hoy ingresará el tercero para frenar las subas
El doctor Santiago Romay, en representación de un particular, inició el lunes pasado una acción de amparo ante el Juzgado Federal de Azul para que se declaren inconstitucionales los incrementos en las tarifas de gas establecidos por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y, en forma subsidiaria, Camuzzi Gas Pampeana. El planteo se encuentra en el Ministerio Público Fiscal, que deberá resolver sobre la competencia y la trascendencia colectiva del fallo. En tanto, se estima que la medida cautelar podría salir entre el viernes y el lunes próximo.
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Por otra parte, el concejal del Frente Renovador Gustavo Ballent, patrocinando a Sebastián Romay, realizó otra presentación ayer, ante el Juzgado en lo Correccional 1 de Tandil, para pedir la suspensión de los nuevos cuadros tarifarios del servicio público de gas. El juez Carlos Alberto Pocorena podría resolver la cuestión en las próximas 48 horas.
En tanto, los concejales del FPV-PJ María Eugenia Poumé, Rogelio Iparraguirre y Darío Méndez presentarán mañana el tercer amparo ante el Juzgado Federal de Azul, que se sumará al que ya tramita a instancias del doctor Santiago Romay.
Los detalles
En diálogo con El Eco de Tandil, el doctor Santiago Romay explicó que por el artículo 52 de la Ley de Defensa al Consumidor para que este tipo de presentaciones tengan efecto colectivo las debe interponer una oficina de defensa al consumidor, el Defensor del Pueblo o el Ministerio Público Fiscal, en este caso, federal.
Indicó que a pesar de haberlo iniciado a instancias de un particular, “utilicé un fallo de la Corte que regula todos los amparos colectivos, el fallo Halabi, e hice la certificación de acción, es decir que la acción cumpla determinados requisitos para que el juez dicte una sentencia colectiva. Lo que hice fue tirarle la pelota al Ministerio Público Fiscal para que sean ellos los que decidan si corresponde o no que este fallo sea colectivo”.
La acción legal busca que “se declare la inconstitucionalidad por ilegitimidad manifiesta de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, publicadas en el boletín oficial el 1 de abril de 2016, como así también que se dejen sin efecto la Resolución Enargas I/3733 y todas las dictadas en consecuencia de ellas y que afecten los derechos del suscripto en su carácter de usuario”.
En el escrito presentado ante la Justicia Federal, el doctor Romay indicó que la medida se promueve “en tutela de los derechos del suscripto en el carácter de consumidor de un servicio público esencial como es el del transporte de gas natural por redes” y resaltó que se encuentra “claramente perjudicado por el incremento de los montos que deberá pagar en sus facturas a raíz de la aplicación de los cargos establecidos en las normas atacadas”.
Además, remarcó que en las facturas que acompañaron la presentación se observa que “el incremento del valor del metro cúbico de gas ronda alrededor del 2.125 por ciento y la diferencia con la misma factura del año pasado es del 1.592,73 por ciento, entendiendo que el aumento solo se ha aplicado respecto de la mitad del período facturado”.
Consignó que las subas afectan el derecho a la propiedad (artículo 17 de la Constitución Nacional), y los derechos a la vida y a la salud (artículos 42 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional), sumado a que Tandil es una zona fría y la época del año en que se realizaron los ajustes tarifarios.
El letrado objetó las resoluciones del Estado nacional y del ente regulador porque “poseen dos vicios que generan su ilegitimidad” y enumeró que “la primera es la irracionalidad del aumento y la segunda es el incumplimiento de la celebración de una audiencia pública en los términos del art. 46 de la Ley 24.076”.
Un incremento del 2.125 por ciento
En cuanto a la situación de la familia que impulsó el amparo, el efecto de las resoluciones ministeriales provocó efectos “exorbitantes”, con un incremento del 2.125 por ciento del valor del metro cúbico, que haría que las próximas “sean realmente impagables” dado que proyectando el consumo ascenderían a la suma de 4.600 pesos.
En ese sentido, consideró que la suba es “carente de toda razonabilidad y proporcionalidad, generando una distorsión inaceptable en la economía real de la suscripta y de todos los argentinos, máxime cuando la misma se ha realizado en fragante violación de los derechos que poseemos como consumidores”.
“No paguen la factura”
“Me da mucha bronca, porque en realidad esto lo tendría que haber hecho el Municipio”, sostuvo Santiago Romay. y aclaró que “es el mismo amparo que metió el Municipio hace dos años, que se colgaron de otro amparo de una asociación civil por dos resoluciones ministeriales que en ese momento sacó (Julio) De Vido, que eran dos disparates porque eran dos aumentos de las tarifas de gas. Es lo mismo que está pasando ahora”.
Y aclaró que para subir el gas y la luz hay que realizar una audiencia pública previamente, integrada por el ente que controla, la autoridad del Ejecutivo y un representante de Defensa al Consumidor. “Eso es indiscutido” porque surge “de la ley de desregulación del sistema de gas y del sistema de luz, que fue en la época de (Carlos) Menem. Si no se hace la audiencia pública, no se puede aumentar”, manifestó.
Además, consignó que los juzgados federales de Rawson, Bariloche y la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata -dio vuelta el fallo negativo de primera instancia- suspendieron el cobro de los incrementos. “Eso es muy importante para nosotros, porque la Cámara de alzada para el Juzgado de Azul es Mar del Plata”, evaluó.
En cuanto a las expectativas para Tandil, aseguró que “hoy, a todo el que me cruzo y me pregunta le digo que no pague la factura porque más temprano o más tarde va a salir. Nunca aseguro nada, pero el juez que tiene que fallar sobre este amparo es el doctor Martín Bava, el mismo que hace dos años sacó una medida cautelar por la misma razón” y aclaró que su escrito está basado en esa sentencia.
“Es patético esto. Son cuestiones políticas que tienen que arreglarse desde la política, no desde la Justicia, pero cuando se está perjudicando al consumidor no queda otra salida. El metro cúbico de gas de costar 22 centavos pasó a 4,70 pesos, es un aumento del 2.150 por ciento”, recalcó.
Críticas al Municipio
Santiago Romay cuestionó que tendría que haber presentado el amparo la Oficina de Defensa al Consumidor del Municipio. “Sin duda. Que lo dibujen como quieran, pero si lo hicieron hace dos años con el kirchnerismo, lo tendrían que haber hecho ahora. Si no lo hacen, es una decisión política”, lanzó.
Y rechazó el argumento de las gestiones por la recategorización a zona fría. “Me dicen que van a cambiar a la facturación patagónica: los dos primeros amparos son de Rawson y de Bariloche, es buenísima la facturación de la Patagonia entonces”, ironizó.
Para finalizar, expresó que “hay una cuestión que se llama coherencia y hay que tenerla. Si hace dos años en la misma circunstancia fáctica metieron un amparo, por qué ahora no. Si es una decisión política, que lo digan, porque la Oficina de Defensa al Consumidor no es partidaria, está para defender a todos los consumidores, sean radicales, peronistas, socialistas, lo que sea. Si hay una normativa que lesiona a los consumidores, tiene que intervenir. Para eso está”.
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