Vuelven a dictar la prisión preventiva para Daniel Lagostena
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Así lo resolvió este mediodía el juez de Garantías de Lomas de Zamora Gabriel Vitale, luego de que la semana pasada la Cámara de Apelaciones de ese departamento judicial anulara por un error técnico la prisión preventiva que Lagostena venía cumpliendo desde julio pasado.
Es que según la Sala III de la mencionada Cámara, el imputado había sido detenido e indagado por un delito -privación ilegal de la libertad seguida de muerte- y se le había dictado la prisión preventiva por otro -homicidio y aborto-.
El magistrado entendió que el error procesal fue subsanado el sábado pasado, cuando el fiscal de la causa, Gerardo Loureyro, volvió a indagar a Lagostena -que se negó a declarar-, y reiteró su pedido de prisión preventiva con la carátula correcta.
Pese a que este es una caso en el que no se halló el cadáver de la víctima, el juez Vitale volvió a dictarle a Lagostena la prisión preventiva por los delitos de "homicidio simple y aborto en concurso ideal, en el contexto de violencia familiar".
En su nueva resolución -a la que accedió Télam-, el magistrado señala que "se encuentra acreditado con el grado de certeza que esta instancia requiere, que las señales de vida de Erica Soriano se han extinguido -sin más- en circunstancias que la misma se encontraba embarazada y a solas con el imputado, en el domicilio que juntos compartían".
"Erica se encontraba en una situación de conflicto con su pareja, existiendo la cierta posibilidad de dejar el domicilio que juntos compartían, para mudarse con su hija Florencia", señala el juez.
Vitale asegura que "no se ha recabado, a lo largo de la extensa investigación, indicador alguno que permita suponer que Erica podría haber querido suprimirse de todo su entorno sin dejar rastro, aún cuando se encontraba embarazada y tenía una vida social plenamente activa".
Tal como ya lo había hecho en la prisión preventiva dictada en julio, Vitale volvió a tomar en cuenta como indicios "las características violentas" de Lagostena "con sus parejas anteriores" y los testimonios del entorno de la pareja que señalaban que el imputado era muy "celoso" y "posesivo" con Erica.
Incluso, el magistrado resalta en su resolución la declaración de dos testigos del entorno que afirmaron haber escuchado de boca de Lagostena que sospechaba que Erica le era infiel y que si lo confirmaba "la mataba".
En su resolución, el juez citó el fallo del caso Miguel Bru, el estudiante platense desaparecido en 1993 en una comisaría de La Plata, para explicar que la ausencia del cadáver no impide acreditar un homicidio.
"Esta ausencia material, no resulta primordial, pudiéndose subsanar mediante otras pruebas sean estas directas o indirectas y que lleven a su lógica demostración (…). Oponerse a ello implicaría situarse en la vereda de un tortuoso razonamiento, simplificado con lograr la desaparición del cadáver y por consiguiente alentar la impunidad", es el párrafo del fallo Bru transcripto en la resolución de hoy.
Erica Soriano (30), embarazada de dos meses y medio, fue vista por última vez el 20 de agosto pasado de 2010 y la versión de su pareja es que al día siguiente ella se fue a visitar a su madre a la localidad bonaerense de Villa Adelina, pero nunca llegó.
El fiscal Loureyro y el juez Vitale no creyeron en esa declaración y sostienen que, a pesar de que nunca apareció el cadáver, Erica fue asesinada por Lagostena (51) dentro de la casa que compartían en la calle Coronel Santiago 1433 de Lanús, por la mala relación que venían atravesando.
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