El Concejo solicitó informes sobre el proceso de apertura de un supermercado en la zona del Lago
El proyecto de comunicación fue elevado por el bloque Integrar y aprobado sobre tablas en la sesión del viernes. Respaldado en el cuadro normativo vigente, se busca conocer si se presentó estudio de impacto ambiental, entre otros aspectos.
Los concejales del bloque Integrar presentaron este viernes un pedido de informes para que el Ejecutivo brinde precisiones sobre el proceso de habilitación de un supermercado, emprendimiento ubicado en Alvear al 300, donde anteriormente funcionara una concesionaria de automóviles, en la zona del Lago del Fuerte.
Recibí las noticias en tu email
A instancias de lo propuesto por los concejales Nilda Fernández, Gustavo Ballent y Mauricio D’Alessandro, el Concejo sancionó un proyecto de comunicación por medio del cual le solicita al Ejecutivo que brinde precisiones acerca del trámite administrativo para la habilitación de este comercio de más de 500 metros cuadrados.
Entre los puntos, busca saber si el emprendimiento guarda la distancia mínima establecida en la normativa vigente y si cuenta con el estudio urbano de impacto ambiental que se exige atento a los requisitos por la zona en que se ubica.
El emprendimiento, según lo planteado por la bancada, se encuadra en la categoría supermercado según lo establece la ordenanza 11.781 que regula la actividad comercial minorista en la ciudad y por esa condición se requiere la intervención de la comisión asesora para la habilitación de supermercados.
De acuerdo a ese marco, el espacio deberá expedirse sobre la conveniencia de otorgar la habilitación solicitada teniendo en cuenta el estudio de impacto socio económico respectivo.
El pedido
El proyecto de resolución sancionado solicita al Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, tenga a bien informar “la existencia de solicitud de instalación de un supermercado en Alvear al 300”, la cantidad de superficie afectada al emprendimiento y si se presentó el estudio de impacto ambiental, tal cual lo establece en el Plan de Desarrollo Territorial aprobado por Ordenanza 9.865 por tratarse de un “uso autorizable”.
Además busca precisar si la comisión asesora para la habilitación de supermercados tomó la intervención que prevé la Ordenanza 11.810 y si la ubicación se adecúa a lo establecido en el artículo 2 bis de la Ordenanza 11.781, en cuanto a las distancias mínimas que deben observarse.
Los argumentos
Frente a la inminente apertura de un nuevo supermercado, el bloque Integrar justificó su pedido en función de una serie de conceptos y marco normativo.
En primer lugar, de acuerdo al Plan de Desarrollo Territorial (Ordenanza 9.865), planteó que “el predio de referencia se encuentra en la Zona SubCentro Corredor 29, siendo la actividad catalogada como Uso Autorizable, por lo que es necesario un estudio urbano de impacto ambiental que analice la factibilidad de la instalación de un emprendimiento de las características que se pretende constituir”.
Asimismo, citó la ordenanza 11.781 que regula el comercio minorista en la ciudad, incluyendo a los supermercados, que detalla en el artículo 2 bis (incluido por Ordenanza 13.153) un mínimo de diez cuadras de distancia respecto de la puerta principal de cada uno de los comercios”.
Y por último, pone como fundamento la Ordenanza 11.810 crea la Comisión Asesora para la Habilitación de Supermercados, que deberá emitir opinión sobre los expedientes de solicitud de habilitación de emprendimientos de entre 500 y 900 metros cuadrados, teniendo por referencia un estudio de impacto socio económico.