Capataz condenado
Un capataz de Edesur fue condenado a tres años de prisión por haber provocado la muerte de un cliente, a raíz de la acumulación de monóxido de carbono de un equipo electrógeno que le había instalado en su vivienda ante el corte del suministro eléctrico.
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El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 16 dio por hecho que el capataz cometió la “infracción al deber de cuidado” al instalar un grupo electrógeno dentro de una vivienda en un lugar “sin la adecuada ventilación”, y donde vivía un hombre de 75 años con su esposa.
El capataz fue condenado por los delitos de “homicidio culposo” y “lesiones culposas”, estas últimas a raíz de las lesiones que le provocó a la esposa del hombre de 75 años.
Durante su alegato, la pena de tres años había sido solicitada por el fiscal de juicio Fernando Fiszer, por entender que de parte de capataz se actuó con “impericia e inobservancia”.
El 10 de julio de 2013 un hombre se quejó ante Edesur por el corte del suministro eléctrico en su vivienda ubicada en el cruce de las calles Helguera y Juan Agustín García.
Para dar una solución temporal, la empresa decidió colocarle un equipo electrógeno, el cual fue instalado por el capataz dentro del garaje de la vivienda.
Pero tras varias horas en que estuvo en funcionamiento el equipo electrógeno, y en madrugada, la esposa de la víctima se despertó, e intentó levantar a su marido pero éste no reaccionó.
La mujer incluso recordó sentirse mareada ella misma, y estuvo varios meses internada con problemas graves en su salud, en tanto que su marido murió.
Según la autopsia agregada a la causa, el hombre murió por “intoxicación aguda por monóxido de carbono”. NA
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