¿Cuánto deberán abonar las personas que se ausenten sin justificativo a las elecciones?
La Cámara Nacional Electoral dio a conocer el monto de la multa para aquellas personas que se ausenten sin justificativo a las elecciones primarias nacionales (PASO) y a las generales.
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En el caso de no votar en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, que se llevarán a cabo el 11 de agosto, y no haber justificado la no emisión del voto, la multa será de 50 pesos.
En tanto, quienes no lo hagan el 27 de octubre en las generales y tampoco lo justifiquen, deberán abonar 100 pesos. Por lo tanto, quienes figuren como infractores en ambos comicios deberán pagar una multa de 150 pesos.
Mientras no regularicen su situación, pagando la multa correspondiente, los infractores pueden ejercer su derecho al voto pero no pueden realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año.
Cómo pagar la multa
Se puede abonar de dos maneras: a través del Banco de la Nación Argentina o por otros medios de pago, como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual.
En el primer caso, los infractores deberán imprimir la boleta de pago (que se descarga por Internet) y concurrir a una sucursal de la entidad bancaria para pagar en efectivo.
Si elige la otra alternativa, el infractor deberá seleccionar el medio por el cual desea abonar la multa (tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual) y seguir el procedimiento indicado en caso.
Cómo saber si se figura como infractor
A través del sitio web de la Justicia Nacional Electoral cada elector puede consultar y verificar su situación.
En cada caso, podrá constatar si se encuentra asentado como infractor y regularizar su situación o efectuar el reclamo pertinente.