La Corte Suprema rechazó el reclamo de Farmacity y desde Tandil mostraron cierta tranquilidad ante el fallo
La compañía procuraba poder abrir sus locales en el territorio bonaerense pero el máximo tribunal falló en favor de la Provincia y defendió la Ley 10.606, que prohíbe que las farmacias estén a cargo de sociedades anónimas.

La Corte Suprema de Justicia rechazó días atrás un reclamo de la cadena de farmacias Farmacity que desde hace ya algunos años procuraba poder desembarcar en la provincia de Buenos Aires y, de esta forma, la firma no podrá funcionar en el territorio bonaerense.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLuego de que se hiciera público el fallo de la Corte, la presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Tandil, Alejandra Berlarli, dialogó con el programa Cosas que Pasan, que se emite por Eco TV y Tandil FM 104.1, y destacó que esta decisión les trajo cierta tranquilidad.
En su momento, la Corte Suprema de la Provincia había rechazado el recurso presentado por la firma y, como la resolución causó disgusto, desde Farmacity apelaron a la Nación para decir que la Ley 10.606 era inconstitucional.
“Farmacity planteaba que la ley que nos rige a nosotros (10.606) era inconstitucional porque no permite que las farmacias estén a cargo de sociedades anónimas pero sí de farmacias uniprsonales, de sociedades en comandita o sociedades de responsabilidad limitada, donde los socios sean farmacéuticos”, explicó Berlari.
Aclaró que lo que hace la normativa no es más que proteger la salud de la población aludiendo que “es una ley sanitarista” ya que no se basa en una cuestión comercial sino que “vemos a la farmacia como un centro de salud primaria, y por eso es importante la figura del farmacéutico como propietario”.
En contraposición, clamó que lo que hacen empresas del estilo de Farmacity es priorizar la labor comercial y forman grandes sociedades anónimas que “atentan directamente contra esta red sanitaria que formamos las farmacias que estamos distribuidas en toda la Provincia”.