Garantías no avaló un “cambio de temperamento” y aguardará agotar las instancias recursivas
La resolución del Juzgado de Garantías 2, que encabeza la doctora Stella Maris Aracil, no hizo lugar al pedido del fiscal Unidad Funcional de lnvestigaciones Especiales del Departamento Judicial de Azul, doctor José Ignacio Calonje, quien había solicitado que quedara sin efecto la suspensión de la detención de Luciano Jaureguiber. Entre los argumentos de la denegatoria, la magistrada indicó que no están agotadas las instancias de apelación, en alusión a que la defensa podrá recurrir a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailPero además, como segundo argumento, le achacó al fiscal Calonje que había avalado su decisión del 10 de diciembre de 2021 de suspender la orden de detención de Jaureguiber decretada hasta que la denegatoria de eximición de prisión –presentada por el defensor Luciano Tumini- quedara firme.
Los argumentos
En el marco de la causa caratulada “Jaureguiber, Luciano sobre homicidio culposo –conducción de vehículo automotor agravado por la fuga o ausencia de socorro a la víctima- Artículo 84 bis párrafo 2do. (C. No 9389/21), el agente fiscal Ignacio Calonje le requirió al Juzgado de Garantías 2 que deje sin efecto la suspensión de la ejecución de la detención de Luciano Jaureguiber –medida ya dispuesta- “a fin de no desnaturalizar la esencia de la medida cautelar”.
El requerimiento lo postuló el fiscal luego de que el Tribunal de Casación de La Plata rechazara el recurso de queja de la defensa en cuanto a la eximición de prisión en favor del imputado por el accidente automovilístico que le costó la vida a Jorge Sebastián Simón, ocurrido el 5 de diciembre pasado.
“No comparto el temperamento que el señor agente fiscal, ahora, pretende se adopte, en razón que ello implicaría alzarse contra el sistema de impugnaciones ordinarias y recursos extraordinarios provincial y federal (anunciado por la Defensa a fs. 481/484); los efectos de los recursos; definición de resoluciones firmes o ejecutoriadas que han sido reglados en los artículos l, art. 3, art. 111, art. ll8, art. 431, art. 482, y art. 483 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires; y artículo 14 Ley 48; cuya observancia dentro de cada una de las instancias penales realizan en concreto las garantías constitucionales de presunción de inocencia, defensa en juicio, y debido proceso (artículo 18 CN) posibilitando el dictado de la resolución que otorgue firmeza al rechazo de la eximición de prisión de Jaureguiber”, expuso la jueza de Garantías como primer fundamento.
Pero además, consignó que del expediente “surge que el l0 de diciembre de 2021, textualmente de resolvió: ‘...suspender la ejecución de la orden de detención de Luciano Jaureguiber decretada, hasta que la denegatoria de eximición de prisión se encuentre firme (artículo 111 Código de Procedimiento Penal). Ello, por el efecto suspensivo de los recursos posibles (art. 1l8 y art. 431 CPP - TCP de Buenos Aires causa nro. 81.824)...’” y consignó que “esta resolución que fue impugnada por el defensor, doctor Luciano Tumini, sin embargo fue consentida por el agente fiscal”.
En tanto, agregó que en esa instancia, a “expreso pedido” del doctor Calonje y “mientras la resolución de rechazo de eximición de prisión adquiriera firmeza, requirió se lo someta a Jaureguiber a nuevas obligaciones mientras permanece en libertad”.
En ese último aspecto vinculado a los posibles riesgos procesales por fuga del procesado, enumeró que además del impedimento de salir del país, se determinó “la prohibición de ausentarse de su domicilio por más de 24 horas sin avisar al Juzgado y concurrir al Juzgado de Garantías semanalmente para ratificar domicilio”.
En conclusión, la doctora Aracil expuso que “por el consentimiento dado, y las citas de derecho no es procedente el cambio de temperamento adoptado el l0 de diciembre de 2021 de esperar la firmeza de la resolución que rechaza la eximición de prisión, como lo requiere el señor agente fiscal, doctor José Ignacio Calonje”.
El doctor Argeri apeló ante la Cámara de Azul
Conocida la resolución en rechazo de la ejecución de la prisión preventiva del exdirector municipal Luciano Jaureguiber, desde el estudio de los doctores Argeri confirmaron que se interpuso un recurso de apelación ante la Cámara Departamental de Azul con el objetivo de poner en crisis la última decisión de la jueza Stella Maris Aracil.
De este modo, se inició otro derrotero en el tren de los recursos a resolver por los organismos judiciales de alzada y es de esperar que, en las próximas horas, el fiscal Ignacio Calonje adopte una actitud similar que el particular damnificado que representa a la familia Simón.
Ahora volverán a correr los tiempos de la Justicia, siempre con el antecedente del aval que la Cámara de Apelaciones de Azul le había dado a la detención ordenada por la doctora Stella Maris Aracil el 10 de diciembre pasado –suspendida frente al simultáneo pedido defensista de la eximición de prisión-, medida que permanece demorada hasta que la defensa agote totalmente las instancias que pudieran revertirla.