Monotributo 2026: cómo realizar el trámite de recategorización antes del vencimiento
Los contribuyentes tienen tiempo hasta el próximo 5 de agosto para evaluar su situación fiscal ante el incremento semestral del 16,8% en las escalas y cuotas.
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Tras conocerse el dato de inflación de junio, se confirmó un incremento semestral del 16,8% en el Monotributo. Esta actualización impactará directamente en las escalas, categorías y los montos de las cuotas que deben abonar los contribuyentes a partir del 1 de agosto.
Cada seis meses, los inscriptos en este régimen simplificado tienen la obligación de analizar diversos parámetros de su actividad económica. Entre ellos, deben considerar los ingresos brutos, los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía eléctrica registrados durante los últimos 12 meses. Este análisis permite determinar si corresponde realizar un cambio de categoría, ya sea hacia arriba o hacia abajo, dependiendo de si los ingresos superan o quedan por debajo de los nuevos valores establecidos.
El trámite, que se realiza dos veces al año, tiene como fecha límite de vencimiento el próximo miércoles 5 de agosto. Es importante destacar que aquellos contribuyentes que mantengan los mismos valores del semestre anterior, o que aún no hayan cumplido seis meses desde el inicio de sus actividades, no deben realizar la recategorización, aunque sí comenzarán a pagar sus cuotas con el aumento vigente desde agosto.
Cómo hacer la recategorización de julio
Para efectuar el proceso, el contribuyente debe ingresar con su clave fiscal al portal Monotributo. Existe una opción denominada recategorización simplificada, mediante la cual el sistema muestra automáticamente la facturación anual al iniciar el trámite, facilitando así la gestión.
Paso a paso:
- Acceder al Portal Monotributo y presionar el botón "ingresar al portal con clave fiscal". Ingresar el CUIT y la clave fiscal.
- Una vez dentro del Portal, ingresar a la opción "Recategorización" presionando sobre el botón "recategorizarme".
- El sistema va a mostrar la categoría actual y los topes de cada parámetro de esa categoría. ARCA sugiere revisar las categorías vigentes antes de seguir con el trámite, para estar seguro de cuál es la categoría que corresponde. Para eso hay que hacer clic en el botón "escalas vigentes".
- Para recategorizarse, hay que presionar el botón "continuar recategorización".
- A continuación, se debe informar el monto facturado en los últimos 12 meses. El sistema preguntará si el contribuyente tiene o usa un local para el desarrollo de tu actividad, hay que seleccionar la opción que corresponda. Si es "no", hay que hacer clic en "continuar". Si la respuesta es "sí" hay que presionar ese botón y cargar la información correspondiente al establecimiento y luego presionar "continuar".
- Luego, el sistema preguntará si el contribuyente desarrolla su actividad en una provincia adherida al Monotributo Unificado. Si no es el caso del contribuyente, no se informará sobre el componente integrado correspondiente a ingresos brutos o contribuciones municipales. Si no se realizan actividades en otra provincia, hay que seleccionar "no" y luego, "siguiente". Si por el contrario, se realizan actividades en más de una provincia, hay que seleccionar "sí" y el sistema informará que hay que inscribirse en el convenio multilateral y que el contribuyente encontrará más información cuando finalice el trámite. Luego, hacer clic en "siguiente".
- En el último paso, el sistema muestra la categoría que le corresponde a la persona de acuerdo a los datos que aportó. Si los datos no son correctos, hay que presionar el botón "volver" para corregir los errores. Si los datos están bien, hay que hacer clic en "confirmar categoría".
- A continuación, el sistema informará que la transacción se realizó correctamente y el contribuyente podrá imprimir la nueva credencial de pago. El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, es decir, en agosto.
Por otro lado, el organismo ARCA tiene la facultad de realizar una recategorización de oficio cuando detecta inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, tales como compras, gastos o acreditaciones bancarias que superen los ingresos permitidos. En estos casos, la entidad notifica la decisión a través del domicilio fiscal electrónico. Si el contribuyente no está de acuerdo con la medida, tiene la posibilidad de presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, siempre dentro de los plazos previstos por la normativa vigente. En caso de no realizar ninguna acción, el sistema asume que no hubo cambios y el contribuyente permanece en la misma categoría.
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