A pesar de la resistencia defensista, el fiscal pidió prisión para los tres policías acusados de abuso sexual

Ayer se reanudó el debate oral y público en el TOC 1 donde se juzga la responsabilidad penal de tres oficiales de la policía acusados de vejaciones y abusos sexuales contra dos mujeres que ejercían la prostitución en un privado de calle Lobería al 1600, hechos ocurridos entre la noche del 31 y madrugada del 1 de noviembre de 2011.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailCulminada la presentación de prueba, fue el tiempo de los alegatos, en los que el ministerio público fiscal, independientemente de los avatares ocurridos en pleno debate (el desistimiento de una de las víctimas de instar la acción penal), mantuvo la acusación y ratificó el pedido de condena, solicitando que el trío de policías (Mauro Roberto Rimoldi, Néstor Jorge Moller y María Julia Nazer) sean sentenciados a 10 años de prisión.
Las defensas, en tanto, bregaron por las respectivas absoluciones, planteando subsidiariamente que de haber un veredicto condenatorio se opte por el mínimo de la escala penal que reza en el Código.
Los jueces Gustavo Echevarría, Guillermo Arecha y Pablo Galli, siguieron atentamente las intervenciones de los actores judiciales que iniciaron su labor puntualmente a las 9 y culminaron a las 13, poniendo fin al debate ventilado para fijar fecha de veredicto el próximo miércoles al mediodía.
Lo propio hicieron los tres expolicías, quienes como a lo largo de las tres audiencias se mostraron con gestos adustos, sin estridencias, respirando cierta resignación por el presente que les tocaba transitar y por lo cual ya habían recibido sanción disciplinaria (fueron cesanteados). Empero ahora lo que estaba –está- en juego es su libertad, habida cuenta de la fuerte condena que peticionó el fiscal Marcos Eguzquiza.
Acusación
Puntualmente a las 9, entonces, el agente fiscal se tomaría su tiempo para desandar su alegato cuya matriz no varió a lo que oportunamente planteó en la requisitoria a juicio y los lineamientos primeros del debate, aunque sí tuvo que dedicarle algunos párrafos a la particular circunstancia vivida en la sala, cuando una de las presentadas como víctimas afirmó frente a los jueces que no pretendía instar la acción penal frente al delito de instancia privada como era el abuso sufrido de parte de los policías.
Al decir de Eguzquiza, las pretensiones defensistas planteando la nulidad del proceso por la postura asumida por una de las víctimas no conmovían la acusación, considerando extemporánea la resistencia en cuestión. Allí el fiscal insistiría con el consentimiento implícito que brindó la mujer cuando una vez iniciada la instrucción colaboró en el secuestro de cosas en el allanamiento del departamento en el que funcionaba el privado y sucedió aquel escabroso episodio, como también voluntariamente se sometió a revisaciones médicas, la práctica de los hisopados y extracción de sangre. Diligencias que permitieron esclarecer (entre otro material probatorio) la identidad de al menos los tres uniformados que ahora estaban sentados en el banquillo de los acusados.
También recurriendo a la extemporaneidad, se adelantaría a la estrategia de los defensores respecto a los cuestionamientos por los peritajes realizados que permitieron identificar a los dos hombres policías (el cotejo del material genético extraído en los preservativos). Sobre el planteo, el fiscal se tomó de veredictos del propio Tribunal local que expuso que dichas objeciones eran fuera de término ante el estadío del proceso en cuestión (en pleno juicio).
Asimismo, Eguzquiza subrayó la importancia del aporte de los registros de ABL, que permitieron ubicar en tiempo y espacio los patrulleros en que se movilizaban los acusados, quedando en claro que estaban en dicha zona donde sucedió la noche de consumo de alcohol, droga y sexo.
El ministerio público le dio total credibilidad a la víctima K, la otra mujer que sí aceptó instar la acción penal contra aquellos que habían abusado de ella como de su compañera. Sobre la mujer, el fiscal aclaró sobre el abuso que denunció recién ahora en el juicio, argumentando que debía tenerse en cuenta el miedo que padeció desde iniciada la causa, siendo que se trataba de una mujer que ejercía la prostitución y tenía que denunciar nada más y nada menos que a policías.
Para darle mayor credibilidad a la versión y postura de la víctima testigo, se recordó lo expuesto por algunos vecinos que obran en el expediente, quienes dijeron escuchar despotricar a la mujer cuando vino la policía una vez terminada aquella noche escandalosa. “A qué vienen ahora si se la cog…toda la noche”, exclamó contra los policías que habían acudido tras el llamado del vecindario por la pelea entre ella y su compañera N.
Tras detallar pormenorizadamente sobre la prueba que pesaba sobre los tres policías, el fiscal pidió una pena ejemplar dado que no solo afectaron al par de víctimas sino también a la institución policial cuya credibilidad está en crisis ante la gente.
A la hora de cuantificar la pena, Eguzquiza exigió la condena de 10 años prisión y que una vez sentenciados con dicha sanción penal queden inmediatamente detenidos.
Cabe consignar que los tres acusados estuvieron todo el proceso y arribaron al debate en libertad. De no compartir la teoría esgrimida, pidió al Tribunal que se los sancione por el delito de vejaciones, contemplando la pena máxima que alude el Código (seis años).
Cortar el hilo por lo más delgado
Al turno de las defensas, iniciaría los alegatos el defensor oficial Diego Araujo en representación de los intereses de Rimoldi.
Con meticulosa argumentación, el letrado insistiría en las nulidades oportunamente manifestadas, entendiendo especialmente que el Tribunal no podía expedirse sobre el abuso cuando la víctima no instó la denuncia.
A la vez, apeló a la prescripción del delito enrostrado del incumplimiento de los deberes de funcionario público, figura penal que ya había prescripto por el paso del tiempo transcurrido desde iniciada la causa (se prevé una eventual condena de 2 años). Sobre el punto, el propio fiscal coincidiría en la observación, por lo que también había desistido de acusarlos de dicha figura.
“Si le queremos dar relevancia a la tutela de la víctima no se puede arremeter en una investigación que la misma no quiere propiciar”, señaló Araujo a la vez de citar textualmente expresiones de la propia testigo cuando al desistir de instar la acción penal aludió a “mi derecho como mujer”.
“Esto es de nulidad absoluta”, enfatizó el defensor, reiterando que las mujeres no acudieron espontáneamente a la Justicia a hacer la denuncia por el abuso, y que tampoco fue ratificado en ninguna instancia de la pesquisa que demandó cuatro años.
Sobre las vejaciones, definió que se corresponde a un acto de humillación, degradación de una persona, aspectos que a su entender no se correspondían con lo que había ocurrido con las dos mujeres.
“Se ha cortado el hilo por lo más delgado”, no dejó de subrayar Araujo respecto a que la imputación recayó sobre policías de menor rango cuando al decir de la propia instrucción y testigos víctimas, habrían concurrido más policías, ergo habría más responsabilidades de mayor jerarquía, sin descartar que podía incluso llegar hasta los máximos jefes policiales de aquel entonces, por lo que no debía achacarle estos delitos a su asistido procesal que en todo caso era un subordinado a los jefes.
Al respecto vale destacar que también el fiscal en su alegato solicitó a los jueces que le dieran traslado de las actuaciones para seguir investigando otras posibles complicidades policíacas en el escándalo del 1 de noviembre de 2011.
Por último, Araujo criticó el pedido de detención en caso de ser condenados, ya que su pupilo siempre estuvo a derecho y nunca obstruyó la labor judicial ni hubo riesgo de fuga para con un delito endilgado desde el vamos.
Rodrigo López Santoro, Eduardo Carbonetti y Juan Pablo Bertucci, más luego, coincidirían genéricamente con lo que había expuesto el defensor oficial y, en tren de no extender las exposiciones se limitaron sí a dar sus impresiones y objeciones en torno a la causa como las víctimas en lo que atendía al interés de sus representados.
Especialmente Carbonetti y Bertucci arremetieron contra el testimonio de K, considerándola mendaz y fabuladora, siendo que tras nunca aludir a que había sido abusada terminó poniéndose como víctima ahora en el juicio, sorprendiendo a propios y extraños. La embestida no era caprichosa, precisamente su pupilo Muller, resulta el que más complicado está frente al abuso que sí denunció K.
Sobre las pruebas que pesan en su contra, pusieron en duda la seguridad en la cadena de custodia de los elementos secuestrados en el allanamiento, como también buscaron poner a Muller fuera de la escena del escándalo, señalando el registro de ABL en el que muestra –al decir de los defensores- que el móvil que él conducía estuvo en constante movimiento por la zona aquella noche y madrugada, movimientos a los que no coincide según el registro que tuvo en cuenta el fiscal.
Los defensores, entonces, con sus armas y capacidades argumentativas, buscaron poner en crisis el caudal probatorio que el fiscal logró ratificar en el debate. Serán los jueces ahora quienes tendrán la palabra y el poder de decisión para resolver por cuál hipótesis se inclinan a través de su sincera convicción. De ella dependerá la suerte procesal de los tres policías que tras recibir una sanción disciplinaria de la propia fuerza, ahora aguardan por el eventual castigo penal.
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Más de 142 años escribiendo la historia de TandilEste contenido no está abierto a comentarios