Absolvieron a un detenido por el robo a un mercado e investigarán al denunciante
El Tribunal en lo Criminal local absolvió a un hombre que había sido acusado del robo a un mercado ubicado en Aeronáutica Argentina y Argerich y en su lugar decidió que se investigue por falso testimonio agravado al denunciante, en la presunción de que forzó su declaración.
Así lo dispusieron los jueces Agustín Echevarría, Guillermo Arecha y Pablo Galli, en un juicio llevado adelante en los últimos días contra José Luis Avila, por ?robo agravado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada?, y en el que el martes pasado se difundió la sentencia.
De las audiencias surgió también que el denunciante señaló al acusado en una ronda de reconocimiento porque la policía previamente le había mostrado una fotografía con su rostro. Sin embargo, en su fallo, no se dispuso ningún tipo de investigación sobre ese hecho ni el accionar de los efectivos de la seccional tercera que intervinieron.
En su fallo, al que accedió El Eco de Tandil, el Tribunal consideró probada la presunción del defensor oficial, Carlos Kolbl, sobre la falsa denuncia que se le atribuyó al único testigo que reconoció a Avila, el carnicero Omar Manuel Molleker.
Molleker se desempeñaba como carnicero en el mercado Los Peques, cuando a las 20.30 del 2 de mayo de 2009 se denunció que un hombre había robado cerca de 2 mil pesos en efectivo, con su rostro oculto con una media en la cabeza.
Según se desprende de las actuaciones, cuando al día siguiente del robo Avila concurrió al lugar a realizar una compra, Molleker lo había señalado como el autor del robo y la policía dispuso su detención.
Sin embargo, en el fallo, los jueces reconocieron, al declarar Molleker en el juicio, ?las expresiones respecto al señalamiento del autor fueron contradictorias con las vertidas en la investigación preliminar? o ?en el transcurrir de su relato?.
Fue en ese momento en el que el defensor de Avila anunció que se emitiría una copia de esa declaración al fiscal en turno, por considerar que Molleker podría haber incurrido en ?falso testimonio agravado?, una figura que tiene una pena de hasta 10 años de prisión.
?El testigo se desdijo de todo lo dicho en la instrucción y la inconsistencia de sus expresiones quedó reflejada con el transcurrir de su cambiante declaración?, consideraron los jueces.
Y dieron pie a otro hecho de gravedad, al señalar que ?expresó que el reconocimiento en fila de personas lo había realizado positivamente a partir de que la policía le exhibiera una fotografía individual del imputado, oportunidad en la cual le aseveraron que era el autor del hecho, conclusión a la que habían llegado los funcionarios policiales?.
?Otra prueba de lo poco confiable que resultó la declaración de Molleker al señalar a Avila como autor, es que dijo que en la diligencia de reconocimiento en rueda de personas tenía presente que lo reconoció, porque la policía antes le había mostrado una foto de él, exhibición que hicieron después de un allanamiento indicándole que era el autor del hecho?, añadieron los jueces.
Sin embargo, en el fallo, nada se dispuso sobre la posible investigación del personal de la Comisaría Tercera que realizó la instrucción del caso.*
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