Absuelven a un acusado de violación por la falta de una firma y un sello
La medida, según trascendió hoy, fue adoptada por el Tribunal de Casación el lunes último, confirmando de esa manera un fallo de marzo del año pasado, dictado por el Tribunal Oral Criminal N° 7 de San Isidro.
Precisamente el 6 de marzo de 2009, ese Tribunal, integrado por los jueces Mónica Tisato, María Coelho y Eduardo Lavenia, en una resolución unánime, había absuelto al acusado de la violación de una joven de 20 años por el “beneficio de la duda”.
Ahora, la Sala III del Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó el planteo de la fiscalía y dejó firme el fallo de los jueces de San Isidro, según señaló un matutino porteño.
“La sentencia exhibió un adecuado razonamiento a través del cual se llegó al proceso decisional. En el caso que nos ocupó se entrelazaron dos extremos que, en definitiva, resultaron definitorios para dilucidar cómo ocurrieron los hechos. Tanto se advirtió una insuficiencia probatoria, como así también la existencia de pruebas de descargo”, sostuvo el camarista Daniel Carral, según lo señalado por el diario.
La familia de la víctima había denunciado la violación a fines de junio de 2007.
La investigación de la violación, ocurrida en una casa de El Talar de Pacheco, estuvo a cargo de la fiscal María del Carmen Gigante, quien a partir de las declaraciones de la víctima, de su madre y de otras dos mujeres acusó de abuso sexual a un vecino de la muchacha, que sufría un retraso madurativo.
Luego de tomarle declaración a la víctima y a la familia, la fiscal solicitó al juez de Garantías Rafael Sal Lari la detención del sospechoso.
El acusado estuvo detenido cuatro meses, pero la prisión preventiva fue revocada por la Cámara de Apelaciones de San Isidro.
“No existe una prueba científica que permita sostener la relación sexual entre la víctima y el acusado. Adviértase que la propia víctima mencionó un hisopo grande. La fiscalía encargada de la investigación no procuró agregar el resultado del hisopado y, una vez más, por su ineficacia se carece de la certeza necesaria para endilgar en cabeza del acusado la supuesta autoría del hecho que se le imputa”, sostuvo el juez Lavenia en los fundamentos del fallo que absolvió al acusado.
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