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AFIP: exenciones al impuesto al cheque
La AFIP estableció el mecanismo para que las administradoras de sistemas de cobro por código QR y las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos, accedan a la exención del impuesto sobre Débitos y Créditos.
La Resolución General Nº 5111, publicada este lunes en el Boletín Oficial, instrumentó los beneficios previstos en el Decreto 796/2021 para Transferencias 3.0.
La Resolución General determina que las empresas de sistemas de cobro serán quienes retengan y liquiden el porcentaje de IVA y el Impuesto a las Ganancias por las operaciones con medios electrónicos de pago.
Ese Decreto equiparó el tratamiento fiscal aplicable a los Prestadores de Servicios de Pago y a las Entidades Financieras regidas por la Ley N° 21.526, cuando actúen como agentes de liquidación y retención de tributos nacionales, provinciales, municipales y del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, estableció exenciones aplicables respecto de las cuentas utilizadas en forma exclusiva en la administración del servicio de pagos de bienes y servicios cuyos destinatarios sean consumidores finales, como así también de los créditos y débitos de las cuentas utilizadas por los participantes de esquemas de pago de transferencias electrónicas de fondos.
Fuente: Ámbito