Alak, sobre el desalojo en Flores: “La competencia es de la Justicia de la Ciudad”
“Es la Justicia Contravencional, Penal y de Faltas de la ciudad de Buenos Aires la que tiene competencia para actuar en Parque Avellaneda, porque los delitos penales, como son la ocupación de tierras, fueron transferidos por el Congreso de la Nación a la ciudad el 28 de febrero del 2008”, explicó Alak a Télam.
Agregó que siempre en caso de delito penal tiene competencia el juez y fiscal natural que, en el caso de la usurpación de viviendas en Parque Avellaneda, “es la Ciudad”.
Alak explicó que por el mismo motivo por el que la Justicia de la Ciudad es la que tiene que actuar en delitos penales dentro de su jurisdicción, “es la Policía Metropolitana la que tiene que materializar las órdenes” que surjan de esos Tribunales.
“Siendo la usurpación materia de competencia de los tribunales de la ciudad, es la Policía Metropolitana la que tiene que materializar las órdenes judiciales que de ella emanen”, puntualizó el funcionario.
Incluso, fuentes oficiales confiaron a Télam que el ministerio de Seguridad de la Nación presentó hoy un escrito diciendo que la competencia no es de la Justicia Federal, sino de los Tribunales de la Ciudad.
El juez federal de Quilmes, Luis Armella, dio una orden de desalojo que alcanza a un predio de 204 viviendas sociales que fue usurpado este fin de semana por centenares de personas que reclaman una vivienda en la ciudad de Buenos Aires.
El juez Armella dio plazo hasta mañana, viernes, para que las personas que usurparon el predio se retiren del lugar.
El gobierno aspira a que el problema se resuelva “con participación de asistentes sociales del gobierno de la ciudad y no a través de la policía”, según revelaron a Télam fuentes oficiales.
Si bien se escucharon voces que relacionaban el caso de Parque Avellaneda con el llamado fallo Mendoza, el ministro Alak explicó que “nada tiene que ver” uno con otro.
En el fallo Mendoza, la Corte Suprema de Justicia otorgó a la Justicia Federal la competencia para el desalojo de viviendas levantadas a orillas del Riachuelo.
Según explicó, en el fallo Mendoza “se trataba de una ocupación pacífica de tierras que no pertenecían a terceros, en cambio en el caso de Parque Avellaneda es una usurpación violenta de tierras que pertenecen a la ciudad de Buenos Aires”.
“En el caso del fallo Mendoza la competencia es de índole civil, en tanto que en el caso del Parque Avellaneda es de tipo penal”, subrayó el ministro.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailMás de 143 años escribiendo la historia de Tandil
Este contenido no está abierto a comentarios