Cartas de lectores
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El verdadero autoritarismo, la mentira e irresponsabilidad institucional
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Señor Director:
Desde la Corriente Peronista Descamisados Tandil nos plantamos ante el avasallamiento de las instituciones constitucionales que está llevando adelante el frente electoral “Cambiemos” por medio del ing. Macri, el cual se ha negado a llamar a sesiones extraordinarias al Congreso Nacional, para simplemente intentar gobernar mediante Decretos de Necesidad de Urgencia (DNU), abrogándose una potestad que le pertenece al Poder Legislativo y clausurando virtualmente al Congreso Nacional Argentino.
El actual titular del Poder Ejecutivo emitió en el plazo de 48 horas 29 DNU, los cuales no poseen una verdadera necesidad ni urgencia, si no que tan sólo poseen la necesidad de evitar el control legislativo, con el objetivo de dejar sin efecto normas aprobadas en el Congreso durante la última década.
Estos decretos son sólo necesarios y urgentes para poder llevar adelante los negocios de unos pocos dueños del poder comunicacional en nuestro país. Es el caso del Decreto 13/15, en donde se pretende pasar a la órbita de un nuevo Ministerio de Comunicación, a dos organismos descentralizados y autárquicos, como lo son el Afsca y el Aftic; la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) creado a partir del artículo 10 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en 2009 y reglamentada en el año 2010 (Ley de Medios, que fuera votada por amplia mayoría por el Congreso de la Nación), y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic) creado por la Ley 27.078 “Argentina Digital” aprobada por el Congreso de la Nación en diciembre de 2014, cuya finalidad es la de proteger la comunicación audiovisual y las tecnologías de la información y las comunicaciones; siendo imprescindible para una correcta función de las mismas, la independencia del poder político de turno, como así también de los poderes concentrados de la economía, razón por la cual los legisladores entendieron que las mismas debían ser descentralizadas y autárquicas.
Podemos entender (según el perfil ideológico, negado pero evidente) que acompaña al actual titular del Poder Ejecutivo, un natural rechazo a las regulaciones en servicios de comunicaciones audiovisuales y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en favor de quienes sostuvieron su campaña presidencial desde lo mediático; lo que no se puede permitir es que omita maliciosamente la jerarquía constitucional que poseen las leyes que crean al Afsca y Aftic; intentando mediante un DNU aniquilar los referidos organismos, introduciéndolos bajo la órbita de un ministerio, el cual posee en muchos casos las mismas facultades que originariamente poseen los organismos que absorbió, no sólo aniquilando la autarquía y descentralización de los mismos, sino que además los despoja de facultades que por leyes nacionales le son propias.
No nos sorprende la visión filosófica que posee el actual titular del Poder Ejecutivo respecto de los servicios de comunicaciones audiovisuales y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, ni tampoco nos sorprende el profundo desprecio que la fuerza política que representa el Ing. Macri posee por las instituciones constitucionales; el cual con clara malicia no llamó a sesiones extraordinarias del Congreso Nacional, dado que ha decidido dar sus primeros pasos a la cabeza del Poder Ejecutivo (sin buscar consenso democrático), buscando esquivar el inmediato control del Poder Legislativo y desnaturalizando mediante un DNU dos instituciones creadas por leyes nacionales.
Otra muestra del real desprecio por las instituciones democráticas y las formas republicanas de gobierno está dada por la reciente designación de dos jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión y por DNU sin acuerdo del Senado, omitiendo el cumplimiento del Decreto 222/03 y el Art. 99 de la Constitución Nacional Atributos del Poder Ejecutivo Inc. 4 (nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto.); utilizando o mejor dicho abusando del Art. 99 Inc. 19 (puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura.); tirando a la basura directamente la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en tal aspecto, incluso pudiendo generar responsabilidad internacional.
A la luz de los primeros pasos de este nuevo Gobierno, claramente podemos ver que en lugar de la mentada “mayor calidad institucionalidad” y “respeto republicano” que se prometiera en campaña; se ha decidido en tan sólo 48 horas gobernar avasallando los más básicos principios republicanos, la división de poderes, recurriendo a prácticas que no están en sintonía con la calidad democrática de estos últimos 30 años de historia argentina, acentuando un hiperpresidencialismo ya desacerbado; demostrando de esta forma una gran irresponsabilidad institucional que indefectiblemente ha producido un daño irreparable en nuestra aún joven democracia.
“Para conocer al rengo hay que verlo caminar”, nos decía el General Perón, a este “rengo” le bastaron poco más de 48 horas para demostrar su verdadera naturaleza.
Bajo el lema “Cambiemos”, los dueños del poder económico ahora también son quienes dirigen el poder político, lo que se dice un país atendido por sus dueños.
Corriente Peronista Descamisados Tandil
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Malvinas: a 50 años de la Resolución 2065 de las Naciones Unidas
Señor Director:
El 3 de enero de 1833, el Reino Unido llevó adelante la verdadera invasión de las islas Malvinas, desalojando por la fuerza, en un acto totalmente ilegítimo, a la población argentina que allí se encontraba.
El gobierno de Buenos Aires ya había enarbolado la Bandera Nacional en 1820 y, con posterioridad, designó a las autoridades que lo representaban en Puerto Luis, a través de la figura del gobernador Luis Vernet.
A partir de la mencionada usurpación de 1833, la presencia argentina fue reemplazada por actos de colonización promovidos desde Gran Bretaña, situación que se mantiene hasta el día de hoy. Nuestro país reclamó la devolución de las islas insistentemente desde entonces, sin recibir ningún guiño favorable por parte de la potencia extranjera invasora del territorio nacional.
La creación de las Naciones Unidas luego de la Segunda Guerra Mundial, dio lugar al proceso de descolonización de gran parte del mundo. Fue por ello que en 1964, durante el gobierno del presidente Arturo Illia, y aprovechando el momento alcanzado por ese proceso de descolonización, se decidió intentar modificar la situación de inmovilidad en que la disputa se encontraba desde aquel lejano 1833. Eran los tiempos en que la acción para transformar en estados independientes a los territorios sometidos al régimen colonial (en su mayor parte de Africa y Asia) vivía su período más dinámico.
El instrumento que se constituyó en motor del imparable proceso fue la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en diciembre de 1960 y tanto su espíritu como sus términos inspiraron a la diplomacia argentina a ensayar un enfoque novedoso para la reclamación sobre las islas Malvinas.
De allí surge, con posterioridad, la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General, del 16 de diciembre de 1965, piedra fundamental de una nueva estrategia para la recuperación por la vía pacífica de las islas Malvinas. El Reino Unido que se había negado, con su inmenso poder, durante más de 130 años, a dialogar con la Argentina sobre ellas, se sintió obligado, por la decisión de la comunidad internacional, a negociar. La 2065, por la que las Naciones Unidas reconocen la existencia de una disputa de soberanía entre las partes, fue el punto de no retorno muy costoso para la diplomacia británica.
Para David Thomas, ex subsecretario adjunto para las Américas del Foreing Office (1984-1986), la Argentina, por la Resolución 2065, “logró que esa relativamente oscura disputa bilateral, adquiriese una dimensión internacional que estableció la base para las primeras conversaciones serias en una materia que hasta entonces, era considerada no negociable por Gran Bretaña” (García del Solar, 1995:159).
La aprobación de la resolución significó un momento muy emocionante para la Misión Permanente Argentina que había dedicado, durante un año y medio, sus mayores esfuerzos a la negociación. Participaron de esa misión durante el gobierno de Arturo Illia, los diplomáticos Juan Carlos Giménez Melo, Roberto Dalton, Raúl Quijano, Juan Carlos Beltramino, Florencio Méndez Casariego, Carlos Goñí Demarchi, Rafael Gowland, Bonifacio del Carril, Lucio García del Solar y el canciller Miguel Angel Zavala Ortiz.
La resolución reconoce en primer lugar la existencia de una disputa territorial en torno a las islas Malvinas entre la Argentina y el Reino Unido, cuya solución debe lograrse por medios pacíficos. En segundo lugar establece que el conflicto es estrictamente bilateral, es decir, entre las partes mencionadas, no dando lugar a la posibilidad de que los isleños formen parte de la mesa de negociaciones como lo pretende Gran Bretaña. Finalmente, el documento reconoce que se deben tener en cuenta los intereses de los isleños sostenidos por nuestro país y no los deseos de los mismos, como lo exige el Reino Unido. Los intereses significan considerar las condiciones de vida de la población de las islas, mientras que los deseos hacen referencia a la autodeterminación isleña. La Asamblea General aceptó, aquel 16 de diciembre, por 87 votos a favor, 13 abstenciones y ninguno en contra, la posición argentina respecto al tema en discusión.
Desde entonces la Argentina nunca ha dejado de reclamar al Reino Unido sentarse a negociar sobre la base de la Resolución 2065. Nunca lo ha hecho y esperemos que nunca deje de hacerlo.
Prof. Oscar Mastropierro, Prof. Javier Luchetti, Prof. Daniel Argemi, Prof. Marcelo Troncoso. Docentes de la Facultad de Ciencias Humanas (Unicén) y del ISFD Nro. 10 (Tandil). Miembros de la Red Federal de Estudios sobre Malvinas (ReFEM 2065)
Ser guardavidas
Señor Director:
Desde nuestra perspectiva, un guardavidas no se lo tiene que ver como una simple persona del entorno social, sino que el mismo es un profesional capacitado en la prevención y en los conocimientos técnicos psicomotrices preparado para asegurar que las personas realicen cualquier actividad sin correr ningún tipo de riesgo.
Te preguntaste alguna vez ¿Cómo llegar a ser guardavidas?, en base a nuestra experiencia como aspirante de la escuela CEF 32 Ayacucho, podemos decir que esto se logra a partir de la voluntad y la constancia de cada uno, superando las diferentes pruebas que el curso exige.
Al inicio del curso se hace una prueba niveladora y excluyente en la cual consiste en diferentes pruebas de aptitud física. El curso dura un año de abril a abril del siguiente año, es muy intensivo tanto en la práctica como en la teoría, se dictan dos días a la semana (viernes y sábado) dando la posibilidad a todos los alumnos a realizarlo sin perder la actividad tanto laboral como de estudio.
El nivel del curso es muy bueno y requiere entrenamiento en la semana ya que como dijimos antes tiene una alta exigencia física.
¿Cómo se insertan en el ámbito laboral?
La ventaja de esta curso es que permite a los estudiantes una experiencia en lo que es la parte de playa y natatorio. Esto se realiza una vez que el alumno tenga todas las pruebas al día, posibilitando las prácticas en temporada de alta concurrencia turística en playas. Para desempeñarse como guardavidas debe cumplir con los siguientes requisitos según el decreto 27:
Ser mayor de 18 años.
Tener libreta de guardavidas.
Tener la prueba de suficiencia física.
No presentar sanciones municipales y provinciales.
Tener aprobado el examen médico.
¿En todo ámbito acuático, es necesaria la presencia del guardavida?
Si, en cualquier lugar donde haya actividades acuáticas debe haber un guardavida presente desde el inicio hasta el cierre de la actividad.
En conclusión podemos decir que un guardavida tiene que estar preparado para trabajar en los diferentes ámbitos, con la mayor responsabilidad y compromiso. Contando con técnicas de rescate, salvamento, y conocimientos avanzados de primeros auxilios. Por lo tanto debe exigir elementos de seguridad y tener la constancia necesaria para entrenar y seguir especializándose ya que de este trabajo depende la seguridad y la vida de las personas.
Rivas, Safita, Scarnato, Vaccaro (Alumnos de la escuela de guardavidas de Ayacucho CEF 32)
Más de 143 años escribiendo la historia de Tandil
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