Casación confirmó la sentencia contra contador por defraudación
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La semana pasada, desde el fuero penal se confió que Casación ratificó el fallo en primera instancia tras el juicio oral y público en el que se debatió la responsabilidad penal de un contador por una presunta defraudación para con la empresa en la que trabajaba. Tras varias audiencias de lo que deparó el debate, el Tribunal Criminal emitió un fallo condenatorio.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailComo oportunamente se informó, el acusado, Fernando Horacio González Guerra, recibió la pena de dos años y seis meses de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por cinco años para ejercer como contador público, por resultar autor penalmente responsable del delito de “Defraudación por abuso de confianza”, por los hechos cometidos entre los años 1999 y 2005, en perjuicio de la empresa Tandilta SRL.
En el fallo, el juez Guillermo Arecha también lo absolvió al profesional del delito de “Administración fraudulenta” que le imputara el ministerio público fiscal. Así, también, quedó absuelta la contadora María Del Carmen Muruzábal, en virtud de no haberse probado los extremos de la acusación.
Tras darse a conocer la sentencia por estas páginas, el contador hizo su descargo criticando el fallo en primera instancia que ahora el tribunal superior ratificó.
El caso
Según reza el veredicto, quedó suficientemente acreditado que desde el año 1995 al 20 de abril de 2005 González Guerra y María Muruzábal, en su calidad de contadores, servían profesionalmente a la empresa Tandilta SRL. En función de dicha relación contractual tenían a su cargo el manejo y disposición de documentación y fondos que la sociedad facilitaba para el cumplimiento de su labor. Es así que durante los años citados, aprovechando y abusando de esa situación de confianza, solicitaron a la empresa sumas de dinero y valores para cumplir obligaciones respecto al pago del Impuesto a las Ganancias, ocultando la existencia de créditos fiscales de libre disponibilidad originados por el IVA que efectivamente utilizaban para su cancelación, lo que implicaba haber generado una falsa situación de necesidad de aquellos fondos y así apoderarse ilegítima y fraudulentamente de los mismos en perjuicio del patrimonio de la empresa.
Tras detallarse los hechos fraudulentos (la suma de las compensaciones referidas ascienden a 93.045,41 pesos), se dio por probado lo alegado por el fiscal Luis Piotti como el particular damnificado, Manuel Marañón, en detrimento del planteo defensista, encarnado en el doctor Jorge Dames.
A la hora de considerar los elementos incriminantes, el juez citó el papel preponderante que el imputado tenía en la relación que vinculaba al estudio contable con la empresa, con quien fuera su titular Alberto Alfredo Tazza y con Walter Tazza que se desempeñaba como gerente administrativo de la misma. Que la relación de confianza y entrega estaba depositada especialmente en el contador González Guerra, quien no sólo auditaba los estados contables sino que además brindaba asesoramiento extra contable vinculado con inversiones, la adquisición de inmuebles, la participación en pool de siembra, en la constitución de nuevas sociedades, etc.
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