Clausuran por 20 días el boliche Sol Disco por el ingreso de una menor de 14 años
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa causa se inició en el Juzgado Correccional a raíz de una infracción efectuada por la Dirección de Inspección y Habilitaciones del Municipio, y apelada posteriormente por el abogado defensor de Pablo Fernández, titular del boliche ubicado en Murature y avenida Del Valle.
El caso fue evaluado en virtud de la normativa provincial que regula el ingreso de menores y la venta de bebidas alcohólicas en locales bailables, aunque finalmente se aplicó la primera. En efecto, la Justicia estableció que se produjo una infracción al Artículo 8 de la Ley 14.050 que comprende a los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, entre otros.
El artículo establece que “los menores de entre 14 a 17 años sólo podrán permanecer en los establecimientos y locales hasta las 23 como horario máximo. La apertura de puertas para el inicio de actividades se realizará a partir de las 17.30 al solo efecto que los padres, tutores o responsables legales de los menores tengan la posibilidad de realizar la revisión de las instalaciones. A partir de las 18 se dará inicio a la actividad bailable. En tales establecimientos no se realizará venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas”.
Resolución
En su resolución, recientemente confirmada por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, el Juzgado Correccional determinó una multa de 3.500 pesos para Pablo Fernández “y la clausura del local bailable Sol Disco por el plazo de veinte días por resultar autor responsable de las infracciones tipificadas en el Artículo 1 segundo párrafo de la Ley 11.748 y artículo 8 de la Ley 14.050 por el hecho cometido en Tandil el 11 de marzo de 2012”.
Además estableció multas de 2 mil pesos al portero y encargado del lugar que actuaron la noche del episodio por permitir el acceso de la menor al boliche.
Ello en virtud de que “permitieron el ingreso de al menos una menor de edad luego de las 23 al local bailable; mientras que en relación a Fernández, su conducta encuadra en lo previsto en el Artículo 1 segundo párrafo de la Ley 11.748, puesto que en su rol de titular y responsable del comercio no cumplió la prohibición de evitar el consumo de bebidas alcohólicas a dicha menor por parte del suministro de otros concurrentes a dicho local, no resultando exculpante que no le haya sido vendida o expedida directamente a la misma”.
Clausura
El abogado del titular del emprendimiento, Ricardo Mauhourat, explicó que el hecho protagonizado por la menor de 14 años originó dos acciones, una en el Juzgado Correccional y otra en el Juzgado de Faltas a raíz de la infracción labrada por la Dirección General de Inspección y Habilitaciones del Municipio.
El primero dispuso la nulidad de la sentencia dispuesta en la causa iniciada por el Juzgado de Faltas, apelada por la defensa, y posteriormente dictó una sentencia.
En abril, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la sanción, que contempla 20 días de clausura del local bailable y multas al titular del lugar y a otros dos responsables.
Según indicó el profesional la razón de la sanción fue a partir de la presencia de menores fuera del horario permitido por el Artículo 8 de la Ley 14.050, mientras que en referencia a la venta de bebidas alcohólicas “quedó acreditado por la propia declaración de la menor, que recibió bebidas de los amigos y que nunca le habían vendido en la barra”.
En diálogo con El Eco de Tandil, Ricardo Mauhourat confirmó que la clausura ya está vigente desde el miércoles y que permanecerá hasta comienzos del mes próximo.
Sobre el autor
Más de 142 años escribiendo la historia de TandilEste contenido no está abierto a comentarios