Condenado a prisión por el asalto en una estación de servicios
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En el último fallo ventilado por el TOC 1 antes de iniciar la feria judicial, se resolvió condenar al reincidente por tercera vez Nicolás Alejandro Sosa, actualmente alojado en la Unidad 37, a la pena de cinco años y diez meses de prisión, como autor penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de arma.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEn efecto, al decir del veredicto, quedó acreditado con los elementos de convicción obrantes en el expediente que el 6 de abril de 2014, siendo las 20.37, el imputado Sosa ingresó a la estación de servicios Shell, ubicada en la esquina de la Colectora Luis Macaya y Actis, y exhibiendo una cuchilla en su mano intimidó al empleado, requiriéndole: “Dame el cuero, dale, dame el cuero”, y seguidamente le sustrajo un teléfono celular y la suma de 2.200 pesos, los que extrajo del cajón de la oficina y eran pertenecientes a la firma propietaria de la estación de servicios, dándose luego a la fuga en una motocicleta.
Añade la sentencia que todo fue probado a través de los informes policiales y el acta de inspección ocular, en la que se verifica y deja constancia de la existencia de cámaras de seguridad en el lugar y justamente una de ellas enfoca al lugar donde ocurrió el hecho; croquis ilustrativo más las declaraciones testimoniales de la víctima.
Asimismo, se agregó que el indicio de autoría surgió de varios comportamientos del imputado, siendo uno de ellos la negativa inicial a comparecer al reconocimiento en rueda de personas, y la consecuente ausencia tanto de su domicilio como de los lugares que habitualmente frecuentaba, actitudes que no tuvieron una razonable justificación de parte del señalado.
Se sumó también al indicio mencionado, el inmediato cambio de color de algunas partes de su moto, respecto de la cual Sosa tenía conocimiento sobre la posibilidad de ser identificada por el empleado que lo interceptó a la salida de la oficina cuando procedía a huir del lugar, circunstancia que no esperaba al haber dejado la moto fuera del alcance visual de quien atendía en la oficina, agregándose que sustrajo también del interior de la Seccional Cuarta la motocicleta cuando estaba en el patio interno de la dependencia.
Versión
Sobre la declaración del imputado Sosa, quien refirió sobre su inocencia y adujo como coartada que el día del hecho entre las 20 y las 21 estaba haciendo mandados para preparar la cena y que en esa ocasión en la calle Quintana al 800 tuvo un accidente de tránsito con su motocicleta, impactando contra un vehículo Renault 12, fecha que recordaba porque faltaban 15 días para su cumpleaños que es el 20 de abril. Aclaró que como consecuencia del impacto se le quebró el horquillón de su moto y por ese motivo la dejó en la casa de un vecino de la calle Quintana 836, quien se la guardó por dos o tres días hasta que pudo ir a retirarla. Dijo que desconocía el nombre de la persona que lo ayudó pero que tenía alrededor de 40 años, era de contextura robusta aunque no gordo y bastante alto, pelo corto sin barba ni bigote; refirió también que cuando estaban en la calle, momentos después del accidente pasó un patrullero y los efectivos policiales preguntaron qué había sucedido pero el declarante les manifestó que no había lesionados y los policías siguieron su camino sin tomarle los datos por esa razón.
Como reza el fallo, el Tribunal no creyó en tal versión, considerando que los dichos del sindicado eran falaces y las consideró un rústico intento exculpatorio.
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