Condenaron a dos hombres sindicados por un par de atracos a comercios
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Con acuerdos de las partes, el TOC 1 arribó a un veredicto condenatorio en un juicio abreviado contra dos hombres acusados de un par de atracos perpetrados en comercios. Los apresados, fueron reconocidos por las cámaras de vigilancia de los locales y en rueda de personas por los damnificados. Fueron condenados a cuatro años de prisión.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailPor el primero de los casos, el fallo indicó que quedó acreditado que el 7 de marzo de 2015, siendo aproximadamente las 18.30, los acusados ingresaron al local comercial Tecno Phone, de calle San Martín 587, local 3, que era atendido por María Belén Fernández, lugar donde uno de ellos extrajo un arma de fuego de puño, para luego de ello proceder ambos a privar ilegalmente de la libertad a la nombrada, atándola de pies y manos con precintos de plástico, previo amenazarla al decirle “no te hagás la viva, porque te pego un tiro”.
Inmediatamente después, el par de sujetos se apoderó de ocho teléfonos celulares, una notebook, una cartera, una billetera, documentación personal de la víctima, una campera de cuero, un par a de lentes de sol de color negro; cremas, perfumes varios y remedios.
El testimonio
Dentro del relato hecho por la víctima, recordó que los maleantes que la sorprendieron dentro del local y le manifestaron “no te hagás la viva porque te pego un tiro”, exhibiéndole un arma de fuego del tipo pistola, de color negro que sería 9 milímetros, y le apunta en la cabeza a la altura de la cien, mientras que el otro hombre desde el local le gritaba preguntándole dónde estaba la llave de la vitrina. Seguidamente y habiendo pasado unos cinco minutos aproximadamente, el que le se alzaba con la mercadería gritó “¡vamos!”, por lo que el que le apuntaba le dijo “tirate al suelo”, y ambos se retiraron del lugar.
En cuestión de segundos los mismos sujetos regresaron al local mientras que ella todavía se encontraba en el baño, escuchando a los ladrones que uno decía: “¡el arma bol… agarrala!”, para luego sí huir definitivamente.
El segundo hecho
Ya analizando el segundo de los hechos endilgados a los mismos imputados, el Tribunal dio por probado que el 10 de marzo de 2015, alrededor de las 20.20, los mismos señalados, de común acuerdo en la división de tareas a desarrollar en la sustracción de bienes muebles ajenos, ingresaron al local comercial Mistral, de calle Alem 672.
Una vez adentro, uno de los ladrones le ordenó a la empleada María Carolina Beguiristain, que estaba atendiendo el local, que mirara hacia abajo y se tirara al piso, lo que fue obedecido por la víctima inmediatamente, para luego reducirla violentamente atándole las manos y pies con dos precintos plásticos, el que unió con otro precinto plástico a una estantería existente en el lugar, privándola en forma violenta e ilegal de su libertad personal. Luego de ello, los malhechores se apoderaron de prendas y 800 pesos, huyendo más luego del lugar.
La sentencia
Tras describirse ambos hechos delictivos y el respectivo caudal probatorio contra los imputados, el Tribunal resolvió condenar a Gonzalo Alberto Paso y a Jorge Alberto Martín Quinteros, a la pena de cuatro años de prisión a cada uno, por resultar coautores penalmente responsables de los delitos de “Robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no se pudo comprobar en concurso ideal con privación ilegal de la libertad agravada y robo en concurso ideal con privación ilegal de la libertad agravada, por los hechos que se les imputaran como descriptos”.
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