Condenaron a prisión perpetua a Martín Zárate por el femicidio de su exmujer Fanny Pollak

El Tribunal Oral Criminal 1 de Tandil condenó con la pena de prisión perpetua a Martín Alberto Zárate (42 años), por el femicidio de su exmujer Mirta Fanny Pollak, ocurrido entre el 8 y el 9 de abril del año pasado, en el barrio La Movediza. Los magistrados lo encontraron responsable de “Homicidio agravado por haber mantenido una relación de pareja con la víctima, por mediar violencia de género y por el empleo de un arma de fuego y, portación ilegal de arma de fuego de uso civil”. Además, le unificaron otras condenas por abigeato, le impusieron una multa de 11 mil pesos y la inhabilitación para portar armas.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLos jueces Pablo Galli, Guillermo Arecha y Agustín Echevarría encontraron culpable a Zárate, quien fue capturado horas después del crimen, en el camino de acceso a Estación López, en la ciudad de Benito Juárez.
Los magistrados dieron por acreditado que Zárate mató a su exconcubina Fanny Pollak, con quien tuvo 15 años de unión matrimonial y cuatro hijos en común, en el domicilio de Paseo de los Niños 2072, lugar de residencia del hermano de la víctima, Mario Miguel Pollak, entre los últimos minutos de la medianoche del 8 de abril de 2015 y los primeros del día siguiente.
Zárate persiguió a su concubina, la atacó a puñetazos y puntapiés en distintas partes del cuerpo, mientras la insultaba y le anunciaba que la mataría. Los golpes cesaron debido a que intervino Mario Miguel Pollak, quien salió en defensa de su hermana.
Cuando logró recomponerse, Fanny tomó su motocicleta de tiro, hizo subir a sus hijos en el rodado e intentó ingresar al interior de la casa por la puerta lateral que accedía a la cocina de la vivienda. En ese momento, Martín Zárate, luego de haber ido a buscar una carabina calibre 22 al Peugeot 306 en que había llegado, corrió hacia donde estaba su exmujer -quien pugnaba por ingresar la moto en el umbral de la puerta- y desde una distancia de aproximadamente 10 centímetros del cuerpo, le apuntó sobre la espalda y le disparó, provocándole laceración de pulmón izquierdo y lesiones de grandes vasos que le generaron una hemorragia aguda severa que derivaron en la muerte.
A partir de los toda las pruebas y actuaciones policiales recolectadas, más los testimonios brindados en el juicio oral por el hermano de Fanny, su cuñada María Soledad Rodríguez, su hija y una sobrina, los testigos presenciales del asesinato, el Tribunal dio por acreditados los delitos que se le imputaron a Zárate.
En los alegatos, el fiscal Gustavo Morey había pedido la pena máxima. En tanto, el defensor oficial Diego Araujo había intentado atemperar la situación procesal de su asistido, al argumentar que el disparo que ocasionó la muerte de la mujer no fue intencional, sino producto de un forcejeo que derivó en el accidente de la percusión del gatillo de la carabina, delante de tres de los cuatro hijos de la pareja.
El disparo
En principio, los magistrados consideraron acreditada la autoría material del hecho a partir de las actuaciones y peritajes, como así también debido a que los cuatro testigos presenciales “fueron concordantes y coincidentes a lo largo de sus declaraciones sobre lo ocurrido. En especial los detalles que rodearon al momento del disparo, así como los instantes previos y los posteriores. Datos estos de suma importancia para determinar lo que sucedió. Y la información por ellos brindada fue ampliamente corroborada con las declaraciones de los peritos”.
Uno de los elementos de la defensa, a partir del testimonio de Zárate, había sido que en un forcejeo con su cuñado se habían escapado tres disparos de la carabina y que uno de ellos, en forma accidental, había impactado en la espalda de Fanny, a la distancia de un metro. Esta versión se contraponía con la de los testigos, quienes describieron que el victimario había apoyado el arma sobre el cuerpo de la víctima.
“A la luz de los pocos centímetros (entre 7 y 13) que separaban la punta del caño de la carabina y la espalda de Mirta Fanny Pollak, bien cabe en la interpretación de sus declaraciones que tuvieran el entendimiento de que el arma estaba apoyándose, aunque en rigor el último tramo de la carabina (la punta del caño) escapaba al certero alcance visual de las testigos. Otro tanto cabe referir sobre las expresiones de Mario Pollak, que si bien se encontraba desde otro ángulo visual vio acercarse al extremo el arma sobre el cuerpo de su hermana, pero debe tenerse presente que Zárate disparó con sus hijos rodeando a su madre, fue elocuente Soledad cuando expresó que vio pasar el caño de la carabina por debajo de los brazos de los nenes que estaban sentados en la moto en la parte de atrás, mientras que Mirta Fanny ayudada por (su sobrina) intentaban desesperadamente ingresarla a la cocina”, argumentó el doctor Pablo Galli.
Violencia
extrema
Otra de las circunstancias que surgió en el debate fue la relación de pareja en el momento del crimen. En este aspecto, el magistrado expresó que “no tengo dudas” de que estaban separados, de acuerdo al relato de los testigos, en tanto desestimó las versiones del acusado y de sus hermanas.
“Por supuesto que Zárate, aún con orden de captura sobre sus espaldas (por abigeato), y más allá de la separación, iba cuando quería a su domicilio de calle Paseo de los Niños 1937; era buen padre según todos los testimonios recogidos y allí vivían sus hijos menores, pero además estaba celoso y quería recomponer su pareja”, indicó.
Y analizó que “tal agregado -que estaban juntos como pareja- por parte del imputado, solo pretendió tapar la causa central para dar muerte a su concubina, lamentablemente por estos días un hecho tan frecuente en nuestro país, reminiscencias de una cultura patriarcal que quiere erradicarse y que podría sintetizarse en la cosificación de la mujer, en la consideración de la mujer como un objeto de pertenencia del hombre, que por supuesto no acepta de ningún modo perderlo, perder esa propiedad, reconocer que actúe por sí y para sí, o de modo independiente, mucho menos le resulta posible imaginar ese objeto en manos de otro hombre, peor aún: verlo y advertir que ya no le pertenece”.
En el fallo, el doctor Galli consignó que “esta es fundamentalmente la forma más extrema de violencia hacia una mujer, el asesinato a manos de un hombre que la considera de su propiedad, en especial por razones asociadas a la inequidad del género. Cientos de mujeres son asesinadas por sus parejas, maridos o exparejas, aunque también se encuentran los asesinatos relacionados con el crimen organizado, la prostitución y la pornografía. Sin importar cuál sea el contexto, los crímenes se dan en torno a la sexualidad y por el mero hecho de ser mujeres, que se consideran usables, prescindibles, maltratables y desechables”.
En el presente caso, enumeró como antecedentes del femicidio las reiteradas amenazas de muerte desde su separación y en los instantes previos a la muerte, una feroz golpiza que le había dado hacía 15 días, y los relatos de su hija adolescente y de su sobrina y confidente.
“Tal conducta tiene en el caso que nos ocupa, otra severa agravación tipificada por haber sido el acusado la pareja de la víctima durante años (según su propia declaración y la de todos los testigos referidos, y así también lo corroboran los certificados de nacimiento)”, manifestó en la sentencia para dejar sentado el encuadre legal como agravantes tipificadas.
Al mismo tiempo, le respondió al defensor, “en cuanto refirió que la violencia de género no se configura solo con la circunstancia de tratarse la víctima de una mujer, pues se desprende claramente que el imputado le dio muerte por considerar que Mirta Fanny Pollak, además de mujer, era de su propiedad o de nadie más, en la medida que no aceptaba, no entendía y no soportaba que aquella pusiera fin a la relación de pareja. Esta actitud, que tuvo como consecuencia el acto más extremo de la violencia, fue debido a la limitación y violación de los derechos humanos y libertades fundamentales que le debía reconocer como condición indispensable para su desarrollo personal, pues la violencia física que ya había ejercido días antes, la que ejercía a través de controles de horarios, llamadas, visitas inesperadas, etc., en especial como consecuencia de la voluntad de Mirta Fanny Pollak de cortar la relación, son violatorias de los derechos protegidos en el Capítulo II de la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belém do Pará, adoptada por la Ley 24.632)”.
“Quiso ocultar la verdadera
motivación de su conducta”
Por otra parte, el juez Pablo Galli rebatió la hipótesis de que se produjo un disparo accidental durante un forcejeo entre el imputado Martín Zárate y el hermano de Fanny Pollak, lo que motivó un pedido de menor pena durante el alegato del defensor Diego Araujo. En base a la declaración de su pupilo, el letrado sostuvo que la pareja no estaba separada y que ambos habían cenado en la casa del hermano de Fanny, que hubo un contexto de confusión y pudo haber existido la posibilidad de que, en forma sorpresiva e imprevista, se haya producido el disparo, a partir de un forcejeo, sumado a que el arma utilizada era “celosa” en cuanto a posibles fallas de su seguro.
En principio, el magistrado respaldó los peritajes balísticos sobre el seguro del arma, quien además certificó que tenía una sensibilidad normal conforme a su tipo, buena calidad y poco desgaste del material.
En cuanto al relato de Zárate, fundamentó que “se contrapone abiertamente” con las declaraciones de sus cuñados, su hija y sobrina, testigos del crimen, y “también con las pericias realizadas en el lugar y sobre el arma, la ropa y el cuerpo de la víctima, en las que he apoyado mi convicción sobre su responsabilidad criminal”.
Agregó que “tal contraste no solo fue en lo medular, es decir, afirmando Zárate que el disparo mortal que impactó en la espalda de la víctima fue fruto de un forcejeo con su cuñado Miguel Pollak; sino que falseó casi todos los detalles que rodearon al hecho, los cuales fueron surgiendo algunos a partir del simple levantamiento de rastros en el lugar y otros en ocasión de conocerse los resultados de las pericias incorporadas al juicio, ratificadas y ampliadas en la audiencia por los peritos, pero básicamente con la versión de los cuatro testigos directos, que fuera oportunamente reflejada”.
Por otra parte, indicó que en el relato del imputado “se advierte tras la mendacidad esgrimida, su pretensión de minimizar las consecuencias penales de su comportamiento, proclamando un obrar culposo” y manifestó que algunos detalles, “amén de la mentira central (la ocurrencia de un accidente), dejan en evidencia que quiso también ocultar la verdadera motivación de su conducta, cual era matar a su esposa porque ésta pensaba dejarlo -lo que ya le había transmitido-, quedando claro que una de las circunstancias agravantes del homicidio (el femicidio) aparecía así expuesta, en atención a que sobre la restante (vínculo de pareja) no existieron dudas de su tipicidad”.
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Más de 142 años escribiendo la historia de TandilEste contenido no está abierto a comentarios