Condenaron a seis años y ocho meses a un acusado por un asalto contra una familia
Los jueces Pablo Galli, Agustín Echevarría y Guillermo Arecha emitieron una sentencia con fallo unánime por medio de la cual condenaron a seis años y ocho meses de prisión a un hombre que fue juzgado por un asalto sufrido por una familia el 13 de noviembre de 2008.
El condenado es Mario Andrés Alvarez (33), alias ?Chino?, quien fue considerado autor penalmente responsable del delito de ?Robo agravado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no se acreditó, en concurso ideal con privación ilegal de la libertad? y la mencionada pena es comprensiva de una previa dictada por el Juzgado Correccional de Azul.
Al momento de la votación los jueces consideraron que estaba acreditado que cerca de las 7.05 del mencionado día ?el imputado Mario Andrés Alvarez acompañado de otra persona de sexo masculino, portando ambos armas de fuego ?cuya aptitud para el disparo no se acreditó-, previo escalar el paredón trasero de tres metros de altura, se introdujeron en el patio interior del domicilio de la calle Cabral 971 de Tandil?.
Ocurrió cuando el morador, Miguel Angel Baroldi, abrió la puerta de la cocina para sacar el perro al jardín. El hombre fue obligado a ingresar a la vivienda y a permanecer inmóvil sentado a igual que su cónyuge y sus dos hijos menores, mientras los asaltantes reclamaban una cantidad de dinero.
Finalmente los autores del hecho se apoderaron de 1.550 pesos que Baroldi tenía en su poder, otros diez mil pesos, dólares y euros guardados en un placard, un reloj de oro, cuatro celulares, anillos y cadenas de oro, una campera de gamuza, aparatos MP3 y MP4, un cheque al cobro de mil pesos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, chequeras en blanco del Banco Nación y Banco Provincia -Sucursal Villa Italia-, un cuchillo con cabo de alpaca, una cámara fotográfica digital, entre otros efectos.
Las víctimas quedaron encerradas con llave en la cocina, en tanto que los autores del hecho se fueron por la puerta principal.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailLos elementos de prueba
Los magistrados dieron absoluta credibilidad al testimonio de las víctimas y también a eventuales testigos que expusieron ante el Tribunal durante el debate.
Baroldi indicó que durante el atraco le pedían ?cien lucas? y que uno de los hombres que lo redujo portaba una pistola calibre 9 milímetros con mira láser.
Si bien no hubo violencia física, las víctimas fueron amenazadas en forma permanente y el atraco duró cerca de media hora.
Durante el hecho uno de los autores dijo que habían hecho una inteligencia previa de una semana.
Posteriores testimonios fueron considerados ?ampliamente coincidentes en la circunstancias de tiempo, modo y lugar en que tuvo lugar el hecho, de las personas que intervinieron, de las armas que portaban, del rol que cada uno cumplió desde el momento que irrumpieron en el domicilio? y su credibilidad ?resulta de la naturalidad que exteriorizaron cada uno en su exposición?.
Otro elemento adicional tenido en cuenta fue el de un trabajador que el día del hecho, cerca de las 7.30, cruzó a los dos sospechosos en la esquina de Jujuy y Cabral. El testigo explicó que trabajaba hace 12 años en una fábrica y que conocía los movimientos del barrio, considerando ajenos a él a esas personas, que subieron a un Peugeot 206, que tampoco nunca antes había visto en el lugar.
Poco después, tras escuchar las sirenas policiales, se enteró del atraco y lo vinculó a los sospechosos. Si bien en un reconocimiento en rueda no había tenido la seguridad necesaria, durante la audiencia los reconoció.
Los jueces, en tanto, acotaron que los testimonios de los familiares del acusado ?no tuvieron entidad para conmover la prueba de cargo?.
Atenuantes y agravantes
Los jueces consideraron como causa morigeradora al buen concepto informado del acusado, mientras que como potenciadoras se incluyó a la pluralidad de intervinientes y el registrar antecedentes penales, tal lo planteado por el fiscal.
Al no incluirse en la acusación debieron dejarse de lado cuestiones como la existencia de una planificación previa, el escalamiento para ingresar al domicilio, la pluralidad de víctimas entre ellas dos menores de edad -uno de los cuales fue utilizado para el recorrido de la propiedad- y la extensión del perjuicio económico causado.
Dado que Alvarez había sido condenado en agosto de 2006 por un resonante asalto cometido en Tandil, se lo consideró reincidente.
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