Condenaron a un hombre a cuatro años y dos meses de cárcel por tenencia de estupefacientes para la venta
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu email
El juez Agustín Echevarría dictó una pena de cuatro años y dos meses de prisión para Gerardo Abreaham Sánchez, alias “Coto”, al encontrarlo responsable del delito de “Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización, fraccionados en dosis destinadas directamente al consumidor”.
El magistrado sostuvo que quedó probado que el 11 de marzo de 2010, en la intersección de las calles colectora Luis María Macaya y Peyrel, el imputado “tenía ilegítimamente bajo su guarda y disposición con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor, tres envoltorios de color blanco conteniendo en su interior sustancia blanca pulverulenta que al examen orientativo dio positivo de clorhidrato de cocaína, con un peso total de 9,8 gramos”.
El juez agregó que al día siguiente, en el allanamiento del que por entonces era su domicilio, en Ugalde 1538, “tenía ilegítimamente bajo su guarda y disposición con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor” dos envoltorios con 24,2 y 3,2 gramos de cocaína, y en el exterior de la vivienda, oculto entre unos ladrillos, un trozo compacto con 12,6 gramos de marihuana.
El dato
En el acta del procedimiento policial, los efectivos del Grupo Operativo de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas indicaron que se enteraron de que una persona apodada “Coto” llegaba de Ezeiza con cocaína y marihuana destinada a la comercialización.
A partir de esa información, los investigadores montaron un operativo en colectora Macaya y Peyrel, donde lograron aprehender a Sánchez, quien llevaba cocaína oculta entre sus ropas.
En tanto, el acta del allanamiento indicó que la concubina del imputado recibió la orden para requisar el domicilio, describe el hallazgo de estupefacientes y la realización de los tests y pesaje en presencia de testigos.
Un comprador
El magistrado también citó la declaración de un testigo, quien indicó que conocía al imputado desde hace una década y que éste lo había citado en el cajero de colectora Macaya y Peyrel para venderle cocaína. El encuentro lo había pactado por teléfono.
El testigo declaró que el imputado subió a su automóvil y en ese momento aparecieron dos policías de civil que obligaron a Sánchez a descender del vehículo, momento en el cual al imputado se le caen dos envoltorios de nylon dentro del habitáculo.
Atenuantes
y agravantes
Por otra parte, el doctor Echevarría rechazó como atenuante al momento de dictar la pena el haber reconocido Sánchez ser el autor del delito del cual lo acusó al fiscal.
“A esta altura del proceso los extremos de la acusación penal se encuentran fehacientemente probados por otros medios diferentes a la confesión o aceptación de Sánchez; a lo que debe agregarse que, de aceptarse aquel reconocimiento minorante de pena implicaría considerar a este criterio interpretativo como un instrumento de coacción a fin de lograr el reconocimiento del hecho por parte del imputado y así lograr mejor posición al momento de imposición de pena”, argumentó el magistrado.
En cuanto a los agravantes, consignó como “circunstancia potenciadora de la pena” las sentencias anteriores que registra tanto el Tribunal local como el Criminal 1 de Azul. “Dichos pronunciamientos condenatorios debieron funcionar al menos en cierto grado como inhibidores de nuevas conductas delictivas, lo que muestra mayor culpabilidad y peligrosidad”, fundamentó.*
Más de 143 años escribiendo la historia de Tandil
Este contenido no está abierto a comentarios