Desde Defensa del Consumidor dicen que el tema no les compete
Mario Raimondi, responsable de la Oficina de Defensa al Consumidor (OMIC), explicó que ?la empresa que representa el señor Maffezzoli es un consumidor final y, por lo tanto, no es competencia de esta oficina poder atender este tipo de reclamos?.
El funcionario agregó que lo escucharon para ?ver si de alguna manera se puede colaborar con la resolución de algún conflicto que va más allá del reclamo particular o específico?.
En referencia a la falta de garrafas, marcó ?que cuando el señor Maffezzoli dice que le hemos dicho que no hemos recibido reclamos, es cierto, no hemos tenido reclamos de ningún consumidor final por este tema. Sí hemos tenido audiencia con la empresa Maffezzoli respecto a algún reclamo de garrafas que tuvo que ver con diferencias de precio, y lo hemos conciliado en audiencia?.
Manifestó que ?la empresa deberá hacer su reclamo ante la Secretaría de Energía de la Nación, quien ha formalizado estos cupos y estos subsidios con las empresas para otorgar la garrafa social?.
Por su parte, la abogada Belén Latorre agregó que ?la Oficina de Defensa al Consumidor se rige por una ley, no toma cualquier reclamo. Igual que una persona cuando va a hacer un juicio, siempre tiene que fijarse cuál es la competencia, cuál es la acción a entablar. La Oficina del Consumidor se maneja con una ley que es la 24.440 y tiene parámetros, no es que toma cualquier cosa que transita por el Universo: tiene que haber un consumidor final, un proveedor de bienes o servicios y una relación de consumo entre ambos?.
Por otro lado, indicó que la OMIC pertenece al Estado y no puede actuar como juez y parte en una cuestión en la que está incluida la Secretaría de Energía de la Nación. *
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