Desde un Juzgado revelan cómo sancionan la acumulación de faltas a la Ley de Tránsito
Ante las inquietudes que surgen constantemente en la sociedad, la secretaria del del juez Pedro Oliveto, del Juzgado de Faltas 2, Mónica Fernández, detalló el marco legal bajo el cual se aplican las sanciones a la legislación vigente en materia de tránsito.
En declaraciones realizadas a Eco TV, Fernández señaló en principio que los ?valores de las multas se establecen de acuerdo al artículo 84 de Ley 24.449 ,y artículo 39 de la Reglamentación de la Ley 13.927, que adhiere a la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en la provincia de Buenos Aires?.
A partir de ello, especificó que se ?determinan en el término UF, que significa unidad fija, y el valor se determina por el precio de la nafta de mayor octanaje consultado al ACA?.
?Hoy cada UF es de 4,45 pesos ?agregó- y por ejemplo por falta de VTV la Ley establece 300 UF que multiplicado por 4.459 nos da 1.338 pesos con más una tasa administrativa de 66,90 pesos, lo que da un total de 1.404,90 pesos?.
Sobre ese punto, señaló también que ?la autoridad de juzgamiento puede meritar los valores en función a las circunstancias del hecho en sí, a las pruebas aportadas y a las medidas que el juez ordene para la sentencia definitiva?.
Como vocera del juzgado, explicó que los valores ascienden ?sencillamente por la acumulación de infracciones en un solo acto. Por ejemplo, falta de VTV son 300 UF, de licencia son 300 UF, de seguro son 300 UF, y vidrios sin tonalidad adecuada 1.500 UF, y a lo mejor surge la infracción por un mal estacionamiento que son 50 UF o por girar a la izquierda, etc. Cuando más artículos haya infringido el infractor, aumenta el valor de la multa?, señaló.
Respecto a la reiteración, aclaró que ?a la Primera reincidencia se recarga el 25 por ciento, a la segunda un 50 y a la tercera el 75 por ciento del valor que el juez estima aplicar de multa?, aunque también explicó los beneficios de lo que se conoce como ?pago voluntario?.
?Es el beneficio que la Ley otorga para aquellos infractores que reconocen haber infringido la norma durante el plazo que va de las 72 horas de haber sido infraccionado hasta 15 días de haber sido notificado de la fecha de la audiencia que fija el Juzgado, se reduce el monto en un 50 por ciento y se abona de contado?, señaló Fernández respecto a esa posibilidad.
También explicó las opciones de apelar y aseveró que ?las apelaciones de las sanciones impuestas se interponen ante el juez de faltas y se tramitan ante el juez en lo correccional, que es la instancia superior inmediata sobre las sentencias dictadas en la Justicia de Faltas?.
Las infracciones
más recurrentes
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailSobre las infracciones más habituales de los tandilenses, recordó que se reiteran ?la falta de VTV, de casco, mal estacionamiento, giro a la izquierda en semáforos, falta de documentación del vehículo, de licencia, de comprobante de seguro por el cual se acredita la cobertura al momento de labrarse el acta de infracción, circular con luces apagadas en la ruta y exceso de carga?.
Si bien por razones de confidencialidad no se difunden los índices de cobrabilidad de multas, a la hora de analizar cuántos lo hacen de manera voluntaria estimó que ese porcentaje ?es considerable, dada la posibilidad de abonar el 50 por ciento que debe ser de contado?.
Por último y sobre las dificultades que podrían afrontarse para recuperar autos o motos secuestradas, señaló que ese trámite ?no es complicado en la medida que acrediten la titularidad del vehículo o la tenencia legítima por medio de los requisitos formales, la entrega se realiza en un término de 72 horas en este Juzgado, previamente se debe consensuar con el infractor la sanción impuesta?.*
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