Dirigentes e hinchas de Santamarina fueron condenados por incidentes tras una derrota
Recientemente se conoció la sentencia dictada por el Juzgado Correccional de Tandil en el juicio realizado para determinar las responsabilidades en los bochornosos sucesos registrados en mayo último, tras el empate de Santamarina con la CAI.
El partido se había disputado en el estadio General San Martín y entre los condenados figuran el entonces presidente de Santamarina, Diego Puissant, y el dirigente Pablo Castaño, a quienes se les prohibió la concurrencia por 15 fechas a los encuentros oficiales en los que intervenga el club social y biblioteca Ramón Santamarina.
Además, con doce fechas de prohibición de asistencia a partidos del elenco aurinegro fueron sancionados los hinchas Osvaldo Correa, Mario Valentini, César Velázquez, Daniel Cepeda y Héctor Mastropierro.
Los condenados en primera instancia ?la sentencia aún no está firme- fueron hallados incursos de infracciones tipificadas en el artículo 10 de la Ley 11.929.
En la misma determinación, el juez Carlos Pocorena absolvió al árbitro Pablo Daniel Díaz, quien fue representado por el abogado tandilense Manuel Marañón.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl caso
Como se informara, tras el partido de Santamarina por la Promoción a la B Nacional, en la avenida Rivadavia continuó una serie de incidentes iniciados en el campo de juego a los pocos segundos de finalizado el encuentro.
Un grupo de la hinchada tandilense enfrentó a la policía con piedras, baldosas y ladrillos, ante lo cual la fuerza de seguridad reprimió con el uso de balas de goma y gases lacrimógenos.
Además, la reacción del árbitro principal del partido al ser agredido ?respondió violentamente- había determinado que también quedara alojado en la Seccional Segunda, a disposición de la Justicia.
La sentencia
En base a declaraciones de testigos y víctimas, además de documentación gráfica lograda, el juez Carlos Pocorena consideró probado que los dos dirigentes aurinegros ingresaron al campo de juego a recriminar al árbitro tras la finalización del partido. Uno de ellos le aplicó un golpe en el rostro al referí que, a su vez, arrojó golpes al agresor.
Posteriormente, los incidentes continuaron en las esquinas de Rivadavia y Pueyrredón, y de Rivadavia y Belgrano, lugar en el que fue herido un efectivo policial.
El rol del árbitro
Al momento de analizar la responsabilidad del árbitro Díaz en la causa, el juez Pocorena consideró la ?existencia de un altercado precedente a su accionar, por lo que para concluir tal situación la emprendió a golpes de puño? contra quien lo había agredido.
Su abogado defensor indicó que existía ?la causal de justificación? dado que ?sólo realizaba la defensa de su persona, que resultaba agredida, ante la ineficacia de los controles policiales?, criterio con el cual coincidió el magistrado interviniente.
Pocorena descartó ?de plano que su labor como árbitro del encuentro ?aun cuando incurriera en errores- pueda considerarse una provocación? y que Díaz ?actuó motivado por la agresión sufrida? y que utilizó ?un medio racional realizado con sus propias fuerzas, sin acudir a medio alguno para aumentar o acrecentar su propia energía?.
En su resolución, el magistrado sostuvo que no se advierten negligencias en el accionar policial, ?resultando probable que la cantidad de agentes policiales convocados haya resultado insuficiente en función de la trascendencia del encuentro?.
En su resolución, el magistrado consideró como agravantes el carácter de dirigentes del club de Puissant (presidente) y Castaño (vocal).*
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