El Municipio entregó actas de declaración de bien de familia
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En un acto desarrollado este miércoles en el Municipio, 25 vecinos recibieron las actas de declaración de sus propiedades como “bien de familia”, a partir de los trámites realizados por la Secretaría Legal y Técnica.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl encuentro contó con la presencia del intendente Miguel Lunghi, el secretario legal y técnico, Andrés Cursio y la directora de Relaciones con la Comunidad, Zulma Ferreira, quienes entregaron la documentación a los representantes de las familias que culminaron el trámite.
El bien de familia protege la vivienda familiar y garantiza que no pueda ser ejecutada ni rematada por deudas posteriores a su inscripción. Brinda al propietario una protección patrimonial del inmueble que habita con su familia o en el que desarrolla su actividad económica por cuenta propia.
La figura de bien de familia se otorga para los inmuebles que no excedan las necesidades de sustento y vivienda del grupo que las habita, incluyéndolas en un registro inmobiliario especial.
Estos inmuebles cuentan con un mayor resguardo jurídico, debido a que no son susceptibles de ejecuciones o embargos por deudas posteriores a su inscripción, como tampoco responden ante quiebras o concursos.
La Secretaría Legal y Técnica del Municipio, en labor conjunta con la Provincia de Buenos Aires, lleva adelante los trámites como parte de los servicios que se ofrecen a la comunidad y que incluyen desde el acceso al sistema de mediación y escrituración social, hasta las gestiones de defensa de los derechos del consumidor.
El intendente Lunghi felicitó a las familias beneficiarias, destacó la importancia de brindar seguridad jurídica a los hogares y recordó que “desde que iniciamos la gestión en 2003, comenzamos a trabajar desde la Secretaría Legal y Técnica para ofrecer una importante cantidad de servicios gratuitos a todos los vecinos, entre los que se incluye este trámite”.
Además agradeció a todo el equipo de la secretaría, “porque trabajan con mucho compromiso y dedicación para dar soluciones a toda la comunidad en este tipo de cuestiones”.
La inscripción de un inmueble como bien de familia la realiza el propietario y en caso de ser más de uno lo deben realizar todos ellos, siempre y cuando tengan el parentesco exigido por la ley. Los beneficiarios del régimen pueden ser el cónyuge, sus descendientes o ascendientes o hijos adoptivos, aunque no convivan con el propietario.
En caso de no poseer dichos parientes, podrán ser beneficiarios los colaterales hasta el tercer grado de consaguinidad, por ejemplo sobrino o tío, con la condición de que vivan con el propietario.
Desde la Oficina de Bien de Familia del Municipio los vecinos pueden acceder de forma totalmente gratuita a la afectación de su vivienda familiar en este sentido.
Todos los interesados en conocer más sobre este servicio podrán dirigirse a la sede de esa repartición, ubicada en Chacabuco 383.
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