El Municipio entregó actas de declaración de bien de familia
En un acto desarrollado este miércoles en el Municipio, 25 vecinos recibieron las actas de declaración de sus propiedades como “bien de familia”, a partir de los trámites realizados por la Secretaría Legal y Técnica.
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El encuentro contó con la presencia del intendente Miguel Lunghi, el secretario legal y técnico, Andrés Cursio y la directora de Relaciones con la Comunidad, Zulma Ferreira, quienes entregaron la documentación a los representantes de las familias que culminaron el trámite.
El bien de familia protege la vivienda familiar y garantiza que no pueda ser ejecutada ni rematada por deudas posteriores a su inscripción. Brinda al propietario una protección patrimonial del inmueble que habita con su familia o en el que desarrolla su actividad económica por cuenta propia.
La figura de bien de familia se otorga para los inmuebles que no excedan las necesidades de sustento y vivienda del grupo que las habita, incluyéndolas en un registro inmobiliario especial.
Estos inmuebles cuentan con un mayor resguardo jurídico, debido a que no son susceptibles de ejecuciones o embargos por deudas posteriores a su inscripción, como tampoco responden ante quiebras o concursos.
La Secretaría Legal y Técnica del Municipio, en labor conjunta con la Provincia de Buenos Aires, lleva adelante los trámites como parte de los servicios que se ofrecen a la comunidad y que incluyen desde el acceso al sistema de mediación y escrituración social, hasta las gestiones de defensa de los derechos del consumidor.
El intendente Lunghi felicitó a las familias beneficiarias, destacó la importancia de brindar seguridad jurídica a los hogares y recordó que “desde que iniciamos la gestión en 2003, comenzamos a trabajar desde la Secretaría Legal y Técnica para ofrecer una importante cantidad de servicios gratuitos a todos los vecinos, entre los que se incluye este trámite”.
Además agradeció a todo el equipo de la secretaría, “porque trabajan con mucho compromiso y dedicación para dar soluciones a toda la comunidad en este tipo de cuestiones”.
La inscripción de un inmueble como bien de familia la realiza el propietario y en caso de ser más de uno lo deben realizar todos ellos, siempre y cuando tengan el parentesco exigido por la ley. Los beneficiarios del régimen pueden ser el cónyuge, sus descendientes o ascendientes o hijos adoptivos, aunque no convivan con el propietario.
En caso de no poseer dichos parientes, podrán ser beneficiarios los colaterales hasta el tercer grado de consaguinidad, por ejemplo sobrino o tío, con la condición de que vivan con el propietario.
Desde la Oficina de Bien de Familia del Municipio los vecinos pueden acceder de forma totalmente gratuita a la afectación de su vivienda familiar en este sentido.
Todos los interesados en conocer más sobre este servicio podrán dirigirse a la sede de esa repartición, ubicada en Chacabuco 383.
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