En siete días, la comisión Bicameral resolverá el futuro del jury contra Piotti
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Por lo informado desde la secretaría de dicha comisión, el viernes entonces, los integrantes del jurado tomarán conocimiento de las denuncias que se han unido en un solo expediente.
Vale reseñar que la primera denuncia fue presentada por el ahora senador nacional Aníbal Fernández, y luego los diputados Fernando “Chino” Navarro y Cubría hicieron lo propio. En ambas presentaciones se hablan prácticamente de las mismas causa (cuatro) por denuncias de abusos contra menores en que intervino el fiscal cuestionado.
Lo que marca el procedimiento es que una vez tomado vista del expediente, se evalúa si se toma o no jurisdicción (si es competencia del organismo), como así también si amerita ser tratado y si es pertinente abrir el proceso de jury.
Por lo que se confió del proceso, precisamente desde el viernes se estará en la actividad embrionaria del jurado, quien una vez acordado el futuro de la presentación se ordenará (si amerita el juicio político) la instrucción del sumario, a cargo del secretario de la comisión permanente del jurado de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios, el doctor Ulises Giménez.
El funcionario citado, consecuentemente tendrá un plazo de 90 días -prorrogables- para la instrucción en la que se recopilará toda la documentación pertinente, incluso la presentación espontánea que días pasados realizó el propio fiscal aludido, quien hizo su descargo sobre lo que está siendo objeto de críticas.
Siempre entendiendo que el jury se realiza, el sumario confeccionado será elevado al presidente de la Corte, como así también se dará traslado de la notificación a las partes en pugna.
Primeramente a los citados pasos burocráticos se dará traslado también a la Procuración, que en definitiva hará la acusación. De allí y recién allí, sin plazos fijados, la comisión Bicameral emprendería el juicio político.
Tal se informó en la edición pasada, precisamente las familias denunciantes habían mantenido recientemente un encuentro con los legisladores que impulsan el jury, a quienes precisamente solicitaron que se apure el tratamiento de las denuncias contra el fiscal, acusado de incompetencia, negligencia, incumplimiento de deberes, demoras en los dictámenes, irregularidades y actos de parcialidad manifiesta en casos de menores abusados.
El proceso
El procedimiento para juzgar a un magistrado tiene distintas variables, pero puede partir de una denuncia, o la Bicameral, si se entera de un hecho, puede investigar y presentarse como denunciante. Si entra por la comisión Bicameral se comienza por verificar que se cumpla con los requisitos establecidos en la Ley 14.088; si se requiere producir una prueba urgente, lo hace, si no, eleva directamente la denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento, un cuerpo compuesto por once miembros que, según la Constitución provincial, estará “integrado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia que lo presidirá, cinco abogados inscriptos en la matrícula que reúnan las condiciones para ser miembro de dicho tribunal y hasta cinco legisladores abogados”.
El segundo paso es verificar si existen méritos para abrir la jurisdicción, lo que ocurre cuando hay elementos graves y pruebas que lo acrediten. En tal caso, se abre la jurisdicción y lo envía a la Procuración de la Corte y a la Bicameral, de vuelta, para que esta última analice el fondo de la cuestión y verifique si hay elementos para llevar a cabo la acusación. Si se decide por todos los hechos, o por algunos, eleva la acusación al Jurado de Enjuiciamiento, éste se vuelve a reunir, verifica lo que haya acusado la Bicameral o la Procuración y cuáles son los casos por los que se va a debatir.
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