En un polémico fallo, conceden la suspensión a juicio del menor acusado por el accidente fatal en avenida Brasil
En efecto, la magistrada del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil de Azul, Mariana Irianni, resolvió la situación procesal del conductor a favor de la petición presentada por la defensa, provocando el desconcierto y el rechazo del ministerio público como de los particulares damnificados.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailLa magistrada determinó la aplicación de la figura de la “probation”, con la consiguiente suspensión del juicio a prueba, en el marco del proceso iniciado contra el conductor del Chevrolet Vectra involucrado en la tragedia de la avenida Brasil.
De acuerdo a la medida dictada por la mencionada jueza, el conductor está obligado a "un tratamiento psicológico, concurrir a la escuela y no cometer nuevas infracciones ni delitos". Así, no se hace referencia alguna a una condena ni inhibición alguna respecto a poder conducir, tal lo que pretendía la fiscalía y compañía ante semejante delito que estaba en debate.
Cabe consignar que la fiscalía había tipificado los hechos como “Homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo automotor” y “Lesiones culposas agravadas por la conducción de un vehículo automotor (tres hechos) en concurso ideal” (artículos 54, 84 y 94 del Código Penal y Código Provincial de Tránsito dec. 40/2007), resultando responsable el joven que conducía el rodado, piloto de automovilismo zonal.
Frente a la decisión judicial tomada, la fiscal María de los Angeles Marsiglio planteó -incluso en una audiencia previa- el rechazo a la resolución y la decisión de apelar una medida de ese tipo (cuenta con cinco días hábiles para su cristalización), en tanto que similar camino tomarían los familiares de dos víctimas que intervienen bajo la figura de particular damnificado.
El suceso
Como oportunamente se informó, el 21 de abril del año pasado la ciudad se veía conmovida, sacudida, por una tragedia vehicular que tenía como protagonistas a adolescentes, de los cuales una falleció y el resto quedó con severas heridas que hoy tratan de cicatrizarse según la gravedad del caso.
Cabe consignar que la causa revistió connotaciones especiales más allá del dolor por una pérdida de una vida inocente y otras tantas heridas con lesiones de suma gravedad. Se trató de todos menores de edad, los que estaban involucrados y que venían de una fiesta privada, quienes se subieron a un auto cuyo conductor emprendió una alocada carrera (tal era su costumbre) y en medio del trayecto algunos -algunas- de los ocupantes quisieron bajarse, pero no pudieron y el final fue el peor de todos: la muerte.
Por el suceso no sólo se abrió una causa penal para determinar las causales del accidente y sus responsables, también los deudos de las víctimas iniciaron sus respectivas demandas civiles que aún aguardan definiciones procesales.
La acusación
Como este Diario publicó tiempo atrás, la fiscal arribó a conclusiones contundentes como severas -según reza el código- tras la instrucción para con el menor que quedó sindicado por los hechos fatales.
A la hora de arribar a los fundamentos de la acusación, como elementos de prueba se tomó en cuenta la gran cantidad de testimonios tanto de los propios protagonistas (el conductor acusado se negó a declarar) como testigos circunstanciales varios del terrible accidente vehicular.
Pero más allá de las citadas declaraciones, otras pruebas, como los peritajes accidentológicos y químico, fueron claves para establecer responsabilidades penales.
Sobre el peritaje químico (medición alcoholimétrica) se desprende que el valor de alcoholemia del imputado era al momento del hecho superior al legalmente permitido.
Del estudio practicado, los expertos consideraron que el valor de alcoholemia al momento del hecho sería del orden de 0.89 gr./lt., con un rango comprendido entre 0.71 g/lt. y 1.087 gr/lt, según el valor del coeficiente que se aplique. “De ello y atento que en la determinación influye la habituación del individuo a la ingesta, el llenado del estómago y la administración de medicamentos, etc.”, consideró el perito que el valor piso (o mínimo) de la alcoholemia al momento del hecho para el imputado estaría en 0.71 gr/lt, independientemente de las circunstancias individuales.
Peritaje
Otro de los puntales de la acusación versa sobre el peritaje accidentológico efectuado por el perito Piazza, que en base a los puntos peritales establece varias consideraciones.
A saber, respecto al factor ambiental, indicó el lugar donde sucedió el hecho, señalando que las condiciones del pavimento como iluminación artificial eran adecuadas, las condiciones ambientales también eran favorables, mientras que la velocidad de circulación en el sector se encuentra limitada a 40 kilómetros por hora.
Respecto al factor vehicular, el perito refirió características del vehículo y agregó que se detectó la alta velocidad final (205 km/h) y la gran aceleración del mismo.
Sobre el factor humano, el conductor fue una persona muy joven (17 años), con supuestas capacidades para manejar vehículos en competencia deportivas, proveniente del karting y con actuación en automotores mayores, quien en teoría estaría capacitado para la conducción, pero en la práctica y en vista a lo sucedido no fue así. Textualmente refirió el perito: “Una cosa es la pista y otra es la noche…”.
Agregó a su informe la ingesta de alcohol detectada, el horario de ocurrencia (alrededor de las 5 de la madrugada, lo que aumenta la fatiga), fiesta previa, acompañantes.
El experto, entonces, concluyó que la causa determinante del suceso resultó ser el factor humano, ya que en las condiciones en las que se encontraba el conductor “se alargan los tiempos de apreciación-reacción, estirándose los reflejos”.
El hecho
Tal se informó en su oportunidad, el fortísimo impacto lateral de un auto contra una columna de alumbrado público causó el deceso instantáneo de una menor de 17 años, en tanto que cuatro de sus acompañantes sufrieron lesiones de diversa gravedad.
La víctima mortal fue identificada como Josefina Olesen, quien cursaba estudios en el Colegio San Ignacio y era hija del pastor Martín Olesen, de la Iglesia Danesa.
La gravedad del accidente y la conmoción causada se vio reflejada por la gran cantidad de jóvenes que durante toda esa jornada permanecieron compungidos en proximidades de los centros de internación y en la Iglesia Danesa, donde fueron velados los restos de la joven.
Los jóvenes lesionados eran alumnos de diversos establecimientos educativos locales, entre los que se mencionó a los colegios San Ignacio y Sagrada Familia, Escuela Normal y Escuela de Educación Secundaria 1 Lucio V. Mansilla.
El accidente se produjo a metros de avenida Brasil y Larrea, cuando un Chevrolet Vectra circulaba en dirección al centro, a muy alta velocidad, y según las primeras estimaciones de los peritos embistió lateralmente una columna del sistema de alumbrado ubicada sobre el bulevar central.
Previamente había sido arrasado el cartel de prohibición de giro a la izquierda ubicado unos 20 metros antes, en Brasil y Larrea. El auto terminó su alocada carrera a poco del cruce de la avenida con Fidanza (Lobería).
En ambas manos de la avenida, a lo largo de toda la cuadra, quedaron esparcidos restos del auto, entre los que se destacaba el desprendimiento de la rueda trasera izquierda.
Justamente el mayor impacto que presentaba el vehículo era sobre el lateral izquierdo, al punto que una de las puertas quedó “abrazada” a la columna del alumbrado público.
Según las informaciones que trascendieron con el correr de las horas de aquella jornada, el grupo regresaba de una reunión privada realizada en la zona del barrio Golf y a poco del accidente pasaron por el lugar otros asistentes al encuentro, los cuales se mostraron conmovidos por la macabra escena.
Más de 143 años escribiendo la historia de Tandil
Este contenido no está abierto a comentarios