Financiación para retención de granos de trigo a tasa cero
La financiación a tasa cero, impulsada por el Ministerio de Agricultura de la Nación, está dirigida específicamente a productores trigueros que califiquen como` mipymes`.
Los interesados podrán obtener mayor información dirigiéndose a la sede de Desarrollo Local, en el Municipio, o en el Banco Nación.
Las condiciones y características de la línea de crédito son las siguientes:
Usuarios
a) Productores trigueros que califiquen como minipymes, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de todo el territorio de la República Argentina, calificados como sujeto de crédito. Los usuarios del sudoeste de la Provincia de Buenos Aires se regirán por el inciso c.
b) Productores trigueros que califiquen como minipymes, bajo cualquier forma societaria o unipersonal, de todo el territorio nacional, que por algún impedimento no estén calificados como sujeto de crédito, pero que puedan ser asistidos financieramente por el banco. Estos usuarios podrán ser asistidos por el fondo de garantía creado a tal fin previa autorización emitida por el Ministerio. Informada al banco la autorización, este último comunicara a sus sucursales.
En todos los casos los usuarios deberán suscribir declaración jurada comprometiéndose a cancelar el préstamo en caso que vendan los granos cuya retención se financia por esta línea. En caso de vender y no cancelar, la obligación será declarada de plazo vencido y devengará a partir de ese momento tasa activa de cartera general en pesos que tenga vigente el banco, sin bonificación alguna.
Destino: financiación de la retención de granos de trigo de la campaña 2010-2011.
Modalidad: en pesos.
Plazo: Hasta 180 días. La fecha máxima para el vencimiento de ésta obligación no podrá exceder el 12 de octubre de 2011.
Régimen de amortización: de pago íntegro al vencimiento de la operación.
Interés: catorce por ciento (14%) tna
Adicionalmente a las bonificaciones implementadas por el banco, el ministerio tomará a su cargo una bonificación de tasa de 14 puntos porcentuales anuales. Por lo tanto la tasa final es de 0% (cero).
En caso que los usuarios se encuentren en mora, entendiéndose por tal a partir del día siguiente al del vencimiento del préstamo o su prórroga, la bonificación se aplicará a la deuda hasta la fecha de vencimiento solamente.
En caso de usuarios que vendan y no cancelen el préstamo, la obligación será declarada de plazo vencido y devengará a partir de ese momento tasa activa de cartera general en pesos que tenga vigente el banco, sin bonificación alguna.
El usuario de crédito subsidiado deberá aceptar expresamente y por escrito que, en el supuesto que el Banco no pudiere hacerse por cualquier motivo de los fondos necesarios para cancelar dicho subsidio a cargo del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, él tomará a su cargo el importe de dicho subsidio como si éste no existiera.
Garantías: certificado de depósito de granos (C1116)
Monto máximo por usuario: Hasta un máximo de 170 mil pesos por productor que cuente con 300 toneladas de trigo con una cotización FAS teórico al día de la fecha de 840 pesos por tonelada, en su poder para retener. En el caso de productores con cantidades de trigo inferiores a la mencionada precedentemente, se lo asistirá manteniendo la misma proporción.
Este máximo rige solamente para esta condición especial, y es independiente y no acumulable con otros préstamos con tasa bonificada por el ministerio que pueda tener el usuario.
Fecha máxima para contabilización de operaciones: 15 de abril de 2011.
Los acopiadores de nuestro partido donde pueden estar depositados los granos son:
? Cooperativa Agropecuaria de Tandil Ltda.,
? Cooperativa Agrícola Ganadera de Tandil y Vela Ltda.,
? Grupo Ceres Tolvas,
? Campoamor SA, y
? Usandizaga, Perrone y Juliarena SA.
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