Fue absuelta una tandilense acusada de matar a su pareja
Una docente de 35 años de edad, nacida en Tandil, fue absuelta por el Tribunal Oral en lo Criminal 2 de Azul, cuerpo letrado que llevó adelante un juicio oral y público en el que se analizó su responsabilidad penal en la muerte de su pareja.
La acusada era Marina Cecilia Gómez, quien fue asesorada durante el juicio por la defensora oficial Adriana Hernández. La acusación estuvo a cargo del fiscal Luis Palomares.
Los jueces Gustavo Abudarham, Alejandra Raverta y Eduardo Uhalde consideraron que la noche del homicidio, la mujer ?habría actuado en legítima defensa, respondiendo como pudo a una agresión ilegítima de su concubino?.
Los hechos sucedieron el 20 de marzo de 2004, alrededor de las 22, en una casa de Villa Cacique. La mujer convivía con Segundo Cándido Medina, un hombre trece años mayor que ella.
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El fiscal sostenía que la mujer, aquella noche, había rociado con alcohol y luego había prendido fuego con un encendedor a su concubino, causándole quemaduras que cinco días después derivaron en su muerte, teoría que no era aceptada por la defensa.
Según la acusada, desde que comenzó a salir con la víctima el vínculo estuvo marcado por la violencia, ya que su pareja tomaba y la golpeaba, situación que se volvió más común cuando él perdió el trabajo en el año 2001.
La jornada del hecho hubo una discusión más violenta y la mujer decidió irse nuevamente de la casa, por lo que fue amenazada de muerte.
Se dijo que Gómez vio a su pareja junto a la cocina con una botella de alcohol en la mano y que fue tomada de los pelos mientras era rociada en la cabeza, lo que dio lugar a un forcejeo.
El hombre habría intentado prenderla fuego con un encendedor cuando le tomó fuego un brazo, luego parte del tórax, el cuello y el otro brazo también.
Medina intentó apagar su cuerpo bajo la ducha, en tanto que un profesional dispuso su traslado a Benito Juárez ante las graves quemaduras que presentaba en todo su cuerpo. Días más tarde, murió.
El juez Uhalde, al analizar la conducta de la docente, concluyó en que ?no hay agresión de ella, sino acciones de legítima defensa, que sumadas a circunstancias accidentales, propias de las características de la lucha sostenida por momentos, resultaron en que el agresor recibió la peor parte”.
Indicó el ?escaso conjunto probatorio? y que ?no se ha acreditado la existencia material de los hechos sostenidos en la acusación fiscal en lo que respecta a la acción endilgada a la acusada?, lo que derivó en que fuera absuelta del homicidio que se le imputaba, según indicó el diario azuleño El Tiempo.*
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