Fueron sorteados 11 mil ciudadanos que integrarán jurados populares en la provincia de Buenos Aires
Un total de 11.384 ciudadanos fue sorteado ayer para integrar los jurados populares que comenzar n a funcionar en la provincia de Buenos Aires para juzgar a acusados de delitos con penas mayores a 15 años de prisión.
Recibí las noticias en tu email
Accedé a las últimas noticias desde tu emailEl sorteo se realiz¢ en la sede de la Loter¡a de la Provincia de Buenos Aires y resultaron electos los ciudadanos cuya terminaci¢n de Documento Nacional de Identidad es 983 (10.890 personas) y 461 (las primeras 494 personas que aparecen con este número en el padrón por orden alfabético), quienes ahora ser n notificados por la Justicia provincial de la carga pública que deben cumplir.
"Hoy estamos poniendo la provincia de Buenos Aires a la vanguardia en lo que es un eje central de nuestro gobierno de acercar la justicia a la gente", dijo el gobernador Daniel Scioli al encabezar el sorteo junto al ministro de Justicia, Ricardo Casal.
El gobernador sostuvo que "no podrá el ciudadano elegido guiarse sólo por sus emociones" y que está seguro de que "no será una tarea fácil tomar partido sobre lo más sagrado que tenemos las personas junto a la vida, que es la libertad".
"Es un hecho histórico, ya que por primera vez en la provincia de Buenos Aires estamos cumpliendo con una demanda constitucional, con una finalidad importante que fijó el gobernador de acercar la gente a la Justicia para que la gente tenga más participación y más acercamiento a un área del Estado que es compleja", dijo por su parte Casal a Télam.
El ministro explic¢ que del total de elegidos, "ahora la Justicia irá analizando el padrón para dejar sólo a personas de entre 21 y 75 años que no tengan causas penales, que no sean policías, abogados ni escribanos".
Tampoco podrán ser convocados los funcionarios públicos, procuradores, ministros de culto religioso, autoridades de partidos políticos, integrantes de las fuerzas de seguridad o del Servicio Penitenciario, exonerados de la administración pública y condenados o procesados por delitos dolosos.
Uno de los primeros casos que podría tratado en un juicio por jurados, ya que el fiscal lo solicitó y la defensa lo aceptó, es el del disc jockey Cristian Marí¡nez Poch (49), acusado de haber mantenido secuestrada durante 15 días a su ex pareja, la abogada Vanesa Rial (39), y abusar de ella, en La Plata.
Luego, también se determinó que anteriormente el imputado había abusado de sus dos hijas.
Al ser citado al juicio, que ser para delitos graves como homicidios y violaciones, cada ciudadano recibirá un instructivo y se les indicarán las reglas del proceso, cómo se evalúan las pruebas y el ámbito de su decisión, que deberá estudiar para llevar adelante la tarea de determinar si el imputado del proceso es culpable o inocente.
Al finalizar el debate, el jurado deberá reunirse a solas por un plazo máximo de dos días y dará un veredicto que debe tener 10 votos del total de 12 para determinar la culpabilidad o inocencia y luego un juez impondrá la pena.
Si el delito por el que fuera calificado legalmente el hecho tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requerirá unanimidad de votos afirmativos y en caso de no haber acuerdo, se podrá votar hasta tres veces.
Pero si al menos ocho de los miembros mantiene su posición de condenar y el resto no, el jurado se declara "estancado" y hasta se puede llegar a convocar a otro juicio con otras personas, el que deber lograr unanimidad, caso contrario se dictar la absolución.
En caso de que la decisión del cuerpo de ciudadanos es una absolución, ásta será inapelable, mientras que cualquier otra sentencia condenatoria podrá ser recurrida.
Entre los requisitos para ser jurado, también figuran ser argentino o haberse naturalizado hace más de cinco a¤os, y ser apto física y psíquicamente.
Los ciudadanos que surgieron del sorteo serán notificados de inmediato por una carta, que deberán responder con una declaración jurada contestando si son miembros de fuerzas de seguridad, si tienen cargo político superior a director, si están condenados o procesados u otros impedimentos que marca la ley.
Sus nombres integrarán un padrón final que, una vez depurado de acuerdo a las prohibiciones y los requisitos exigidos por la ley, será enviado a la Suprema Corte de Justicia.
Luego, el máximo tribunal realizar en cada juicio que se celebre un nuevo sorteo, por departamento judicial, del cual quedarán 12 jurados titulares y 6 suplentes.
Los ciudadanos seleccionados serán jurados en las jurisdicciones en las que viven, por lo cual, en algunos casos, podrá implicar recorrer largas distancias para asistir a las audiencias porque algunos departamentos judiciales son muy amplios.
En esos casos, el Estado le asignará una dieta diaria suficiente para cubrir los costos de transporte y comida, a través de una partida especial de la Suprema Corte de Justicia.
Si un miembro del jurado posee un problema que le impide atender a la convocatoria, deberá presentar su caso al juez y eventualmente podr ser reemplazado por alguno de los jurados suplentes.
Los jurados podrán excusarse en caso de tener relación con la persona enjuiciada, y, para garantizar imparcialidad, la defensa o la fiscal¡a podrán recusarlos.
El pago de una compensación económica se hará efectiva si la persona trabaja de forma independiente, y podrá ser retribuida con la suma de dos jus (unidad arancelaria de la Justicia) diarios, con lo cual cobrará por día de función 580 pesos.
El Juicio por Jurados, previsto en la Constitución de la Nación, está vigente en las provincias de Córdoba y Neuquén, aprobado en Río Negro, en evaluación en el resto de los distritos e impulsado a nivel nacional por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Prisión perpetua
La ley de juicio por jurados que comenzar a aplicarse en la provincia de Buenos Aires posiblemente a fin de año‚ que para aplicar prisión perpetua debe haber unanimidad de los 12 votos y en caso de no existir ese acuerdo el imputado terminar absuelto.
Para dictar un veredicto de culpabilidad en delitos mayores a 15 a¤os de prisión, se necesita el voto de 10 de los 12 jurados, pero si la pena prevista es perpetua, se requiere el de los 12 miembros del cuerpo, según estipula la ley 14.543.
La normativa tiene previsto lo que se denomina el "jurado estancado", es decir, cuando no se obtuviere el número de votos requeridos para determinar la existencia del hecho en que se sustenta la acusación y la eventual participación del o de los imputados en el mismo.
En ese caso, los integrantes del cuerpo debatirán y votarán nuevamente la cuestión hasta tres veces.
"De mantenerse la situaci¢n, el veredicto ser de no culpabilidad, salvo que se hubieran obtenido m s de ocho (8) votos afirmativos, en cuyo caso el jurado se declarar estancado, y el presidente har saber tal circunstancia al secretario", dice la ley en el artículo 371.
Entonces, "el juez convocar inmediatamente al jurado a la sala de audiencia. Una vez presentes todas las partes, el o los imputados y la totalidad del jurado, el juez comunicar que el jurado se declaró estancado, y le preguntar al fiscal si habrá de continuar con el ejercicio de la acusación".
"En caso negativo, el juez absolver al acusado, salvo que el ofendido constituido en particular damnificado sostenga la acusación que hubiere formulado el fiscal en la oportunidad del artículo 334", éste último referido a la requisitoria, según el Código Procesal Penal.
Según la nueva ley, "en caso afirmativo, el jurado volver a deliberar y votar las cuestiones. Si el jurado continuase estancado, se proceder a su disolución, y se dispondrá la realización del juicio con otro jurado".
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