Hoy se cumplen dos décadas del crimen del comerciante tandilense Rito Arturo Penino
Hace hoy exactamente 20 años se produjo el crimen del comerciante peletero tandilense Rito Arturo Penino, quien tenía 49 años y residía en una vivienda ubicada en los altos de su comercio, en Alem al 600.
El asesinato se produjo tras una discusión que fue observada por un trabajador municipal al que también le disparó sin éxito quien causara las heridas que provocaron la muerte del comerciante.
Desde un primer momento se planteó como un gran interrogante el móvil del crimen, situación que dos décadas después sigue siendo una incógnita, como también lo es la identidad del autor.
Arturo Penino fue baleado aproximadamente a las 3.10, tras una lucha entablada entre víctima y victimario frente al comercio de Alem casi San Martín, en la vía pública.
Tal pelea fue observada por un ex trabajador municipal, Ricardo González, quien gritó para tratar que los rivales abandonaran la mutua agresión.
La respuesta fueron dos disparos efectuados por el homicida, los cuales no impactaron en el ocasional testigo.
González luego pudo observar cómo el asesino disparó contra Penino, que se encontraba en el suelo.
El autor del hecho, que fugó en dirección a Sarmiento, fue descripto como una persona de unos 30 años, de cerca de 1,75 metro de altura, cabellos largos y rizados, que vestía ropas oscuras.
El comerciante, en tanto, logró incorporarse y llegar ?en busca de auxilio- a la estación de servicios de San Martín y Alem.
Al llegar a la antigua oficina cayó desplomado, destrozando con su cuerpo uno de los grandes vidrios, ante la desconcertada mirada del sereno.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailImpunidad total
Si bien en las horas posteriores a esa húmeda madrugada de niebla se dijo que el asesino estaba ?casi cercado?, con el transcurrir de los días el optimismo comenzó a ceder ante complicaciones.
Numerosos funcionarios policiales e investigadores de amplia trayectoria en la zona tomaron parte de los diversos trámites investigativos.
Varias fueron las hipótesis analizadas, con el convencimiento de que el asesino no había ingresado a la vivienda de la víctima, ya que el orden en el interior era absoluto.
A las pocas horas del hecho se señaló que el sospechoso había abandonado los lugares que solía frecuentar. Sin embargo, nada se pudo avanzar en cuanto a medidas concretas y las eventuales imputaciones nunca llegaron a tener el sustento legal para transformarse en detenciones.
Causa prescripta
De acuerdo al artículo 62 del Código Penal, la causa estaría prescripta.
La norma señala que la acción penal se prescribirá ?a los quince años, cuando se tratare de delitos cuya pena fuere la de reclusión o prisión perpetua?, situación que no comprendería este caso, cuya pena máxima sería de 25 años.
El apartado segundo expresa que la prescripción será ?después de transcurrido el máximo de duración de la pena señalada para el delito, si se tratare de hechos reprimidos con reclusión o prisión, no pudiendo, en ningún caso, el término de la prescripción exceder de doce años ni bajar de dos años?.
Cabe indicar que ?la prescripción de la acción empezará a correr desde la medianoche del día en que se cometió el delito o, si éste fuese continuo, en que cesó de cometerse?, según el artículo posterior.
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