Hubo un curso de defensa
La organización estuvo a cargo de la instructora Mercedes Scavuzzo, III dan estilo ITF.
El dictado del curso fue a través de Julio Rossi, asistido por el doctor Martín Viceconte y la licenciada en psicología, Belén Jaureguiberry.
Fue expuesto el tema de estados mentales, tanto de agresividad como de miedo, además de mostrarse técnicas de defensa.
También se hizo referencia a los incisos 6 y 7 del artículo 34 del Código Penal, que detalla que no son punibles:
6º. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:
a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquel que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor.
Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia;
7º. El que obrare en defensa de la persona o derechos de otro, siempre que concurran las circunstancias a) y b) del inciso anterior y caso de haber precedido provocación suficiente por parte del agredido, la de que no haya participado en ella el tercero defensor.
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