Juicio: La creencia o no del arrepentimiento, la clave de una condena por venir
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Tal se había informado, ayer era el tiempo de los alegatos de un juicio que revistió sus particularidades. Se ventiló un suceso que comprende delitos aberrantes contra una menor. Abusos sexuales que le perturbaron su vida hasta estos días, y por eso su familia clama por justicia.
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Accedé a las últimas noticias desde tu emailHasta aquí un caso de los tantos que han desfilado por los estrados judiciales del TOC 1. Empero, la particularidad estuvo dada por la singular estrategia defensista y la tesitura asumida por el acusado, Carlos Barilaro, quien en medio del juicio y tras haber escuchado a la víctima (vía Cámara Gesell) como a su madre, ex esposa del señalado, pidió declarar y confesar, en parte, los aberrantes delitos que se le imputaban.
En ese contexto y con el final anunciado, léase condena, sólo quedaba por conocer los argumentos de las partes y las consecuentes penas a peticionar al Tribunal, integrado por los jueces Pablo Galli, Guillermo Arecha y Gustavo Agustín Echeverría. El debate, el litigio, entonces, estaba signado por considerar sincero el arrepentimiento vociferado o enmarcarlo dentro del oportunismo y la estrategia defensista, en pos de atenuar la eventual condena a imponer.
Lejos de conmoverse por aquel episodio sin precedentes (la confesión), el fiscal Marcos Egusquiza mantendría su acusación inicial y descartaría la espontaneidad y el arrepentimiento del acusado, solicitando consecuentemente que se lo condene a 16 años de prisión por los abusos sexuales agravados, reiterados, gravemente ultrajantes.
En el mismo carril se conduciría la particular damnificada, encarnada por la doctora Elisa Hospitaleche, quien además de coincidir con los lineamientos del fiscal fue por más, considerando que los hechos merecían más pena: 20 años.
Más interesante, entonces, resultaba escuchar el alegato de la defensa, habida cuenta del final anunciado en un futuro veredicto condenatorio. Qué decir frente a un pupilo confeso y de semejante delito. El doctor César Sivo utilizaría toda su verba e histrionismo para que no fuera un alegato más, como tampoco lo fue el juicio. Porque no se tenía mucho por debatir, pero sí había mucho por decir…
El defensor hablaría de la figura del arrepentido y su “utilidad”, y, a partir de ello, que se contemplara una condena razonablemente mínima según establece la escala penal para el delito que estaba en juego (el código habla de ocho a 20 años de prisión).
Los alegatos fueron seguidos atentamente por el público presente. En esta oportunidad, apenas algunos allegados a la familia de la víctima y como del victimario, que estuvieron acompañando a lo largo de las tres audiencias en que se desarrolló el juicio. El próximo miércoles será la última jornada prevista, cuando en horas del mediodía el Tribunal ventile su sentencia.
La acusación
Como se citó, para el fiscal Egusquiza quedó cabalmente probada la autoría y responsabilidad penal del imputado, fundamentalmente a partir del testimonio veraz, coherente y sin ningún tipo de animosidad para con el señalado por parte de la menor víctima. Asimismo, aquellos dichos fueron contestes con lo oportunamente expuesto por su madre, además del aporte de los peritos psicólogos como terapistas y médicos intervinientes en toda la instrucción y ahora ratificado en el debate.
Insistió en encuadrar los abusos en el período comprendido entre 2007 y 2012, donde el acusado abusó sexualmente de la que en aquel entonces era una niña (hoy tiene 16 años) en tres domicilios distintos.
El fiscal no dejó de citar algunas frases propias de la menor antes de la intervención judicial, cuando ni siquiera se animaba a hablarlo con sus progenitores. A más datos, leyó textos escritos de puño y letra de la niña de su diario íntimo (oportunamente incorporado al expediente como prueba de cargo) en el cual evidenciaba el estado de tortura psíquica que estaba atravesando.
“Me odio por lo que me hace Carlos (…)”. “Me odio por no poder contarle a mamá (…)”. “No poder enfrentar a papá… (por su padre biológico)”, fueron algunas de las citas extraídas de aquella tortuosa intimidad que la niña escribía en su diario, un año antes de que finalmente se animara a hablarlo con su madre, y los especialistas y actores judiciales más luego.
Egusquiza insistió en que no creía en el sentido de culpa y arrepentimiento de Barilaro, tomándolo como una estrategia defensista para amainar su condena. Para ello, no dejó de señalar contradicciones en el propio relato del acusado, que si bien confesó algunos hechos, buscó despegarse de otros en pos de acotar los años de abusos.
Más años
Al turno del particular damnificado en representación de la familia de la menor, la doctora Elisa Hospitaleche coincidió con los argumentos del ministerio público, aunque ahondó en los sucesos abusivos para intentar persuadir a los jueces sobre la necesidad de una pena mayor para el acusado, solicitando en consecuencia que se lo condenara a 20 años. No conforme con ello, arremetió con el Artículo 12, que alude a la quita de la patria potestad para Barilaro respecto a sus dos hijas menores de edad, habida cuenta de que varios de los delitos sexuales ventilados se consumaron en el mismo ámbito de estadía de sus hijas de sangre.
La “utilidad” del arrepentido
Tras un cuarto intermedio de 20 minutos, llegó el turno del defensor particular César Sivo, quien apelando a su conocida verborragia e histrionismo, supo acaparar la atención de los presentes para con un pupilo que sabía que la suerte estaba echada.
El letrado admitió que esperaba un pedido de pena frente a la propia confesión de su defendido, empero aseveró que esperaba cierta razonabilidad a la hora de mensurar la pena a exigir frente a lo que se había vivido a lo largo del juicio.
Sin ánimo de personalizar las críticas para con los antecesores alegatos, habló de falta de empatía y una postura soberbia a la hora de la subjetivación de creer o no en un arrepentido o arrepentimiento.
Allí reseñaría sobre su experiencia en una comisión de paz en Sudáfrica, en tiempos de Nelson Mandela, una vez en libertad, y la necesidad de los tiempos de reparación por las víctimas de aquel país, tomando como premisa lo que un colaborador del líder sudafricano le supo decir en aquella estadía: “Lo único que sirve es si el arrepentimiento es útil”, en referencia a que no era necesario creer o dejar de creer, sino que lo importante era si servía para esclarecer y reparar un hecho.
Así Sivo alegó sobre la utilidad, considerando que el arrepentimiento era reparador para la sociedad y, en este caso, para la víctima también, quien muchas veces está sometida por el miedo a que no le crean lo que está denunciando.
Para Sivo la confesión de Barilaro fue útil a tales efectos, para luego dejar entrever que, de haberse querido, fácilmente se podía haber derribado la endeble prueba de cargo que pesaba contra él y, sin embargo, no se embarró la cancha, no se objetó los dichos y postura de la madre, como tampoco el “nulo” cumplimiento del protocolo establecido a la hora de poner en práctica una Cámara Gesell.
El abogado igualmente arremetería contra el contenido de la filmación de la declaración de la menor, acerca de las preguntas inductivas del fiscal para que la niña respondiera a favor de la hipótesis acusatoria. “Fue una declaración del fiscal ratificada por una menor”, ironizó sobre el interrogatorio de aquella diligencia procesal, vital para arribar a un juicio y eventual condena.
En medio de toda esa -a su entender- débil prueba, su pupilo confesó semejante hecho y se dijo arrepentido, con todo lo que conlleva admitir haber protagonizado semejante aberración ante los ojos del común de los mortales.
Sivo no dejó de cuestionar sobre la pretensión de la pena desmedida que busca imponer la acusación, aclarando que las penas no son una venganza, ni tampoco para dejar conformes a las víctimas, el espíritu es otro, muy distinto, que alude a un castigo, una reforma y readaptación del sujeto que será sometido a una condena.
Tras un par de horas de alocución, Sivo le plantearía al Tribunal que se considere la mínima de la escala penal establecida para el delito en cuestión, no sin dejar de poner en crisis los agravantes que oportunamente fueran citados por el fiscal.
Cerrando, aludiría a considerar que ya su defendido había sido “inmolado socialmente” a través de los medios y redes sociales de parte del entorno de la familia de la menor, que poco se preocupó para que ésta no fuese revictimizada.
Tampoco dejó pasar lo peticionado por la particular damnificada sobre la quita de la patria potestad, sobre lo que lisa y llanamente aludió a la inconstitucionalidad del artículo apelado por su colega.
“Sólo Dios, yo y ella sabemos lo que pasó”
Con dos posturas visiblemente diferenciadas a lo largo del proceso y, en especial, en esta última jornada, Barilaro a consultas del Tribunal cerró la audiencia.
Aquel hombre que no dejó de tomar nota de lo que se expuso a lo largo del juicio y decidió confesar ante los jueces, mutó en su rostro a la hora de mostrarse compungido por momentos e inmune en otros, de acuerdo a las frases que se fueron soltando de una y otra parte.
A su turno, una vez más dijo que se había equivocado y que estaba arrepentido de lo que había pasado. Tras pedir perdón y retomar su postura casi de víctima por lo que estaba atravesando, dijo que poco le importaba ya lo que decían de él y soltó que “sólo Dios, yo y (nombró a la menor) sabemos lo que pasó”.
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