La causa por la voladura de Río Tercero quedó al borde de la prescripción
Es que la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal hizo lugar a un recurso de los imputados Jorge Antonio Cornejo Torino y Marcelo Diego Gatto, ambos ex militares, y ordenó reenviar la causa a la Cámara Federal de Córdoba, para que “dicte un nuevo pronunciamiento acerca de la posible extinción de la acción penal por prescripción”.
La resolución fue firmada por los jueces de la Sala II de la Casación, Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci.
Sin embargo, en su voto, el juez Yacobucci dejó abierta la posibilidad de que la causa pueda ser considerada delito de “lesa humanidad” y, en consecuencia, imprescriptible.
“La pretensión de asumir los crímenes investigados como portadores de una calificación que de acuerdo a precedentes de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte IDH tendría incidencia sobre el instituto de la prescripción y, a su vez, en la ponderación del concepto de plazo razonable”, señaló el magistrado.
Los imputados Cornejo Torino y Gatto (director de la planta militar y el ex jefe de División Producción Mecánica de la empresa) están procesados por el delito de “estrago doloso agravado por muerte de personas” en grado de “coautores”, pero debido al paso del tiempo sin sentencia firme es que los abogados defensores plantearon la “prescripción de la acción y vulneración de la garantía del plazo razonable”.
Además de estos dos ex militares, se encuentran procesados tres ex directivos de la Dirección de Fabricaciones Militares el coronel Carlos Jorge Franke; el coronel Edberto González de la Vega; y Norberto Emmanuel, mientras que de la Fábrica Militar se encuentra en la misma situación el ex subdirector Oscar Quiroga.
En tanto, el ex presidente Carlos Menem y Jorge Baeza González, quien fuera su secretario de Defensa, fueron desvinculados de la causa el 26 de agosto pasado por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba que dictó la “falta de mérito”, aunque ahora se espera la resolución de un recurso presentado por la querella para que se deje sin efecto estos dictámenes.
La causa por la voladura de la fábrica militar el 3 de noviembre de 1995 fue elevada a juicio oral en 2001 por “estrago culposo”, esto es sin intención, aunque a los dos años el expediente fue devuelto a la etapa de instrucción porque surgieron indicios de que la explosión había sido intencional.
En su voto, el juez García sostuvo que el devenir de la causa “pone en evidencia que los órganos del Estado responsables de la persecución y enjuiciamiento de los posibles responsables no han podido o sabido llevar a término el enjuiciamiento a pesar del considerable tiempo transcurrido desde su acaecimiento”.
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